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El Peruano Martes 14 de abril de 2015 550500 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 del pliego Ministerio de Salud a favor de diversos Gobiernos Regionales para financiar proyectos de inversión pública DECRETO SUPREMO Nº 083-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, se aprobó, entre otros, el Presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, el Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo; que la protección de la salud es de interés público y por tanto es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; que es de interés público la provisión de servicios de salud, cualquiera sea la persona o institución que los provea, siendo responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad; Que, de conformidad con lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud a nivel nacional, según lo establece la Ley N° 26842, Ley General de Salud, tiene a su cargo la formulación, dirección y gestión de la Política Nacional de Salud y es la máxima autoridad en materia de salud; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, establece que en el año fi scal 2015, los recursos públicos que se asignen en los presupuestos institucionales de las entidades del Gobierno Nacional para la ejecución de proyectos de inversión en los Gobiernos Regionales o los Gobiernos Locales, se trans fi eren bajo la modalidad de modi fi cación presupuestaria en el nivel institucional, aprobada mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro del sector correspondiente y el Ministro de Economía y Finanzas, previa suscripción de convenio; Que, el numeral 11.2 del citado artículo 11 señala que, previamente a la transferencia de recursos, los proyectos de inversión pública deben contar con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), así como con el registro en el Banco de Proyectos del SNIP del informe de consistencia del estudio de fi nitivo o expediente técnico detallado del proyecto de inversión pública (PIP) viable a que se re fi ere la Directiva N° 001-2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada por Resolución Directoral N° 003-2011-EF/68.01 y modi fi catorias. En el caso de los proyectos de inversión que no cuenten con el estudio de fi nitivo o expediente técnico, la transferencia de recursos se efectúa sólo para fi nanciar esta fi nalidad y sólo deben contar con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP); señalando, adicionalmente, que las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del citado artículo 11 sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2015; indicándose que cada pliego presupuestario del Gobierno Nacional es responsable de la veri fi cación y seguimiento, lo que incluye el monitoreo fi nanciero de los recursos, del cumplimiento de las acciones contenidas en el convenio y en el cronograma de ejecución del proyecto de inversión pública, para lo cual realiza el monitoreo correspondiente; Que, mediante Oficios N° 892-2015-SG/MINSA y N° 1020-2015-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a favor de diversos Gobiernos Regionales, para lo cual mediante el Informe Nº 076-2015-OGPP-OPI/MINSA, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto de dicho Ministerio sustenta la referida solicitud e indica que cuenta con los recursos presupuestales necesarios para efectuar la citada Transferencia de Partidas, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 154 722 953,00), para el fi nanciamiento de siete (07) proyectos de inversión pública de infraestructura sanitaria, los cuales cuentan con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública, así como con el registro en el Banco de Proyectos del SNIP del informe de consistencia del estudio defi nitivo o expediente técnico detallado del proyecto de inversión pública (PIP) viable a que se re fi ere la Directiva N° 001-2011-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública, aprobada por Resolución Directoral N° 003-2011-EF/68.01 y modi fi catorias, según corresponda; precisándose que la ejecución de los citados proyectos estará a cargo de los Gobiernos Regionales de los Departamentos de Amazonas, Arequipa, Ayacucho, Puno, Loreto y Lima, para lo cual el Ministerio de Salud ha suscrito los convenios respectivos con los referidos Gobiernos Regionales, en el marco del artículo 11 de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; Que, corresponde autorizar una transferencia de partidas a favor de diversos Gobiernos Regionales hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 154 722 953,00), del pliego 011: Ministerio de Salud, a favor de diversos Gobiernos Regionales, para el fi nanciamiento de siete (07) proyectos de inversión pública de infraestructura sanitaria, en el marco de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley N° 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; DECRETA: Artículo 1.- Objeto1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 154 722 953,00), del pliego Ministerio de Salud, a favor de diversos Gobiernos Regionales, para el fi nanciamiento de siete (07) proyectos de inversión pública de infraestructura sanitaria, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de SaludUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central- MINSA ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios PROYECTO 2157301 : Mejora de la Capacidad Resolutiva y Operativa del Hospital Román Egoavil Pando del Distrito de Villa Rica, Provincia Oxapampa, Región Pasco GASTOS DE CAPITAL 2.6. Adquisición de Activos No Financieros 62 807 270,00 PROYECTO 2183980 : Construcción de Establecimientos de Salud Estratégicos