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El Peruano Viernes 10 de abril de 2015 550384 convocatoria se realiza a través del Portal Institucional de la entidad convocante, en el Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y en el Portal del Estado Peruano, sin perjuicio de utilizarse, a criterio de la entidad convocante, otros medios de información; Que, el artículo 2º del D.S. Nº 012-2004-TR, Reglamento de la Ley N° 27736, dispone que todo organismo público y empresa del Estado está obligada a remitir al Programa Red Cil Proempleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo las ofertas de puestos públicos que tengan previsto concursar. Debiendo remitirse con diez (10) días hábiles de anticipación al inicio del concurso los puestos de trabajo vacantes a ofertar; para ello, se designará al funcionario responsable de remitir la oferta de empleo a través de la Resolución del Titular; Que, en tal sentido y a mérito de lo señalado en el Memorandum N° 162-2015-GAF/MDR de fecha 30 de marzo de 2015 la Gerencia de Administración y Finanzas, señala la necesidad de designar al funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad Distrital del Rímac al Programa Red Cil Pro empleo del Ministerio de Trabajo, de aquellos puestos públicos sujetos a concurso; De conformidad con las facultades conferidas por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y demás normas pertinentes; RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR, al Abogado Sergio Salguero Aguilar, Subgerente de Personal, como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la Municipalidad Distrital del Rímac al Programa Red Cil Pro empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo de toda convocatoria que se realice a través del Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios-CAS. Artículo Segundo.- Encargar a la Secretaría General, Gestión Documentaria y Registros Civiles, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Informática su difusión en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital del Rímac. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 1222133-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PERLA Aprueban el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2016 de la Municipalidad ORDENANZA Nº 007-2015-MDLP La Perla, 27 de marzo del 2015 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA POR CUANTO:EL CONSEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 27 de Marzo del 2015 los informes presentados por la Comisión Ordinaria de Administración, Economía y Presupuesto, sobre la aprobación del Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo basado en Resultados para el año fi scal 2016 de la Municipalidad Distrital de La Perla, e Informe Legal Nº266-2015-GAJ-MDLP; y,CONSIDERANDO: Que, el Artículo 97º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los Planes de Desarrollo Concertados y los Presupuestos Participativos tienen un carácter orientador de la inversión, asignación y ejecución de los recursos municipales. Son aprobados por los respectivos Concejos Municipales. Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 53º de la Ley Nº 27972, las Municipalidades se rigen por sus Presupuestos Participativos Anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia, y en concordancia con los Planes de Desarrollo Concertados de su jurisdicción. Que, mediante la Ley Nº 28056 – Ley Marco del Presupuesto Participativo, de fi ne al proceso del presupuesto participativo como mecanismo de asignación equitativa, racional, e fi ciente, e fi caz y trasparente de los recursos públicos, que fortalece las relaciones Estado – Sociedad Civil, el cual se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertados de los gobiernos regionales y gobiernos locales. Que, el artículo 4 de la Ley Nº 28056, modi fi cado por la Ley Nº 29298, dispone que cada instancia fórmula su presupuesto participativo, respetando el marco de competencias establecido en la Constitución Política del Perú y en las correspondientes leyes orgánicas; para tal efecto, se considera criterios de alcance, cobertura de población, así como montos de ejecución o envergadura. Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010- EF/76.01, el Ministerio de Economía y Finanzas aprobó el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 “Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados”, cuyo objetivo es el de establecer los mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales. Y debe estar orientado a resultados con la fi nalidad que los proyectos de inversión estén claramente articulados a productos y resultados especí fi cos que la población necesite, particularmente en aquellas dimensiones que se consideren más prioritarias para el desarrollo regional o local, evitando de este modo inefi ciencias en la asignación de los recursos públicos. Que, mediante Informe Nº 034-2015-GPYP-MDLP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto que remite el Proyecto de Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año 2016 de la Municipalidad Distrital de La Perla, Informe Nº 266-2015-GAJ-MDLP de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memo Nº 069-2015-GM-MDLP de la Gerencia Municipal. En uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú y lo dispuesto en el numeral 1 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, y con el voto UNANIME del Pleno del Concejo se aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PROCESO DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS PARA EL AÑO FISCAL 2016 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA Artículo Primero.- APROBAR, el Reglamento del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2016 de la Municipalidad Distrital de La Perla, que consta de 4 Capítulos, 13 artículos y 5 disposiciones complementarias. Artículo Segundo.- FACULTAR, a la Alcaldesa, para que mediante Decreto de Alcaldía apruebe, el Cronograma de Actividades del Proceso de Presupuesto Participativo Año fi scal 2016 y dicte las disposiciones complementarias y Ampliatorias a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGUESE, la difusión y la publicación de la presente Ordenanza Municipal a la Gerencia de Secretaria General, Sub Gerencia de Imagen Institucional y a la Sub Gerencia de Estadística e Información a través del Diario O fi cial El Peruano y el portal Web de la institución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.PATRICIA ROSA CHIRINOS VENEGAS Alcaldesa 1222212-1