TEXTO PAGINA: 8
El Peruano Martes 14 de abril de 2015 550502 PRODUCE Designan Tesorera del Instituto Nacional de Calidad RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 003-2015-INACAL-PE Lima, 7 de abril de 2015CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad, dispone que el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, es un Organismo Público Técnico Especializado, adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera; además también, que es el ente rector y máxima autoridad técnico – normativa del Sistema Nacional para la Calidad; Que, el artículo 15 de la Ley Nº 30224 dispone que la Presidencia Ejecutiva del INACAL conduce el funcionamiento institucional de la Entidad; y está a cargo de un Presidente Ejecutivo, a dedicación exclusiva y remunerada, quien es la máxima autoridad administrativa de la Entidad y ejerce la autoridad del pliego presupuestal; Que, en cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE – Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 008-2015-PRODUCE, mediante Resolución Suprema N° 004-2015-PRODUCE, se designó a la señora Rocío Ingred Barrios Alvarado como Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de Calidad – INACAL; Que, la disposición complementaria transitoria única del Reglamento de Organización y Funciones del INACAL, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2015-PRODUCE y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 008-2015- PRODUCE, autoriza al Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Calidad - INACAL a designar al personal para los cargos de Secretario General y de los órganos de administración interna, para el inicio de actividades y la inmediata operación administrativa del INACAL. Dichas designaciones se someterán a rati fi cación posterior por el Consejo Directivo del INACAL; Que, atendiendo a lo expuesto, corresponde emitir el acto de administración por el cual se designa a la Tesorera del Instituto Nacional de Calidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2015-PRODUCE y modi fi cado por Decreto Supremo Nº 008-2015-PRODUCE; y, la Resolución Suprema Nº 004-2015-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora GAURI DE LA CRUZ ORDAYA como Tesorera del Instituto Nacional de Calidad. Regístrese, comuníquese y publíquese.ROCÍO INGRED BARRIOS ALVARADO Presidenta Ejecutiva 1223651-1 Delegan facultades en la Secretaria General del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, para el ejercicio fiscal 2015 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 004-2015-INACAL-PE Lima, 7 de abril de 2015CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30224 se crea el Instituto Nacional de Calidad – INACAL, como un Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público, con competencia a nivel nacional y autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y fi nanciera. Constituyendo Pliego Presupuestal; Que, mediante Decreto Supremo N° 004-2015- PRODUCE se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del INACAL; modi fi cado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE, los mismos que determinan las áreas programáticas de acción y regula las competencias, funciones y estructura orgánica del INACAL; Que, el ROF del INACAL, en su artículo 15° establece que la Presidencia Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva del INACAL, ejerce la titularidad del pliego presupuestal, asimismo en su artículo 19° precisa que la Secretaría General es el máximo órgano administrativo; Que, mediante Resolución Suprema N° 004-2015- PRODUCE se designó a la señora Rocío Ingred Barrios Alvarado como Presidenta Ejecutiva del Instituto Nacional de Calidad – INACAL; Que, el numeral 7.1 del artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF (en adelante el TUO de la Ley General), establece que el Titular de una Entidad es la más alta autoridad ejecutiva y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, asimismo, el numeral 40.2 del artículo 40 del TUO de la Ley General establece que las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático son aprobadas mediante Resolución del Titular, a propuesta de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad. El titular puede delegar dicha facultad de aprobación, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el diario o fi cial El Peruano; Que, mediante Ley Nº 30281, se aprueba la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, estableciéndose en ésta las normas para el proceso presupuestario que deben observar los organismos del Sector Público durante el ejercicio fi scal 2015; Que, el artículo 5° del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado (en adelante, la Ley) dispone que el Titular de la Entidad podrá delegar mediante Resolución sus competencias en materia de contratación pública, con excepción de lo relacionado a la aprobación de exoneraciones, la declaración de nulidad de o fi cio, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra y otros supuestos que se establecen en el Reglamento de la citada Ley; Que, conforme a lo señalado en el Literal a) del Numeral 3.1 del artículo 3° de la Resolución Directoral N° 031-2014-EF-52.03, los titulares y suplentes de las cuentas bancarias son designados mediante Resolución del Titular del Pliego o del funcionario a quien éste hubiera delegado de manera expresa esta facultad; Que, considerando que el INACAL está en proceso de implementación, con la fi nalidad de garantizar una adecuada gestión en la administración de los recursos asignados en materia presupuestal, en la contratación de bienes y servicios y en la gestión de recursos humanos, que permitan al INACAL cumplir de manera oportuna y efi caz sus funciones, resulta pertinente delegar en la Secretaría General, determinadas funciones asignadas al Titular del Pliego; Con el visto bueno del Jefe de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Jefe (e) de la O fi cina de Administración y de la Secretaria General; De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 – Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; el Decreto Legislativo N° 1017 – Ley de Contrataciones del Estado; y otras normas de carácter reglamentario, en la Ley N° 30224 – Ley de creación del Instituto Nacional de Calidad – INACAL, y su Reglamento de Organización y Funciones – Decreto Supremo N° 004-2015-PRODUCE modi fi cado por Decreto Supremo N° 008-2015-PRODUCE;