Norma Legal Oficial del día 14 de octubre del año 2014 (14/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Martes 14 de octubre de 2014

534657
CIERRE DE OFICINAS

ANEXO A LA RESOLUCION SBS Nº 6266-2014

MORDAZA 1 2 3 Agencia Agencia

DIRECCION

DISTRITO

PROVINCIA

DEPARTAMENTO

Agencia en Local Compartido 4 Agencia

Avenida Venezuela Abancay Nº 400 Jr. MORDAZA MORDAZA y MORDAZA AndaAntonio MORDAZA Nº 405 huaylas Jr. MORDAZA Nº 353 ­ 355 Ayaviri ­ 357

Abancay MORDAZA Anda- MORDAZA huaylas MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Otorgan a representantes de la SBS la facultad de realizar pagos a cuenta a los acreedores de la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA en Liquidacion
RESOLUCION SBS Nº 6753-2014 MORDAZA, 10 de octubre de 2014 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO:

5 6 7 8

Agencia Agencia Agencia

Oficina Especial 9 Oficina Especial Permanente

Locales signados con MORDAZA MORDAZA el Nº 02-N-4 y 03-N-4. Urbanizacion MORDAZA MORDAZA Avenida Diagonal MORDAZA Wanchaq MORDAZA MORDAZA Nº 121 MORDAZA MORDAZA Nº 470 Urubamba Urubamba MORDAZA Llocllapampa Lote San MORDAZA 7­2. MORDAZA Esquina Plaza de MORDAZA Urcos Quispiy MORDAZA MORDAZA S/N canchis Jr. Jaquijahuana Nº 58 Anta Anta Izcuchaca

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

1149179-1

Autorizan a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito Huancayo S.A. la apertura de agencias en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 6574-2014 MORDAZA, 2 de octubre de 2014 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: Las solicitudes de autorizacion presentadas por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito Huancayo S.A. para que esta Superintendencia autorice la apertura de dos (02) agencias ubicadas en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA respectivamente; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesion de Directorio de fecha 15 de septiembre de 2014 se aprobo la apertura de las referidas agencias. Que, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentacion correspondiente para la apertura de oficinas, conforme lo establece el Procedimiento 11º del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros Y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros ­ Ley Nº 26702, de la Resolucion SBS Nº 6285-2013 y en uso de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 12883-2009 de fecha 10 de setiembre de 2009; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito Huancayo S.A. la apertura de dos (02) agencias segun se detalla en el siguiente cuadro:
Agencia MORDAZA Direccion Distrito Provincia MORDAZA Huancayo Dpto. MORDAZA MORDAZA Mz. "K" Lt. 1 A, AA HH MORDAZA San MORDAZA de MORDAZA Lurigancho Huancayo

Real ­ MORDAZA MORDAZA Real Nº 1098 ­ 1096 y Jr. MORDAZA Nº 398

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente General de Microfinanzas 1149158-1

Que, mediante Resolucion SBS Nº 2965-2014 de fecha 21.05.2014 esta Superintendencia dispuso el sometimiento a Regimen de Intervencion de la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA (en adelante, la MORDAZA en Liquidacion), por encontrarse incursa en la causal de intervencion prevista en el numeral 2 del articulo 104º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y modificatorias (en adelante, la Ley General); Que, mediante Resolucion SBS Nº 3028-2014 de fecha 21.05.2014, esta Superintendencia declaro la disolucion e inicio del correspondiente MORDAZA liquidatorio de la MORDAZA en Liquidacion, designandose a los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Raygada y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, o en caso de ausencia de alguno de ellos al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representantes del Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (en adelante, los representantes del Superintendente) para que realicen todos los actos necesarios para llevar adelante el referido proceso; Que, de conformidad con lo establecido en el articulo 21º de Reglamento de los Regimenes Especiales y de la Liquidacion de las Empresas del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros, aprobado mediante Resolucion SBS Nº 455-99 y modificatorias (en adelante, el Reglamento), los representantes del Superintendente tienen como principal encargo el de administrar temporalmente el MORDAZA liquidatorio de la MORDAZA en Liquidacion hasta que se elija, a traves de un concurso publico, a la persona juridica que se encargara de dicho proceso; Que, en tal sentido, para el cumplimiento de dicha funcion, el Reglamento otorga a los representantes del Superintendente las facultades necesarias; no obstante, el articulo 21º del Reglamento establece que los representantes del Superintendente, cuando resulte pertinente y con previa autorizacion de la Superintendencia, podran realizar los actos establecidos en los articulos 27º y 28º del Reglamento, referidos a las obligaciones y facultades que la persona juridica liquidadora posee para llevar adelante el MORDAZA liquidatorio; Que, el articulo 38º del Reglamento establece que la persona juridica liquidadora, tan pronto cuente con recursos de alguna significacion, debe efectuar pagos a cuenta a los acreedores, respetando la prelacion establecida en los articulos 117º y 118º de la Ley General, de ser el caso, siempre que (i) se hubieran cubierto los gastos de la liquidacion; y (ii) se hubiesen practicado las devoluciones a que se refiere el articulo 118º de la Ley General, referido a los conceptos excluidos de la masa; Que, si bien la facultad de realizar el pago a los acreedores segun el orden de prelacion no es una facultad expresa otorgada a los representantes del Superintendente, de la lectura concordada de los articulos 21º, 28º y 38º del Reglamento, los representantes del Superintendente pueden ser autorizados para tal efecto, en la medida que ello se considere pertinente para el mejor cumplimiento de sus funciones y con el objeto de salvaguardar de la mejor manera posible los legitimos intereses de todas aquellas personas que pudieran verse de alguna manera afectadas por la salida del MORDAZA de la Caja; Que, en aras de atender el pago de las obligaciones de la MORDAZA en Liquidacion a la mayor brevedad posible, en especial las obligaciones que tiene con el publico no cubiertas por el Fondo de Seguro de Depositos, resulta conveniente otorgar a los representantes del Superintendente la facultad de realizar pagos a cuenta a los acreedores de la MORDAZA en Liquidacion, respetandose la prelacion establecida en los articulos 117º y 118º de la Ley General;

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