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El Peruano Domingo 12 de abril de 2015 550455 Artículo 3º.- Autorizar el viaje de la señorita Gloria Zoila Cadillo Ángeles, Asesora II del Despacho Ministerial, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 13 al 16 de abril de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 4º.- Autorizar el viaje del señor Javier Martín Hervias Concha, Especialista de la Dirección General de Concesiones en Transportes, a la ciudad de Montevideo, República Oriental del Uruguay, del 13 al 19 de abril de 2015, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 5º.- Los gastos que demande el viaje autorizado en los artículos precedentes, serán con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Francisco Javier Coronado Saleh: Pasajes aéreos US$ 4 468.61 Viáticos US$ 740.00 Señor Adríán Natividad Lazo Díaz: Pasajes aéreos US$ 2 603.50 Viáticos US$ 1 850.00 Señorita Gloria Zoila Cadillo Ángeles Pasajes aéreos US$ 4 468.61 Viáticos US$ 1 110.00 Señor Javier Martín Hervias Concha Pasajes aéreos US$ 2 603.50 Viáticos US$ 1 850.00 Artículo 6º.- Encargar las funciones de Viceministro de Comunicaciones, al señor Henrry Zaira Rojas, Viceministro de Transportes, a partir del 13 de abril de 2015 y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 7º.- Encargar las funciones de Director de la Ofi cina de Planeamiento de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, al señor Elbert Panta Saldarriaga, Director de la Ofi cina de Organización y Racionalización, a partir del 13 de abril de 2015 y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 8º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, las personas mencionadas en la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos durante el viaje autorizado y la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 9º.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho de exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ GALLARDO KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1223200-1 Otorgan a Transaer R.A. S.A. la renovación de su permiso de operación de aviación comercial: transporte aéreo no regular nacional de carga y correo RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 119-2015-MTC/12 Lima, 13 de marzo del 2015 Vista la solicitud de la compañía TRANSAER R.A. S.A., sobre Renovación de Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 339-2010- MTC/12 del 25 de noviembre del 2010 se otorgó a la compañía TRANSAER R.A. S.A. el Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 27 de enero del 2011 hasta el 27 de enero del 2015; Que, mediante Documento de Registro N° 2014- 086345 del 25 de noviembre del 2014 y Documento de Registro N° 236805 del 26 de diciembre del 2014 la compañía TRANSAER R.A. S.A. solicitó la Renovación de su Permiso de Operación bajo las mismas condiciones; Que, según los términos del Memorando Nº 1865-2014- MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC, Memorando Nº 297-2014-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador Técnico de Licencias e Informe Nº 077-2015-MTC/12.07 emitido por el Director de Certifi caciones y Autorizaciones; que forman parte de la presente resolución según el numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, se considera procedente atender lo solicitado en lo pertinente, al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial Nº 644-2007-MTC/01 y sus modifi catorias, así como las demás disposiciones legales vigentes; Que, la administración, en aplicación del principio de presunción de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la presentación de documentos por parte del interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, en aplicación del artículo 9º, literal g) de la Ley Nº 27261, la Dirección General de Aeronáutica Civil es competente para otorgar, modifi car, suspender y revocar los Permisos de Operación y Permisos de Vuelo, resolviendo el presente procedimiento mediante la expedición de la Resolución Directoral respectiva; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC; demás disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable de las áreas competentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a la compañía TRANSAER R.A. S.A., la Renovación de su Permiso de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de carga y correo, por el plazo de cuatro (04) años contados a partir del 28 de enero del 2015, día siguiente a la fecha de vencimiento de la Resolución Directoral Nº 339-2010-MTC/12 del 25 de noviembre del 2010. El presente Permiso de Operación tiene carácter administrativo, por lo que para realizar sus operaciones aéreas la compañía TRANSAER R.A. S.A. deberá contar con el Certifi cado de Explotador correspondiente, así como sus Especifi caciones de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que establece la Dirección General de Aeronáutica Civil, debiendo acreditar en estas etapas su capacidad legal, técnica y económico - fi nanciera. NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular de carga y correo. ÁMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONÁUTICO: - Antonov AN-72 / 74 - Antonov AN-28 - Antonov AN-32B - Antonov AN-26 - Antonov AN-24 - Boeing 727 - MI-8 / 8-AMT - MI-17 / 171 / 172