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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ABRIL DEL AÑO 2015 (22/04/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 23

El Peruano Miércoles 22 de abril de 2015 551089 CONSIDERANDO: Que, con Resolución Jefatural N° 0528-2014- ONAGI-J, de fecha 23 de septiembre de 2014, se aprobó el Instructivo N° 0001-2014-ONAGI-DGAE, que establece el “PROCEDIMIENTO PARA LA VENTA POR SUBASTA PÚBLICA DE BIENES MUEBLES QUE POR SU NATURALEZA NO SON SUSCEPTIBLES DE SER ADJUDICADOS DIRECTAMENTE A FINES SOCIALES, PROVENIENTES DE PREMIOS NO RECLAMADOS”; Que, a través del Informe Nº 025-2015-ONAGI- DGAE, de fecha 20 de abril de 2015, expedido por la Dirección General de Autorizaciones Especiales de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior señala que en el precitado Instructivo, no se ha contemplado los Términos y Condiciones, que deberán establecerse entre los postores que participen de la Subasta Pública en Línea; por lo que sustenta la aprobación de que se le incorpore el Anexo 4 de “Términos y Condiciones – Subasta Pública en Línea ONAGI”; Que, el inciso 1.15, del artículo IV, del Título Preliminar de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, establece respecto al Principio de Predictibilidad, que “La autoridad administrativa deberá brindar a los administrados o sus representantes información veraz, completa y confi able sobre cada trámite, de modo tal que a su inicio, el administrado pueda tener una conciencia bastante certera de cuál será el resultado fi nal que se obtendrá”; Que, mediante Nota de Elevación N° 100-2015- ONAGI-OGAJ, de fecha 21 de abril de 2015, la Ofi cina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la incorporación del Anexo 4 “Términos y Condiciones – Subasta Pública en Línea ONAGI” al Instructivo N° 0001- 2014-ONAGI-DGAE; Contando con las visaciones de la Secretaría General, la Dirección General de Autorizaciones Especiales y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General; Decreto Legislativo N° 1140 que crea la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior y el Decreto Supremo Nº 003-2013-IN que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior; SE RESUELVE: Artículo 1°.- INCORPORAR, en el Instructivo N° 0001-2014-ONAGI-DGAE, “PROCEDIMIENTO PARA LA VENTA POR SUBASTA PÚBLICA DE BIENES MUEBLES QUE POR SU NATURALEZA NO SON SUSCEPTIBLES DE SER ADJUDICADOS DIRECTAMENTE A FINES SOCIALES, PROVENIENTES DE PREMIOS NO RECLAMADOS”, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 0528-2014-ONAGI-J, el Anexo 4. “Términos y Condiciones - Subasta Pública en Línea – ONAGI”, adjunto a la presente Resolución Jefatural. Artículo 2°.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución Jefatural, así como del Anexo 4, que a partir de la fecha formará parte integrante del Instructivo Nº 0001-2014-ONAGI-DGAE, en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional www. onagi.gob.pe. Regístrese, publíquese y comuníquese. JUAN ENRIQUE PESTANA URIBE Jefe de la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior (e) ANEXO 4 TERMINOS Y CONDICIONES -SUBASTA PÚBLICA EN LINEA – ONAGI Respecto a los “Términos y Condiciones Generales” aplicables al uso de los bienes y servicios ofrecidos por Subasta Pública en Línea – ONAGI, dentro del sitio www. onagi.gob.pe/subasta o el “sitio”. Cualquier persona natural o jurídica que desee acceder y/u ofertar por los bienes y servicios ofrecidos, podrán hacerlo sujetándose a los Términos y Condiciones Generales. Cualquier persona que no acepte estos términos y condiciones generales, los cuales tienen un carácter obligatorio y vinculante, deberá abstenerse de utilizar el sitio. El Usuario debe leer, entender y aceptar todas las condiciones establecidas en los Términos y Condiciones Generales, previo a su inscripción como Usuario de Subasta Publica en Línea - ONAGI. I. CAPACIDAD Las Subastas Públicas en Línea – ONAGI, están disponibles para personas que tengan capacidad legal para contratar. No podrán utilizar los servicios las personas que no tengan esa capacidad, los menores de edad o Usuarios de Subasta Pública en Línea - ONAGI que hayan sido suspendidos temporalmente o inhabilitados defi nitivamente. Si estás registrando un Usuario como Empresa, debe tener capacidad para contratar a nombre de tal entidad y de obligar a la misma en los términos de este Acuerdo. II. EXCLUSIÓN No podrán participar como postores las personas naturales que tengan parentesco hasta el 4to grado de consanguinidad y/o 2do grado de afi nidad con los servidores que laboran en la Ofi cina Nacional de Gobierno Interior. Para los casos de personas jurídicas, los representantes de estas, estarán sujetos a la disposición señalada en el párrafo anterior. III. REGISTRO Es obligatorio completar el formulario en todos sus campos con datos válidos para poder utilizar los servicios que brinda Subasta Pública en Línea - ONAGI. El futuro Usuario deberá completarlo con su información personal de manera exacta, precisa y verdadera (“Datos Personales”) y asume el compromiso de actualizar los Datos Personales conforme resulte necesario. Subasta Pública en Línea - ONAGI podrá utilizar diversos medios para identifi car a sus Usuarios, pero NO se responsabiliza por la certeza de los Datos Personales provistos por sus Usuarios. Los Usuarios garantizan y responden, en cualquier caso, de la veracidad, exactitud, vigencia y autenticidad de los Datos Personales ingresados. Subasta Pública en Línea - ONAGI se reserva el derecho de solicitar algún comprobante y/o dato adicional a efectos de corroborar los Datos Personales, así como de suspender temporal o defi nitivamente a aquellos Usuarios cuyos datos no hayan podido ser confi rmados. El Usuario accederá a su cuenta personal (“Cuenta”) mediante el ingreso de su usuario código establecido por el Administrador del Software, por lo general su DNI o RUC y clave de seguridad proporcionada por el Administrador (“Clave de Seguridad”). El Usuario se obliga a mantener la confidencialidad de su Clave de Seguridad. La Cuenta es personal, única e intransferible, y está prohibido que un mismo Usuario registre o posea más de una Cuenta. En caso que se detecte distintas Cuentas que contengan datos coincidentes o relacionados, podrá cancelar, suspender o inhabilitarlas. El Usuario será responsable por todas las operaciones efectuadas en su Cuenta, pues el acceso a la misma está restringido al ingreso y uso de su Clave de Seguridad, de conocimiento exclusivo del Usuario. El Usuario se compromete a notificar a Subasta Pública en Línea - ONAGI en forma inmediata y por medio idóneo y fehaciente, cualquier uso no autorizado de su Cuenta, así como el ingreso por terceros no autorizados a la misma. Se aclara que está prohibida la venta, cesión o transferencia de la Cuenta, ya que la misma es personalísima. IV. MODIFICACIONES DEL ACUERDO Subasta Pública en Línea - ONAGI podrá modifi car los Términos y Condiciones Generales en cualquier momento haciendo públicos en el Sitio los términos modifi cados. Todos los términos modifi cados entrarán en vigor a los 03 (tres) días hábiles de su publicación. Vencido este plazo,