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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (26/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Domingo 26 de octubre de 2014 535956 PRODUCTO 3044119 : Comunidad con factores de riesgo controlados ACTIVIDAD 5000095 : Acciones de control en comunidades con factores de riesgo de enfermedades metaxénicas y zoonóticas GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 159 250,00 PRODUCTO 3000001 : Acciones comunes ACTIVIDAD 5000085 : Monitoreo, supervisión, evaluación y control de metaxénicas y zoonosis GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 950 577,00 UNIDAD EJECUTORA 124 : Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios PROGRAMA PRESUPUESTAL 0017 : Enfermedades Metaxénicas y Zoonosis PRODUCTO 3043981 : Viviendas protegidas de los principales condicionantes del riesgo en las áreas de alto y muy alto riesgo de enfermedades metaxénicas y zoonosis ACTIVIDAD 5000091 : Intervenciones en viviendas protegidas de los principales condicionantes del riesgo en las áreas de alto y muy alto riesgo de enfermedades metaxénicas y zoonosis GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 2 117 591,00 PRODUCTO 3043983 : Diagnóstico y Tratamiento de Enfermedades Metaxénicas ACTIVIDAD 5000093 : Evaluación, diagnóstico y tratamiento de enfermedades metaxénicas. GASTO CORRIENTE 2.3 Bienes y Servicios 466 667,00 ----------------- TOTAL PLIEGO 011 25 897 248,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 27 520 848,00 =========== Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 Las Ofi cinas de Presupuesto o las que hagan sus veces en los pliegos involucrados, solicitarán a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 Las Ofi cinas de Presupuesto o las que hagan sus veces en los Pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de octubre del año dos mil catorce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ALONSO SEGURA VASI Ministro de Economía y Finanzas 1155440-3 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor del Pliego Ministerio del Interior DECRETO SUPREMO Nº 295-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, aprobó, entre otros, el presupuesto institucional del pliego 007: Ministerio del Interior; Que, el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, establece que este Ministerio diseña, establece, promueve, ejecuta, supervisa y evalúa políticas públicas en materia de orden interno y orden público, con el objeto de garantizar el cumplimiento de la ley y el respeto a los derechos humanos con visión integral e intersectorial, en todo el territorio nacional; asimismo, señala que el Sector Interior comprende al Ministerio del Interior, la Policía Nacional del Perú y a los organismos públicos adscritos a él; Que, el artículo 20 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, señala la escala de propinas de los cadetes y alumnos de los Institutos Armados y Policía Nacional del Perú; Que, el artículo 34 del Decreto Legislativo N° 1148, Ley de la Policía Nacional del Perú, señala que el personal de la Policía Nacional del Perú está integrado por Ofi ciales de Armas, Ofi ciales de Servicios, Subofi ciales de Armas y Subofi ciales de Servicios, Cadetes de la Escuela de Ofi ciales y Alumnos de las Escuelas Técnico Superiores de Subofi ciales y personal civil; Que, en virtud de lo antes mencionado, mediante los Ofi cios N°s. 1415-2014-IN-DM y 0443-2014-IN-VGI, el Ministerio del Interior ha solicitado una transferencia de recursos adicionales, entre otros, hasta por la suma total de TREINTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS SIETE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 37 907 885,00), para fi nanciar el pago de viáticos por comisión de servicio a favor del personal policial de la Policía Nacional del Perú como consecuencia del incremento del desplazamiento de éstos a diferentes zonas del país para mantener el orden público, así como el pago de propinas a favor de cadetes y alumnos de las escuelas de formación policial a nivel nacional, en razón al incremento en el ingreso de cadetes y alumnos en el presente año fi scal, que corresponden al Centro de Formación de la Dirección Ejecutiva de Educación y Doctrina de la Policía Nacional del Perú – DIREED PNP, los cuales no han sido previstos por el citado pliego en su presupuesto institucional del año fi scal 2014;