Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2014 (24/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Miercoles 24 de setiembre de 2014

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de Gobierno Interior ­ ONAGI e informara al Titular de la entidad las acciones ejecutadas, asi como los resultados alcanzados, a fin que dicha informacion sea remitida al Congreso de la Republica y a la Direccion Nacional de Contabilidad Publica, en los plazos previstos en el articulo 3 de la Ley Nº29608; Con el visado del Jefe de la Oficina General de Asesoria Juridica de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; del Jefe (e) de la Oficina General de Administracion y Finanzas de la Oficina Nacional de Gobierno Interior y del Jefe de Contabilidad de la Oficina General de Administracion y Finanzas de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1140 que crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior, el Decreto Supremo Nº 003-2013-IN que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad; la Ley Nº 29608, Ley que aprueba la Cuenta General de la Republica correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009; y la Resolucion Directoral Nº012-2011-EF/93.01 que aprueba la Directiva Nº003-2011-EF/93.01"Lineamientos Basicas para el MORDAZA de Saneamiento Contable en el Sector Publico"; SE RESUELVE: Articulo 1.- CONFORMAR el Comite de Saneamiento Contable de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, quien tendra a su cargo el desarrollo de las acciones que permitan reconocer, clasificar y medir las cuentas contables cuyos saldos actuales ameriten la aplicacion de las acciones de saneamiento contable, el cual estara integrado por: - El Jefe de la Oficina General de Administracion y Finanzas o el representante que designe para el efecto, quien lo presidira; - El Jefe de la Oficina de Contabilidad de la Oficina General de Administracion y Finanzas o el representante que designe para el efecto; - El Jefe de la Oficina de Tesoreria de la Oficina General de Administracion y Finanzas o el representante que designe para el efecto; - El Jefe de la Oficina de Logistica y Control Patrimonial de la Oficina General de Administracion y Finanzas o el representante que designe para el efecto. Articulo 2.- El Comite de Saneamiento Contable de la Oficina Nacional de Gobierno Interior debera reunirse las veces que considere necesario, pudiendo el miembro titular designar un suplente mediante comunicacion escrita, el cual podra asistir a las sesiones, en ausencia temporal del titular, con las mismas facultades, obligaciones y responsabilidades de este. Los miembros titulares y suplentes del comite tendran voz y MORDAZA, debiendo firmar el acta de cada sesion, aceptando con ello el cumplimiento de los compromisos contraidos Articulo 3.- El Comite de Saneamiento Contable de la Oficina Nacional de Gobierno Interior tendra como funciones fundamentales las siguientes: 1. Proponer al Titular de la Entidad Publica las politicas, cuentas y procedimientos contables sujetos a las acciones de saneamiento para su aprobacion. 2. Requerir a las areas responsables de la Oficina Nacional de Gobierno Interior involucradas en el MORDAZA de saneamiento contable, la informacion necesaria con las recomendaciones para el saneamiento contable sustentado con la documentacion pertinente para la revision, analisis y depuracion de las cuentas contables que correspondan, proponiendo la modalidad de registro contable con sujecion a lo determinado por la Direccion Nacional de Contabilidad Publica. 3. Disponer con acuerdo en Acta y luego de la revision, analisis y depuracion, el registro de las acciones de saneamiento contable. 4. Sustentar documentada y fehacientemente las actividades de saneamiento contable.

Conforman el Comite de Saneamiento Contable de la Oficina Nacional de Gobierno Interior
RESOLUCION JEFATURAL Nº 0526-2014-ONAGI-J MORDAZA, 22 de setiembre de 2014 VISTOS: El Informe Nº169-2014-ONAGI-OGAJ de fecha 15 de setiembre de 2014 emitido por la Oficina General de Asesoria Juridica de la Oficina Nacional de Gobierno Interior y la Nota de Elevacion Nº030-2014-ONAGIOGAF-OCN de fecha 08 de setiembre de 2014 elaborado por la Oficina de Contabilidad de la Oficina General de Administracion y Finanzas de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1140, se crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior, como Organismo Publico Ejecutor, con personeria juridica de derecho publico interno, con autonomia administrativa, funcional, tecnica, economica y presupuestaria en el ejercicio de sus funciones, con calidad de pliego presupuestario y adscrita al Ministerio del Interior; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2013-IN, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, estableciendo la jurisdiccion, estructura organica, asi como las funciones de sus diferentes organos y unidades organicas; Que, los incisos a) y b) del articulo 7º de la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, senalan como atribuciones de la Direccion Nacional de Contabilidad Publica, entre otras, la de aprobar las normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en el Sector Publico, asi como elaborar la Cuenta General de la Republica; Que, el articulo 3º de la Ley Nº 29608, Ley que aprueba la Cuenta General de la Republica correspondiente al Ejercicio Fiscal 2009, establece "Acciones de Saneamiento de la Informacion Contable en el Sector Publico", para lo cual los Titulares de las entidades y empresas publicas bajo el ambito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), dictaran en sus respectivas jurisdicciones, bajo responsabilidad, la implementacion de Acciones de Saneamiento de la Informacion Contable, para que las entidades realicen las gestiones administrativas necesarias con el objeto de depurar la informacion contable; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 012-2011EF/93.01, se aprobo la Directiva Nº 003-2011-EF/93.01 "Lineamientos Basicos para el MORDAZA de saneamiento Contable en el Sector Publico", cuyo numeral 4 senala que la responsabilidad de las acciones de saneamiento contable recae en los Titulares de las entidades publicas; en tal sentido, estos dispondran la creacion del Comite de Saneamiento Contable, el cual estara constituido por el Director General de Administracion o cargo equivalente, quien lo presidira, el Director de Contabilidad o cargo equivalente; el Director de Tesoreria o cargo equivalente, el Director de Abastecimiento o cargo equivalente; y, el Director del Organo de Control Institucional, si lo hubiere, en calidad de veedor; Que, mediante el documento de Vistos, el Jefe de la Oficina de Contabilidad de la Oficina Nacional de Gobierno Interior solicita la conformacion del Comite de Saneamiento Contable de la Oficina Nacional de Gobierno Interior; Que, considerando las normas expuestas, y a lo propuesto por la Oficina de Contabilidad de la Oficina General de Administracion y Finanzas de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, resulta necesario designar al Comite de Saneamiento contable de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, el que conducira las actividades de saneamiento de la Unidad Ejecutora 001: Oficina Nacional

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