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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE OCTUBRE DEL AÑO 2014 (29/10/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 30

El Peruano Miércoles 29 de octubre de 2014 536176 Que, el artículo 80 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 184-2008-EF y modi¿ catorias, dispone que las Entidades podrán contratar bienes y servicios en forma conjunta, a través de un proceso de selección único, aprovechando los bene¿ cios de las economías de escala, en las mejores y más ventajosas condiciones para el Estado; Que, el artículo 85-A del citado Reglamento, establece lo siguiente: “Las Entidades del Gobierno Nacional que formulen las políticas nacionales y/o sectoriales del Estado están facultadas a establecer, mediante Resolución del Titular de la Entidad, la relación de bienes y servicios que se contratarán a través de compra corporativa, debiendo señalar la Entidad encargada de la compra corporativa, las Entidades participantes, así como las obligaciones y responsabilidades de éstas últimas”; Que, mediante Memorándum N° 580-2014-DARES/ MINSA, la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud – DARES, remite a la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – DIGEMID el Informe N° 015-2014-UFPM-DARES/MINSA, a través del cual propone la de¿ nición de la lista de Productos Farmacéuticos para la Compra Corporativa Sectorial para el abastecimiento del año 2015, así como las entidades participantes en la referida compra; Que, asimismo, a través del Informe N° 037- 2014-DIGEMID-DAUM-ACCESO/MINSA,remitido mediante Nota Informativa Nº 475-2014-DIGEMID- DG-DAUM-ACCESO/MINSA, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIGEMID, sustenta la definición del listado de bienes a ser considerados en la Compra Corporativa de Productos Farmacéuticos para el abastecimiento 2015, solicitando su aprobación y señalando que, para tal efecto, se tomaron en cuenta los siguientes criterios: i) Productos farmacéuticos incluidos en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales para el Sector Salud - PNUME; ii) Productos farmacéuticos no incluidos en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales para el Sector Salud - PNUME con opinión favorable del Equipo de Uso Racional de Medicamentos; iii) representatividad de las compras efectuadas (en cantidades y/o valores); iv) inclusión de productos farmacéuticos declarados desiertos en las compras corporativas sectoriales, que tienen un alto porcentaje de consumo en el Sector Salud; Que, la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas indica que para la de¿ nición del listado de Entidades participantes en el proceso de selección a través de Compra Corporativa de Productos Farmacéuticos para el abastecimiento 2015, se consideró al Seguro Social de Salud – EsSalud, al Ministerio de Defensa, al Ministerio del Interior, al Instituto Nacional Penitenciario – INPE, al Hospital Municipal Los Olivos, al Sistema Metropolitano de la Solidaridad – SISOL, así como a las Unidades Ejecutoras del Ministerio de Salud y de los Gobiernos Regionales; Que, mediante Resolución Ministerial N° 540- 2011/MINSA, se aprobó la Norma Técnica de Salud N° 091-MINSAlDIGEMID-V.01 “Norma Técnica de Salud para la Utilización de Medicamentos No Considerados en el Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales”; Que, mediante Resolución Ministerial N° 323-2013/ MINSA, se resuelve incorporar en el Documento Técnico denominado “Petitorio Nacional Único de Medicamentos Esenciales para el Sector Salud”, aprobado por Resolución Ministerial N° 599-2012/MINSA, la Lista complementaria de medicamentos para el tratamiento de enfermedades neoplásicas; Que, teniendo en cuenta lo informado por la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud – DARES y la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – DIGEMID y con la ¿ nalidad de cumplir los objetivos que permitan ejecutar las políticas públicas en materia de salud, a cargo del Ministerio de Salud, es pertinente emitir el acto resolutivo que aprueba el Listado de Productos Farmacéuticos para la Compra Corporativa Sectorial para el abastecimiento del año 2015; Con el visado del Director General de Medicamentos, Insumos y Drogas, de la Directora General de la O¿ cina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro (e) de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y del Secretario General; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado, su Reglamento, y sus modi¿ catorias, y lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el listado de Productos Farmacéuticos para la Compra Corporativa de Productos Farmacéuticos para el abastecimiento del año 2015, contenido en el Anexo N° 1 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2°.- Aprobar el Listado de Entidades participantes en la Compra Corporativa de Productos Farmacéuticos para el abastecimiento del año 2015, contenido en el Anexo N° 2 que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3°.- Disponer que la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud - DARES, ejecute el proceso de selección mediante Compra Corporativa de Productos Farmacéuticos para el abastecimiento del año 2015, con sujeción a la normativa de contrataciones el Estado, debiendo coordinar con las entidades participantes sus requerimientos, así como efectuar la consolidación de los mismos. Artículo 4°.- Las Entidades participantes de la Compra Corporativa de Productos Farmacéuticos para el abastecimiento del año 2015, con la ¿ nalidad de efectuar de manera adecuada el proceso de adquisición de los productos farmacéuticos señalados en el Anexo N° 1 de la presente Resolución Ministerial, asumirán las siguientes obligaciones: a. Adquirir directa y exclusivamente la propiedad de los productos farmacéuticos que les corresponda, como resultado del otorgamiento de la Buenas Pro en los procesos de selección que se efectúen, así como asumir las demás obligaciones que se deriven de los contratos que suscriban, en concordancia con la normativa de contrataciones del Estado. b. Comunicar al Ministerio de Salud, a través de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, sus requerimientos de los bienes previstos en el Anexo N° 1 de la presente Resolución Ministerial, de manera previa a la realización del estudio de posibilidades que ofrece el mercado. c. Las Entidades participantes son responsables de la inclusión de los productos farmacéuticos que forman parte de su requerimiento en su Plan Anual de Contrataciones, conforme a lo dispuesto en la normatividad de contrataciones del Estado. Artículo 5°.- El Ministerio de Salud, a través de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, coordinará permanentemente con las Entidades participantes respecto de las incidencias derivadas de la Compra Corporativa de Productos Farmacéuticos para el abastecimiento del año 2015. Artículo 6°.- Remitir al Ministerio de Economía y Finanzas, así como al Organismo Supervisor de Contrataciones del Estado - OSCE, copia del Informe técnico y legal que sustentan la presente Resolución Ministerial, en un plazo no mayor a cinco (5) días hábiles a su emisión. Artículo 7°.- Disponer que la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas noti¿ que la presente Resolución Ministerial a las Entidades participantes en la Compra Corporativa de Productos Farmacéuticos para el abastecimiento del año 2015. Artículo 8°.- Encargar a la O¿ cina General de Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución en el portal institucional del Ministerio de