TEXTO PAGINA: 8
El Peruano Domingo 26 de octubre de 2014 535950 José Eduardo Brandes Salazar (del 28 al 30 de octubre de 2014): Pasajes : US $ 347,79 Viáticos (US$ 370,00 x 03 días) : US $ 1 110,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, los funcionarios cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1° de la presente Resolución, presentarán a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en la reunión a la que asistirán; asimismo, presentarán la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- Encargar a la señora María Del Carmen De Reparaz Zamora, Viceministra de Turismo, las funciones del Viceministerio de Comercio Exterior, a partir del 28 de octubre de 2014, y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 5º.- Encargar al señor Daniel José Espinosa Seguín, Director Nacional de Desarrollo de Comercio Exterior, las funciones de la Dirección Nacional de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, a partir del 28 de octubre de 2014, y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 6º.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE - ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1155438-1 DEFENSA Autorizan el ingreso al territorio de la República a personal militar de EE. UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 889-2014 DE/SG Lima, 24 de octubre de 2014 CONSIDERANDO: Que, con Facsímiles (DSD) Nros. 785 y 786 ambos del 15 de octubre de 2014, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Ofi cios G.500-4099 y G.500-4374 del 24 de setiembre y 14 de octubre de 2014, respectivamente, el Secretario del Comandante General de la Marina por encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 27 de octubre al 21 de noviembre de 2014, a fi n de realizar entrenamiento en el Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales (NAMRU-6), en el Callao e Iquitos; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano, es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a dos (02) militares de los Estados Unidos de América, del 27 de octubre al 21 de noviembre de 2014, a fi n que realicen entrenamiento en el Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales (NAMRU-6), en el Callao e Iquitos. Artículo 2º.- Poner en conocimiento de la Presidenta del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 1155435-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor del Pliego Ministerio del Ambiente DECRETO SUPREMO N° 291-2014-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se ha aprobado, entre otros, el presupuesto institucional del Pliego 005: Ministerio del Ambiente – MINAM; Que, con Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAM se declaró de interés nacional la realización de la Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático – COP20 y la Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto – CMP10 que se realizarán en la ciudad de Lima, República del Perú, en el año 2014, así como de sus actividades y eventos conexos; asimismo, se crea un Grupo de Trabajo Multisectorial (GTM), de naturaleza temporal, encargado de la preparación, organización y realización de los citados eventos, conformado por diversas entidades públicas del Estado Peruano, incluyéndose al Ministerio de Energía y Minas y a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) como nuevos miembros del referido Grupo de Trabajo Multisectorial, a través del Decreto Supremo N° 013-2013-MINAM; Que, la Décima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, autoriza por excepción a celebrar convenios de administración de recursos y/o adendas con organismos internacionales, entre otros, a la entidad a cargo de la preparación, organización y realización de la “Vigésima Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático - COP20” y la “Décima Reunión de las Partes del Protocolo de Kyoto - CMP10”, así como de