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El Peruano Viernes 10 de abril de 2015 550383 Que, el nombre de Pueblo Libre data del Decreto Supremo del 10 de Abril de 1822, refrendado por la Ley Nº 9162 del 5 de setiembre de 1940 e insertó en la “Demarcación Política del Perú” por la denominada Comisión Tarazona por encargo del Congreso de la República del Perú y de uso obligatorio para determinar la creación de pueblos, distritos, provincias y departamentos; Que, mediante el análisis de tradición de las jurisdicciones de los distritos se celebran los aniversarios de creación y se usan como fecha de bautizo legal de los distritos, que en el caso de la norma de creación política como DISTRITO DE PUEBLO LIBRE se centra en la fecha de la emisión del Decreto Supremo del 10 de abril de 1822 refrendado por la Ley Nº 9162; Que, el marco normativo descrito permite la celebración de la mencionada fecha como una de importancia para la denominación y creación política del distrito de Pueblo Libre e instituirla como otra fecha cívica del distrito para los fi nes de la institución, por cuanto permitirá mayor certeza y coincidencia legal de su denominación y promulgación; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el artículo 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por MAYORÍA, y con dispensa del trámite de aprobación del Acta; ACUERDA:Artículo Primero.- ESTABLECER a partir de la fecha, que el Aniversario de la Promulgación de la Creación Política del distrito de Pueblo Libre se celebre el 10 de Abril de cada año con una SESION SOLEMNE, conforme lo establece el Decreto Supremo del 10 de abril de 1822 refrendado por la Ley Nº 9162, reconociéndose como una fecha cívica del distrito, conforme a la parte considerativa de la presente. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Imagen Institucional y Gerencia de Secretaria General respectivamente, el cumplimiento del presente. POR TANTORegístrese, comuníquese y cúmplase.JHONEL LEGUIA JAMIS Alcalde 1221826-1 Modifican la R.A. Nº 181-2015-MPL-A que designó funcionario responsable de remitir ofertas de empleo de la entidad al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 191-2015-MPL-A Pueblo Libre, 6 de abril de 2015EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE VISTO: La Carta S/N del señor Bruno Rocca Estrada, del 25 de marzo de 2015; la Resolución de Alcaldía Nº 186-2015-MPL-A del 31 de marzo del presente; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR establece en su artículo 2º que todo organismo público está obligado a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar, con diez (10) días de anticipación al inicio del concurso, debiendo designar a un funcionario responsable para tales efectos; Que, el artículo 2º del Reglamento de la Ley Nº 27736, Ley para la transmisión radial y televisiva de ofertas laborales del Sector Público y Privado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2004-TR, señala que todo organismo público y empresa del Estado, está obligada a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursarlos; Que, conforme a lo dispuesto en dicha normativa, los organismos públicos y empresas designarán al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad. Dicha designación debe realizarse mediante resolución del titular de la entidad; Que, mediante la Resolución de Alcaldía Nº 181-2015-MPL-A del 30 de marzo del presente, se designó al señor Bruno Rocca Estrada, Subgerente de Recursos Humanos, como funcionario responsable de los párrafos precitados; Que, mediante la Resolución de Alcaldía Nº 186- 2015-MPL-A del 31 de marzo del presente, se designó al señor Óscar Carretero Tarazona como Subgerente de Recursos Humanos, por lo que le corresponde ser designado como funcionario responsable de remitir al Programa Red Cil Proempleo las ofertas de puestos públicos; Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; RESUELVE:Artículo Primero.- MODIFICAR el Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía Nº 181-2015-MPL-A del 30 de marzo del presente, designando a partir del 01 de abril del presente, al señor OSCAR CARRETERO TARAZONA, Subgerente de Recursos Humanos, como funcionario responsable de remitir al Programa Red Cil Proempleo las ofertas de puestos públicos, de acuerdo a lo señalado por la Ley Nº 27736 y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 012-2004-TR. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Informática y Gobierno Electrónico la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional (Página Web). Regístrese, comuníquese y cúmplase.JHONEL LEGUIA JAMIS Alcalde 1221828-1 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Designan funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 241-2015-MDR Rímac, 30 de marzo de 2015 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL RÍMAC: Visto, el Memorandum N° 162-2015-GAF/MDR de fecha 30 de marzo de 2015 de la Gerencia de Administración y Finanzas, Informe 97-2015-SGP-GAF-MDR de fecha 26 de marzo de 2015 de la Subgerencia de Personal; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 8° del Decreto Legislativo N° 1057 modi fi cado por el artículo 3° de la Ley N° 29849, establece que el acceso al régimen de Contratación Administrativa de Servicios, se realiza obligatoriamente mediante Concurso Público. La