Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2015 (10/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 56

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Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de MORDAZA, y su designacion en el Despacho de la Fiscalia Provincial Civil y Familia de MORDAZA, materia de las Resoluciones de la Fiscalia de la Nacion Nº 2893-2013MP-FN y N° 3737-2014-MP-FN, de fechas 20 de setiembre del 2013 y 10 de setiembre del 2014, respectivamente, con efectividad al 02 de marzo del 2015. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de MORDAZA, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion (i) 1222537-27 RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION N° 1236-2015-MP-FN MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2015 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, mediante oficio Nº 3524-2015-MP-PJFS-AR, de fecha 19 de marzo del 2015, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de MORDAZA, se eleva la renuncia al cargo de la doctora Fiori MORDAZA MORDAZA, Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de MORDAZA, designada en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de MORDAZA MORDAZA - Aucayacu, quien estuvo destacada en el Despacho de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de MORDAZA, por motivos personales, con efectividad al 10 de marzo del 2015. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la doctora Fiori MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de MORDAZA, y su designacion en el Despacho de la MORDAZA Fiscalia Provincial Penal Corporativa de MORDAZA MORDAZA - Aucayacu, materia de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 3316-2014-MP-FN, de fecha 15 de agosto del 2014, con efectividad al 10 de marzo del 2015. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion, a las Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de MORDAZA y MORDAZA, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion (i) 1222537-28 SE RESUELVE:

El Peruano Viernes 10 de MORDAZA de 2015

Articulo Primero.- Dejar sin efecto el articulo decimo primero de la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 5347-2014-MP-FN, de fecha 12 de diciembre del 2014, en el extremo que dio por concluido el nombramiento de la doctora MORDAZA MORDAZA Vinces MORDAZA, en el cargo de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de San MORDAZA, y su designacion en el Despacho de la Fiscalia Provincial Penal de El Dorado. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de San MORDAZA, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Oficina de Registro y Evaluacion de Fiscales, y a la Fiscal mencionada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion (i) 1222537-8

Convierten la MORDAZA Fiscalia Superior Especializada en Delitos de Corrupcion de Funcionarios de MORDAZA, en Tercera Fiscalia Superior Nacional Especializada en Delitos de MORDAZA de Activos y Perdida de Dominio
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION N° 1223-2015-MP-FN MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2015 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de la Junta de Fiscales Supremos Nº 152-2013-MP-FN-JFS, de fecha 21 de octubre del 2013, se crearon la Primera y MORDAZA Fiscalias Superiores Nacionales Especializadas en Delitos de MORDAZA de Activos y Perdida de Dominio, con sede en MORDAZA y con competencia a nivel nacional, entre otros despachos fiscales especializados; estando a la complejidad del delito de MORDAZA de Activos, cuya expansion supera el ambito nacional, pues cuenta con organizaciones delictivas, jerarquizadas y estructuradas, dedicadas a ocultar los activos de procedencia ilicita, utilizando operaciones complejas, en los ambitos comercial, bancario, financiero, entre otros. Que, mediante Informe Nº 196-2015-MP-FN-ETI-NCPP/ ST, de fecha 27 de marzo del 2015, la Secretaria Tecnica del Equipo Tecnico Institucional de Implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, informa que teniendo en cuenta la carga laboral de las Fiscalias Superiores Especializadas en Delitos de Corrupcion de Funcionarios y atendiendo a la naturaleza especializada de las investigaciones que se hallan a cargo en la subespecialidad de MORDAZA de Activos y Perdida de Dominio; existe la necesidad de conversion de la MORDAZA Fiscalia Superior Especializada en Delitos de Corrupcion de Funcionarios de MORDAZA, en Tercera Fiscalia Superior Nacional Especializada en Delitos de MORDAZA de Activos y Perdida de Dominio, con sede en MORDAZA y con competencia a nivel nacional. Que, el Fiscal de la Nacion, como titular del Ministerio Publico, es el responsable de dirigir, orientar y formular la politica institucional, teniendo ademas como uno de sus principales objetivos, ofrecer a la sociedad un servicio fiscal eficiente y oportuno; en ese sentido, debe expedirse el resolutivo correspondiente. Que, estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Convertir la MORDAZA Fiscalia Superior Especializada en Delitos de Corrupcion de Funcionarios de MORDAZA, en Tercera Fiscalia Superior Nacional Especializada en Delitos de MORDAZA de Activos y Perdida de Dominio.

Dejan sin efecto articulo de la Res. Nº 5347-2014-MP-FN en el extremo que dio por concluido el nombramiento de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de San MORDAZA
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION N° 1216-2015-MP-FN MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2015 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad del servicio y de conformidad con lo establecido por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico;

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