Norma Legal Oficial del día 12 de abril del año 2015 (12/04/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA 12 de MORDAZA de 2015

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mediante Resolucion N° 23 de fecha 4 de noviembre de 2013, ha resuelto proponer a este organo de gobierno se imponga la medida disciplinaria de destitucion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su actuacion como Juez de Paz del Distrito de Pongo de Caynarachi, Corte Superior de Justicia de San Martin. Tercero. Que al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez de Paz del Pongo de Caynarachi, Provincia de Lamas, Corte Superior de Justicia de San MORDAZA, se le atribuye conducta funcional irregular en el desempeno de sus funciones por los siguientes hechos: a) El senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA refiere que cuando el Juez de Paz investigado ejercia el referido cargo le MORDAZA su computadora por un pequeno problema que tuvo y al momento de sacar de su domicilio le pidio sus documentos (de la computadora) y que a la fecha no se encuentra en el local del juzgado. b) La senora MORDAZA Marichi refiere que en el mes de setiembre de 2009, el quejado le obligo que haga entrega de una gallina para el consumo de las autoridades de Lamas que estarian de visita al lugar. c) La senora MORDAZA MORDAZA Murrieta refirio recibir una pension de alimentos a favor de su nieta por parte de su padre, el senor MORDAZA MORDAZA Mozombite, ascendente a la suma de S/. 30.00 nuevos soles mensuales, siendo que el MORDAZA mencionado habia depositado la suma de S/. 120.00 nuevos soles correspondiente a los meses de MORDAZA, junio, MORDAZA y agosto de 2009, de los cuales el Juez de Paz investigado solo le habia entregado la suma de S/. 80.00 nuevos soles; asimismo, respecto a los meses de setiembre y octubre del mismo ano habia depositado la suma de S/. 60.00 nuevos soles, suma que no se le habia hecho entrega, pero que en el archivo del Juzgado de Paz aparece como entregada. Tambien refiere que el investigado le obligo a entregar una gallina para consumo de las autoridades de Lamas. d) El senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA refiere que a consecuencia de una compra venta realizada por su persona con el senor MORDAZA MORDAZA por la suma de S/. 3, 450.00 nuevos soles, concurrieron al despacho del investigado y se pusieron de acuerdo para que el pago se haga en partes por ante el Juzgado de Paz, habiendo cumplido con dicho acuerdo el mes de agosto, pero que el quejado Juez de Paz se gasto el dinero y posteriormente a insistencia del quejoso le ha devuelto la suma de S/. 3, 100.00 nuevos soles, restando hasta la fecha el pago de la diferencia. Cuarto. Que, respecto de los hechos atribuidos por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de la revision de los actuados se puede apreciar que de la investigacion realizada en el presente caso no se ha llegado a establecer la falta funcional del investigado debido a que no se ha podido determinar bajo que circunstancias acontecieron los hechos atribuidos al investigado. Se aprecia que el quejoso incurre en incoherencia, por cuanto por un lado refiere que el hecho se suscito a raiz de un problema con el quejado, siendo que al momento de sacar la computadora de su MORDAZA le pidio los documentos de la computadora que compro del Capitan PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, empero al no encontrarse la referida computadora en el Juzgado de Paz presento la queja en su contra; y, posteriormente, en su declaracion rendida a folios 50, senala que adquirio el bien mueble a cambio de un motor de aserrar MORDAZA, sin suscribir ningun documento, y el citado capitan no ha presentado declaracion; por lo que en este extremo ante la falta de elementos que corroboren su version no puede ser pasible de sancion el investigado. Quinto. Que, sobre los hechos atribuidos por la senora MORDAZA Marichi, quien refiere que en el mes de setiembre de 2009, el quejado le obligo que haga entrega de una gallina para el consumo de las autoridades de Lamas, que estarian de visita al lugar, se aprecia que este ha sido reiterativo por cuanto el mismo actuar tuvo con la senora MORDAZA MORDAZA Murrieta, conforme lo ha puesto en conocimiento al momento de realizar la queja respectiva a folios 3 y 4. Sexto. Que, en lo referente a lo senalado por la senora MORDAZA MORDAZA Murrieta, de los actuados se aprecia que mediante el Certificado del Acuerdo de Conciliacion por concepto de pensiones alimenticias, realizado entre los senores Merelith Inapi Murrieta y el senor Tercero MORDAZA MORDAZA Mozombite a favor de la menor Marita MORDAZA Inapi, de folios 58 a 59), autorizandose a la abuela de la menor alimentista (la quejosa MORDAZA MORDAZA

Articulo 5º.- El inicio del procedimiento de examen se computara a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion en el diario oficial "El Peruano". Con la intervencion de los senores miembros de Comision: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Stucchi MORDAZA Raygada, MORDAZA MORDAZA Piazza y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gamarra. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 1222689-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Destituyen a Juez de Paz del Distrito de Pongo de Caynarachi, Provincia de Lamas, Corte Superior de Justicia de San MORDAZA
QUEJA ODECMA Nº 792-2013-SAN MORDAZA MORDAZA, veintitres de MORDAZA de dos mil catorce.VISTA: La Resolucion N° 23 de fecha 4 de noviembre de 2013, emitida por la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, que propone se imponga sancion disciplinaria de destitucion al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su actuacion como Juez de Paz del Distrito de Pongo de Caynarachi, Provincia de Lamas, Corte Superior de Justicia de San MORDAZA, por los cargos que se le atribuyen. CONSIDERANDO: Primero. Que, en merito de las quejas presentadas por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Marichi MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Murrieta MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de folios 2,3,4 y 7, contra el Juez de Paz del Distrito de Pongo de Caynarachi, Provincia de Lamas, Corte Superior de Justicia de San MORDAZA, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el Jefe de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA mediante Resolucion N° 1 del 25 de enero de 2010, de folios 10 y 11, dispuso abrir investigacion preliminar a fin de establecer la existencia o no de indicios de irregularidad funcional. Emitido el informe respectivo, de folios 85 a 87, por Resolucion N° 12 del 31 de agosto de 2011, de folios 99 a 102, se abrio procedimiento disciplinario contra el Juez de Paz MORDAZA referido atribuyendole el siguiente cargo: "Haber solicitado gallinas para consumo de las autoridades de Lamas, apropiarse de una computadora, de dinero por concepto de pension alimenticia; y por concepto de acuerdo arribado ante su despacho sobre pago de soles, contraviniendo el deber previsto en el articulo 34°, inciso 18), de la Ley de MORDAZA Judicial, incurriendo en falta funcional contemplada en el inciso 12) del articulo 48° de la citada ley". Segundo. Que, posterior a las investigaciones realizadas en el presente procedimiento disciplinario, el Jefe de la Unidad de Quejas de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA, mediante Resolucion N° 18 de fecha 27 de MORDAZA de 2012, emite propuesta a la Jefatura del Organo de Control Distrital con la opinion de que se imponga al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA la medida disciplinaria de destitucion. Luego, la Jefatura de la referida dependencia contralora mediante Resolucion N° 19 de fecha 25 de MORDAZA de 2013 dispone la misma propuesta por ante la Jefatura de la Oficina de Control de la Magistratura. Finalmente, la Jefatura Suprema del Organo de Control de la Magistratura del Poder Judicial

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