Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2014 (24/09/2014)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 19

El Peruano Miércoles 24 de setiembre de 2014 533225 Conforman el Comité de Saneamiento Contable de la Oficina Nacional de Gobierno Interior RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 0526-2014-ONAGI-J Lima, 22 de setiembre de 2014 VISTOS: El Informe Nº169-2014-ONAGI-OGAJ de fecha 15 de setiembre de 2014 emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior y la Nota de Elevación Nº030-2014-ONAGI- OGAF-OCN de fecha 08 de setiembre de 2014 elaborado por la Ofi cina de Contabilidad de la Ofi cina General de Administración y Finanzas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1140, se crea la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, como Organismo Público Ejecutor, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y presupuestaria en el ejercicio de sus funciones, con calidad de pliego presupuestario y adscrita al Ministerio del Interior; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2013-IN, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, estableciendo la jurisdicción, estructura orgánica, así como las funciones de sus diferentes órganos y unidades orgánicas; Que, los incisos a) y b) del artículo 7º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, señalan como atribuciones de la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, entre otras, la de aprobar las normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en el Sector Público, así como elaborar la Cuenta General de la República; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 29608, Ley que aprueba la Cuenta General de la República correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009, establece “Acciones de Saneamiento de la Información Contable en el Sector Público”, para lo cual los Titulares de las entidades y empresas públicas bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), dictarán en sus respectivas jurisdicciones, bajo responsabilidad, la implementación de Acciones de Saneamiento de la Información Contable, para que las entidades realicen las gestiones administrativas necesarias con el objeto de depurar la información contable; Que, mediante Resolución Directoral Nº 012-2011- EF/93.01, se aprobó la Directiva Nº 003-2011-EF/93.01 “Lineamientos Básicos para el proceso de saneamiento Contable en el Sector Público”, cuyo numeral 4 señala que la responsabilidad de las acciones de saneamiento contable recae en los Titulares de las entidades públicas; en tal sentido, éstos dispondrán la creación del Comité de Saneamiento Contable, el cual estará constituido por el Director General de Administración o cargo equivalente, quien lo presidirá, el Director de Contabilidad o cargo equivalente; el Director de Tesorería o cargo equivalente, el Director de Abastecimiento o cargo equivalente; y, el Director del Órgano de Control Institucional, si lo hubiere, en calidad de veedor; Que, mediante el documento de Vistos, el Jefe de la Ofi cina de Contabilidad de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior solicita la conformación del Comité de Saneamiento Contable de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior; Que, considerando las normas expuestas, y a lo propuesto por la Ofi cina de Contabilidad de la Ofi cina General de Administración y Finanzas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, resulta necesario designar al Comité de Saneamiento contable de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, el que conducirá las actividades de saneamiento de la Unidad Ejecutora 001: Ofi cina Nacional de Gobierno Interior – ONAGI e informará al Titular de la entidad las acciones ejecutadas, así como los resultados alcanzados, a fi n que dicha información sea remitida al Congreso de la República y a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública, en los plazos previstos en el artículo 3 de la Ley Nº29608; Con el visado del Jefe de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior; del Jefe (e) de la Ofi cina General de Administración y Finanzas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior y del Jefe de Contabilidad de la Ofi cina General de Administración y Finanzas de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1140 que crea la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, el Decreto Supremo Nº 003-2013-IN que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior; la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; la Ley Nº 29608, Ley que aprueba la Cuenta General de la República correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009; y la Resolución Directoral Nº012-2011-EF/93.01 que aprueba la Directiva Nº003-2011-EF/93.01“Lineamientos Básicas para el proceso de Saneamiento Contable en el Sector Público”; SE RESUELVE: Artículo 1.- CONFORMAR el Comité de Saneamiento Contable de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior, quien tendrá a su cargo el desarrollo de las acciones que permitan reconocer, clasifi car y medir las cuentas contables cuyos saldos actuales ameriten la aplicación de las acciones de saneamiento contable, el cual estará integrado por: - El Jefe de la Ofi cina General de Administración y Finanzas o el representante que designe para el efecto, quien lo presidirá; - El Jefe de la Ofi cina de Contabilidad de la Ofi cina General de Administración y Finanzas o el representante que designe para el efecto; - El Jefe de la Ofi cina de Tesorería de la Ofi cina General de Administración y Finanzas o el representante que designe para el efecto; - El Jefe de la Ofi cina de Logística y Control Patrimonial de la Ofi cina General de Administración y Finanzas o el representante que designe para el efecto. Artículo 2.- El Comité de Saneamiento Contable de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior deberá reunirse las veces que considere necesario, pudiendo el miembro titular designar un suplente mediante comunicación escrita, el cual podrá asistir a las sesiones, en ausencia temporal del titular, con las mismas facultades, obligaciones y responsabilidades de éste. Los miembros titulares y suplentes del comité tendrán voz y voto, debiendo fi rmar el acta de cada sesión, aceptando con ello el cumplimiento de los compromisos contraídos Artículo 3.- El Comité de Saneamiento Contable de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior tendrá como funciones fundamentales las siguientes: 1. Proponer al Titular de la Entidad Pública las políticas, cuentas y procedimientos contables sujetos a las acciones de saneamiento para su aprobación. 2. Requerir a las áreas responsables de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior involucradas en el proceso de saneamiento contable, la información necesaria con las recomendaciones para el saneamiento contable sustentado con la documentación pertinente para la revisión, análisis y depuración de las cuentas contables que correspondan, proponiendo la modalidad de registro contable con sujeción a lo determinado por la Dirección Nacional de Contabilidad Pública. 3. Disponer con acuerdo en Acta y luego de la revisión, análisis y depuración, el registro de las acciones de saneamiento contable. 4. Sustentar documentada y fehacientemente las actividades de saneamiento contable.