Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2014 (26/10/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA 26 de octubre de 2014

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En MORDAZA, a los veintiun dias del mes de octubre de dos mil catorce. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de octubre del ano dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros 1155439-1

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 30255
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE MODIFICA LOS ARTICULOS 1, 4 Y 5 Y DEROGA EL ARTICULO 3 DE LA LEY 29942, LEY QUE ESTABLECE MEDIDAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO BILATERAL PARA BRINDAR ATENCION DE SALUD RECIPROCA A NACIONALES DE LA REPUBLICA DEL PERU Y DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR
Articulo 1. Objeto de la Ley La presente Ley tiene por objeto modificar los articulos 1, 4 y 5 y derogar el articulo 3 de la Ley 29942, Ley que establece medidas para el cumplimiento del Acuerdo Bilateral para Brindar Atencion de Salud Reciproca a Nacionales de la Republica del Peru y de la Republica del Ecuador. Articulo 2. Modificacion Modificanse los articulos 1, 4 y 5 de la Ley 29942, Ley que establece medidas para el cumplimiento del Acuerdo Bilateral para Brindar Atencion de Salud Reciproca a Nacionales de la Republica del Peru y de la Republica del Ecuador, los cuales quedan redactados de la siguiente manera: "Articulo 1. Objeto de la Ley 1.1 Autorizase a los establecimientos de salud publicos a cargo del Ministerio de Salud y de los gobiernos regionales a brindar atenciones de salud a los nacionales de la Republica del Ecuador que ingresen al MORDAZA, con el objeto de dar cumplimiento al Acuerdo Bilateral para Brindar Atencion de Salud Reciproca a Nacionales de la Republica del Peru y de la Republica del Ecuador. (...) Articulo 4. Atenciones de salud que se brindan El plan de beneficios de salud a otorgar a los nacionales de la Republica del Ecuador se aprobara mediante resolucion jefatural del Seguro Integral de Salud (SIS), en el MORDAZA del Acuerdo Bilateral para Brindar Atencion de Salud Reciproca a Nacionales de la Republica del Peru y de la Republica del Ecuador. Articulo 5. Validacion de las prestaciones de salud El Seguro Integral de Salud (SIS) es la entidad encargada de efectuar el MORDAZA de control, supervision, validacion y aprobacion de las atenciones de salud brindadas a los nacionales de la Republica del Ecuador en los establecimientos de salud a que se refiere el articulo 1 de la presente Ley, de acuerdo con los procesos de validacion prestacional aprobados por el Seguro Integral de Salud (SIS) mediante resolucion jefatural." Articulo 3. Derogacion Derogase el articulo 3 de la Ley 29942, Ley que establece medidas para el cumplimiento del Acuerdo Bilateral para Brindar Atencion de Salud Reciproca a Nacionales de la Republica del Peru y de la Republica del Ecuador. Comuniquese al senor Presidente Constitucional de la Republica para su promulgacion.

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Autorizan viaje de servidores de la Presidencia del Consejo de Ministros a Ecuador, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA N° 359-2014-PCM MORDAZA, 25 de octubre de 2014 VISTOS: El Oficio RE (DGA-SUD-SPA) N°1-0/23 de fecha 15 de octubre de 2014 y el Oficio RE (DGA-SUD-SPA) N°1-0/25 de fecha 20 de octubre de 2014, ambos de la Secretaria Ejecutiva de la Comision de Vecindad Peruano ­ Ecuatoriana del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos de vistos, la Secretaria Ejecutiva de la Comision de Vecindad Peruano ­ Ecuatoriana del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento de la Presidencia del Consejo de Ministros sobre la celebracion del "Encuentro Presidencial y VIII Gabinete Binacional de Ministros Peru-Ecuador" a realizarse el 30 de octubre de 2014 en la localidad de Arenillas, Provincia de El Oro, Republica del Ecuador; Que, el citado Encuentro Presidencial y VIII Gabinete Binacional de Ministros Peru-Ecuador es la MORDAZA instancia del dialogo politico con el Ecuador y constituira la confirmacion del excelente nivel de integracion y cooperacion que existe entre ambos paises al permitir avanzar en la identificacion y la realizacion de proyectos en beneficio de las poblaciones de ambos paises, en particular de las que habitan en la MORDAZA de Integracion Fronteriza (ZIF); Que, conforme a lo acordado en la XII Reunion de la Comision de Vecindad Peruano ­ Ecuatoriana, mecanismo politico-tecnico creado como parte de los Acuerdos de Paz de 1998 e instancia preparatoria del Encuentro Presidencial, el Gabinete Binacional se dividira en cinco Ejes Tematicos: i) Asuntos Sociales; ii) Medio Ambiente, Energia y Mineria; iii) Seguridad y Defensa; iv)

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