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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (24/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Miércoles 24 de setiembre de 2014 533215 los Cuadros de Puestos de las Entidades; mientras que la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la misma norma, derogó el Decreto Supremo N° 043-2004- PCM, que aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de Asignación de Personal – CAP; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR/PE, se aprobó la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC “Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades”, que comprende las reglas básicas para la aprobación del Cuadro de Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional; Que, el numeral 4.2 del artículo 4° de la referida Directiva, incluye dentro del ámbito de aplicación de la misma, el caso de las entidades del Gobierno Nacional que se encuentran en operación, pero no cuentan con Cuadro para Asignación de Personal; Que, el numeral 5.2.2 del artículo 5° de la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC establece que el CAP Provisional es un documento de gestión institucional cuya fi nalidad es habilitar temporalmente el funcionamiento de las entidades; Que, asimismo, el numeral 5.5 del artículo 5° de la citada Directiva, señala que la aprobación del CAP Provisional, para el caso de Gobierno Nacional, que incluye a los Ministerios, entre otras entidades, será a través de Resolución Ministerial del Titular del Sector, previo Informe Técnico de Aprobación que emita SERVIR; Que, mediante el Ofi cio N° 375-2014-SERVIR/PE, de fecha 19 de setiembre de 2014, la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, remite el Informe N° 012-2014-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, a través del cual dicha entidad considera pertinente la propuesta de CAP Provisional planteada por el Ministerio de Cultura, por lo que se recomienda proseguir con las acciones administrativas necesarias para su aprobación; Que, con el Informe N° 670-2014-OGRH-SG/MC de fecha 22 de setiembre, la Ofi cina General de Recursos Humanos concluye que el Ministerio de Cultura se encuentra apto para iniciar el trámite de aprobación del CAP Provisional debido a que cumple con los requerimientos establecidos en la Directiva N° 001-2014- SERVIR/GPGSC “Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades”, aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR/PE; Que, en mérito a las consideraciones expuestas, resulta necesario aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de Cultura, en concordancia con su estructura orgánica vigente; Con el visado de la Secretaria General, del Jefe de la Unidad de Recursos Humanos, actualmente Ofi cina General de Recursos Humanos, de la Directora (e) de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto, actualmente Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 005- 2013-MC; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 040- 2014-PCM; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 152-2014-SERVIR/PE, que aprueba la Directiva N° 001-2014-SERVIR/GPGSC “Reglas de aplicación progresiva para la aprobación del Cuadro de Puestos de las Entidades”; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de