Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2014 (24/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Miercoles 24 de setiembre de 2014

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Que, con fecha 18 de marzo de 2012, se publico la Resolucion Nº 001-2012/SNM-INDECOPI, la misma que establecio el control metrologico de medidores de agua y medidores de energia electrica; Que, con fecha 23 de enero de 2014, se publico la Resolucion Nº 001-2014/SNM-INDECOPI, a traves de la cual se aprobaron disposiciones complementarias respecto al control metrologicos de medidores de agua, energia electrica y gas, en la que se preciso que la verificacion inicial debera ser realizada por organismos autorizados por el Servicio Nacional de Metrologia; Que, con fecha 11 de MORDAZA de 2014, fue publicada la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional de Calidad y el Instituto Nacional de Calidad (INACAL), la misma que integra las actividades de normalizacion, acreditacion, metrologia y evaluacion de la conformidad realizadas en el MORDAZA, con la finalidad de promover y asegurar el cumplimiento de la Politica Nacional para la Calidad con miras al desarrollo y la competitividad en las actividades economicas y la proteccion al Consumidor; Que, con fecha 17 de MORDAZA de 2014, se publico la Resolucion N° 002-2014/SNM-INDECOPI, la misma que establecio disposiciones aplicables a las empresas contrastadoras de medidores de agua en laboratorio y organismos de inspeccion de medidores de agua que esten en MORDAZA de acreditacion ante el Servicio Nacional de Acreditacion del INDECOPI; Que, el articulo 33° de la Ley N°30224 dispone la participacion de organismos de evaluacion de la conformidad acreditados y que, solo en ausencia de los mismos podran autorizar de manera temporal a organismos fuera del MORDAZA de la acreditacion; Que, la Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30224, senala que el INACAL ejercera sus funciones en un plazo MORDAZA de doscientos setenta dias (270) calendario de la entrada en vigencia de dicha MORDAZA, prorrogables por una sola vez; Que, la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 30224, dispone que hasta que concluya el MORDAZA de transferencia de funciones establecido en la Primera Disposicion Complementaria Final de la mencionada MORDAZA, se mantendra en funciones el Servicio Nacional de Metrologia, encontrandose vigente la normatividad que regula sus competencia y funciones; Estando a las facultades conferidas por el Decreto Legislativo N° 1033, Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2009-PCM y modificado por Decreto Supremo N° 107-2012-PCM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modifiquese el articulo 3° de la Resolucion N° 002-2014/SNM-INDECOPI, en los siguientes terminos: "Articulo 3º.- El Servicio Nacional de Metrologia podra reconocer como organismos autorizados para efectuar la verificacion inicial de medidores de agua a las empresas que cumplan con las condiciones MORDAZA referidas, por unica vez y de manera transitoria, hasta la fecha en que concluya la transferencia de funciones al Instituto Nacional de Calidad (INACAL), en concordancia con lo dispuesto en la Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley N° 30224. Una vez vencido este plazo, solo seran autorizados por el Servicio Nacional de Metrologia aquellos organismos que se encuentren acreditados ante el Servicio Nacional de Acreditacion." Registrese y publiquese. MORDAZA DAJES MORDAZA Jefe del Servicio Nacional de Metrologia 1140794-1

De conformidad con la Ley Nº 27619, que regula la autorizacion de viajes al exterior de los servidores y funcionarios publicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje a la MORDAZA de Arenilla, Republica de Ecuador, de los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Rondinelli Zaga, del 25 al 27 de setiembre de 2014, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vassallo y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, los dias 25 y 26 de setiembre de 2014, para que en representacion de PROMPERU participen en el evento senalado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion se efectuaran con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Rondinelli Zaga, (del 25 al 27 de setiembre de 2014):
- Viaticos (US$ 370,00 x 2 dias x 2 personas) : US $ 1 480,00

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vassallo y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, (25 y 26 de setiembre de 2014):
- Viaticos (US$ 370,00 x 1 x 2 personas) : US $ 740,00

Articulo 3º.- Dentro de los quince dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, las personas cuyo viaje se autoriza mediante el Articulo 1º de la presente Resolucion, presentaran a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERU un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistiran; asimismo, deberan presentar la rendicion de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. ARACELLY LACA MORDAZA Secretaria General (e) 1141111-1

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
Modifican la Res. N° 002-2014/SNMINDECOPI
RESOLUCION DEL SERVICIO NACIONAL DE METROLOGIA N° 003-2014/SNM-INDECOPI MORDAZA, 19 de setiembre de 2014 CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Articulo 45º y a la MORDAZA Disposicion complementaria de la Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, aprobada mediante el Decreto Legislativo Nº 1033, corresponde al Servicio Nacional de Metrologia, establecer y aprobar las Normas de Metrologia Legal;

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