Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2014 (24/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Miercoles 24 de setiembre de 2014

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Que, con el Informe N° 670-2014-OGRH-SG/MC de fecha 22 de setiembre, la Oficina General de Recursos Humanos concluye que el Ministerio de Cultura se encuentra apto para iniciar el tramite de aprobacion del CAP Provisional debido a que cumple con los requerimientos establecidos en la Directiva N° 001-2014SERVIR/GPGSC "Reglas de aplicacion progresiva para la aprobacion del Cuadro de Puestos de las Entidades", aprobada por la Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR/PE; Que, en merito a las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de Cultura, en concordancia con su estructura organica vigente; Con el visado de la Secretaria General, del Jefe de la Unidad de Recursos Humanos, actualmente Oficina General de Recursos Humanos, de la Directora (e) de la Oficina de Planificacion y Presupuesto, actualmente Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creacion del Ministerio de Cultura y su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 0052013-MC; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 0402014-PCM; y, la Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR/PE, que aprueba la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC "Reglas de aplicacion progresiva para la aprobacion del Cuadro de Puestos de las Entidades"; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el Cuadro para Asignacion de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de

los MORDAZA de Puestos de las Entidades; mientras que la Unica Disposicion Complementaria Derogatoria de la misma MORDAZA, derogo el Decreto Supremo N° 043-2004PCM, que aprobo los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Cuadro de Asignacion de Personal ­ CAP; Que, mediante la Resolucion de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR/PE, se aprobo la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC "Reglas de aplicacion progresiva para la aprobacion del Cuadro de Puestos de las Entidades", que comprende las reglas basicas para la aprobacion del Cuadro de Asignacion de Personal Provisional ­ CAP Provisional; Que, el numeral 4.2 del articulo 4° de la referida Directiva, incluye dentro del ambito de aplicacion de la misma, el caso de las entidades del Gobierno Nacional que se encuentran en operacion, pero no cuentan con Cuadro para Asignacion de Personal; Que, el numeral 5.2.2 del articulo 5° de la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC establece que el CAP Provisional es un documento de gestion institucional cuya finalidad es habilitar temporalmente el funcionamiento de las entidades; Que, asimismo, el numeral 5.5 del articulo 5° de la citada Directiva, senala que la aprobacion del CAP Provisional, para el caso de Gobierno Nacional, que incluye a los Ministerios, entre otras entidades, sera a traves de Resolucion Ministerial del Titular del Sector, previo Informe Tecnico de Aprobacion que emita SERVIR; Que, mediante el Oficio N° 375-2014-SERVIR/PE, de fecha 19 de setiembre de 2014, la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, remite el Informe N° 012-2014-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, a traves del cual dicha entidad considera pertinente la propuesta de CAP Provisional planteada por el Ministerio de Cultura, por lo que se recomienda proseguir con las acciones administrativas necesarias para su aprobacion;

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