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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (22/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 9

El Peruano Miércoles 22 de abril de 2015 551075 la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, del personal militar que se detalla a continuación, del 22 al 24 de abril de 2015, con la fi nalidad de participar en el II Simposio Internacional de Seguridad y Defensa, organizado por la Escuela Superior de Guerra Naval: 1. Un (1) militar de la República Federal de Alemania. 2. Tres (3) militares de la República Argentina. 3. Dos (2) militares del Estado Plurinacional de Bolivia. 4. Un (1) militar de la República Federativa del Brasil. 5. Dos (2) militares de la República de Colombia. 6. Un (1) militar del Canadá. 7. Un (1) militar de la República del Ecuador. 8. Tres (3) militares del Reino de España. 9. Tres (3) militares de los Estados Unidos de América. 10. Un (1) militar de los Estados Unidos Mexicanos. 11. Un (1) militar de la República del Paraguay. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ALVAREZ Ministro de Defensa 1227326-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 340-2015 DE/SG Lima, 21 de abril de 2015 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nro. 220 del 23 de marzo de 2015, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, con Ofi cio G.500-1526, del 08 de abril de 2015, el Secretario del Comandante General de la Marina, por especial encargo del Comandante General de la Marina, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de los Estados Unidos de América; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 27 de abril al 01 de mayo de 2015, con la fi nalidad de realizar una inspección con el Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales NAMRU-6 en el Callao e Iquitos; Que, el artículo 5 de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República1, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la cantidad de personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por la Marina de Guerra del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899 y la Ley Nº 30209; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, a cuatro (04) militares de los Estados Unidos de América, del 27 de abril al 01 de mayo de 2015, con la fi nalidad de realizar una inspección con el Centro de Investigación de Enfermedades Tropicales NAMRU-6 en el Callao e Iquitos. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5 de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899 y Ley Nº 30209. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAKKE VALAKIVI ALVAREZ Ministro de Defensa 1 modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 y por el artículo único de la Ley Nº 30209 1227326-2 ENERGIA Y MINAS Oficializan el evento denominado “VI FORO GLP PERÚ 2015”, a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 178-2015-MEM/DM Lima, 20 de abril de 2015 VISTO: El Expediente Nº 2482834 y su anexo Nº 2482836, presentado por el señor José Eduardo Torres Lam, Director General de la empresa Doble T Comunicaciones S.A.C., sobre solicitud de ofi cialización del evento denominado “VI FORO GLP PERÚ 2015”; CONSIDERANDO: Que, el Director General de la empresa Doble T Comunicaciones S.A.C., a través de los documentos con registros Nº 2482834 y Nº 2482836, ambos de fecha 23 de marzo de 2015, solicitó ante el Ministerio de Energía y Minas la oficialización del evento denominado “VI FORO GLP PERÚ 2015”, a realizarse el día 27 de abril de 2015, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, mediante Informe Técnico Legal N° 0056-2015- MEM-DGH/DPTC-DNH de fecha 30 de marzo de 2015, la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas señaló que el referido evento tiene como objetivo promover, fomentar y desarrollar el análisis del Subsector Hidrocarburos mediante la difusión de conocimientos y experiencias de las empresas vinculadas a dicho Subsector, lo que permitirá plantear mejores propuestas para la promoción del Gas Licuado de Petróleo en el país, resultando pertinente su ofi cialización; Que, la institución solicitante ha cumplido con los requisitos señalados en la Resolución Ministerial N° 050- 2001-EM/SG, que regula el procedimiento para ofi cializar eventos nacionales por parte del Ministerio de Energía y Minas, a pedido de entidades públicas o privadas; De conformidad con la Resolución Ministerial N° 050-2001-EM/SG y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modifi catorias;