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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (14/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 5

El Peruano Martes 14 de abril de 2015 550499 SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir de la fecha, a la señora CLAUDIA ANTOINETTE MANSEN ARRIETA en el cargo de Directora Nacional de Turismo, del Viceministerio de Turismo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, Nivel F-5, cargo considerado de confi anza. Regístrese, comuníquese y publíquese.MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1223377-1 DEFENSA Autorizan viaje de miembros de la Delegación Peruana ante el Consejo de Defensa Suramericano, a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 134-2015-DE/ Lima, 13 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, el Tratado Constitutivo de la Unión de Naciones Suramericanas - UNASUR, fue suscrito el 23 de mayo de 2008 en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil; Que, en la Reunión Extraordinaria de Jefas y Jefes de Estado de la UNASUR llevada a cabo el 16 de diciembre de 2008 en la ciudad de Salvador de Bahía, República Federativa del Brasil, se incorporó como parte de la estructura organizacional de la UNASUR, el Consejo de Defensa Suramericano (CDS) como órgano permanente de consulta, cooperación y coordinación en materia de Defensa; Que, mediante las Circulares Nº 745 – 2015 del 25 de febrero de 2015 y N°761 - 2015 del 13 de marzo del 2015 respectivamente, la Secretaría Pro Témpore del Consejo de Defensa Suramericano convoca a reunión extraordinaria del Consejo Superior de la Escuela Suramericana de Defensa (ESUDE) conformada por los Señores Viceministros de Defensa o sus equivalentes de los países miembros de UNASUR, la misma que se llevará a cabo en la ciudad de Quito, República del Ecuador entre los días 16 y 17 de abril de 2015; Que, es de interés institucional del Sector Defensa, autorizar el viaje en Comisión de Servicio del Señor Viceministro de Políticas para la Defensa Iván Cesar VEGA LONCHARICH, el Señor Director Ejecutivo de la Delegación Peruana ante el Consejo de Defensa Suramericano Manuel Abraham VÉRTIZ DOMÍNGUEZ y el Señor Abogado Asesor del despacho Viceministerial Carlos Antonio PEREZ RIOS, como miembros de la Delegación Peruana ante el Consejo de Defensa Suramericano, para que participen en la mencionada reunión en donde se determinarán los lineamientos para la elección del Secretario Ejecutivo de la ESUDE y se tratarán otros temas a fi nes al CDS; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fi n de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión ofi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América; Que, los gastos que ocasione la presente Comisión de Servicio, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2015 del Ministerio de Defensa, Unidad Ejecutora 001: Administración General, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002 PCM, del 05 de junio de 2002 y su modi fi catoria el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modi fi catorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 002-2015-DE del 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Señor Viceministro de Políticas para la Defensa Iván Cesar VEGA LONCHARICH identi fi cado con DNI N° 06765121, el Señor Director Ejecutivo de la Delegación Peruana ante el Consejo de Defensa Suramericano Manuel Abraham VÉRTIZ DOMÍNGUEZ identi fi cado con DNI N° 09442012 y el Señor Abogado Asesor del despacho Viceministerial Carlos Antonio PEREZ RIOS identi fi cado con DNI N° 07526100, para que participen en reunión extraordinaria del Consejo Superior de la Escuela Suramericana de Defensa (ESUDE), que se llevará a cabo en la ciudad de Quito, República del Ecuador entre los días 16 y 17 de abril de 2015; autorizando su salida del país por motivos de Itinerario el 15 de abril y el retorno el 17 de abril de 2015. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa – Unidad Ejecutora 001: Administración General, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Lima - Quito (República del Ecuador) Lima: US$ 1,114.72 x 3 personas US$ 3,344.16 Viáticos: US$ 370.00 x 3 personas x 2 días US$ 2,220.00 -------------------TOTAL A PAGAR: US$ 5,564.16 Artículo 3º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; asimismo, dentro del mismo plazo cumplirá con presentar la sustentación de viáticos, conforme a lo establecido en el artículo 6° del Decreto Supremo N° 047 – 2002-PCM. Artículo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1223906-3