Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2015 (29/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 84

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NORMAS LEGALES

Sábado 29 de agosto de 2015 /

El Peruano

y Desarrollo Económico, Informe Nº 304-2015-MDP/GAJ de fecha 25 de Agosto del 2015 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre "Invitación efectuada por la Organización para el Desarrollo de América Latina y el Caribe (ONWARD Internacional) al Señor Alcalde en calidad de Expositor Internacional y en Comisión de Servicio al Gerente Municipal - Pepe Carlos Flores Roque, al seminario Prebienal Habitat en Movimiento Distrito 4, que se desarrollara en el Auditorio del Foro de las Ciencias y las Artes ubicado en la Av. Maipu Nº 681 - Vicente López - Buenos Aires - Argentina" CONSIDERANDO:

suscripción de convenios y actas de entendimiento con municipios, asociaciones y otros. Artículo Tercero.- ENCARGAR a partir del 28 de Agosto hasta el 31 de Agosto del año 2015, el Despacho de Alcaldía al Señor Regidor Maximiliano Oliva Macías, con facultades y atribuciones inherentes a dicho cargo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y Secretaria General, el fiel cumplimiento del presente acuerdo. Artículo Quinto,. DISPENSAR del trámite de la aprobación del acta para proceder a la ejecución inmediata del presente acuerdo. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

Que, conforme al Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 28607 "Ley de Reforma Constitucional", precisa que (...) las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local y personería jurídica de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, mediante Carta s/n de fecha 21 de Agosto del 2015, la Organización para el Desarrollo de América Latina y el Caribe (ONWARD INTERNACIONAL) remite invitación al Señor Alcalde Hugo León Ramos Lescano en calidad de Expositor Internacional, para sustentar el tema "Perspectivas del Turismo como impulsor del Desarrollo Local; Experiencias de Pachacamac", en el Seminario Prebienal Habitat en Movimiento Distrito 4, evento organizado por el Colegio de Arquitectos de la Ciudad de Buenos Aires - Argentina, en cooperación con la Organización para el Desarrollo de América Latina y el Caribe (ONWARD Internacional) Que, con Informe Nº 039-2015-MDP/GTDE de fecha 24 de Agosto del 2015, la Gerencia de Turismo y Desarrollo Económico, precisa que (...) resulta de suma importancia la participación del Señor Alcalde el referido Seminario en calidad de Expositor Internacional, a fin de impulsar el turismo, gastronomía y la inversión privada dentro del distrito de Pachacamac, de igual forma, señala que, el referido viaje no irroga gasto alguno a la Municipalidad. Que, mediante Informe Nº 304-2015-MDP/GAJ de fecha 25 de Agosto del 2015, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina someter a consideración del Pleno de Concejo Municipal la autorización del viaje al exterior del país del Señor Alcalde Hugo Ramos Lescano para participar en calidad de Expositor Internacional al Seminario Prebienal Habitat en Movimiento Distrito 4, que se desarrollara en el Auditorio del Foro de las Ciencias y las Artes ubicado en la Av. Maipu Nº 681 - Vicente López - Buenos Aires - Argentina. Que el numeral 11) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades; dispone que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad realicen, el Señor Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario; Que, el Artículo 41º de la norma citada, señala "(...) los acuerdos son decisiones, que toma el Concejo Municipal, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional"; En uso de las facultades conferidas en el numeral 25) del Artículo 9º en concordancia con el Artículo 41º de la Ley Nº 27972 - "Ley Orgánica de Municipalidades" y con el voto UNÁNIME de los señores Regidores se; ACUERDA: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje fuera del país en calidad de Expositor Internacional al Señor Alcalde Hugo León Ramos Lescano y en Comisión de Servicio al Gerente Municipal, Pepe Carlos Flores Roque, al seminario Prebienal Habitat en Movimiento Distrito 4, que se desarrollara en el Auditorio del Foro de las Ciencias y las Artes ubicado en la Av. Maipu Nº 681 - Vicente López - Buenos Aires - Argentina, los días 28, 29, 30 y 31 de Agosto del año 2015, a fin de participar en la invitación efectuada por la Organización para el Desarrollo de América Latina y el Caribe (ONWARD Internacional) . Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Señor Alcalde la

HUGO L. RAMOS LESCANO Alcalde 1280427-1

Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 147-2015-MDP/C, que otorgó beneficio para el pago de multas administrativas por carecer de licencia de edificación
DECRETO DE ALCALDIA Nº 008-2015-MDP/A Pachacámac, 26 de agosto del 2015 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PACHACAMAC VISTO: La Ordenanza Nº 147-2015-MDP/C de fecha 19 de Mayo del 2015, Informe Nº 159-2015-MDP/GFC de fecha 25 de Agosto del 2015 emitido por la Gerencia de Fiscalización y Control, sobre "Prorroga del Vencimiento del Plazo de la Ordenanza que Aprueba Otorgar beneficios para el pago de multas administrativas, por carecer la licencia de edificación". CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, modificada por la Ley Nº 28607 "Ley de Reforma Constitucional", precisa que (...) las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 "Ley Orgánica de Municipalidades. Que, mediante Ordenanza Nº 147-2015-MDP/C de fecha 19 de Mayo del 2015, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 06 de Junio del 2015, se aprobó la "Ordenanza que otorga beneficio para el pago de multas administrativas por carecer de licencia de edificación", dentro del cual, se establece, como vigencia de la referida Ordenanza hasta el 31 de Julio de 2015; Que, en la Quinta Disposición Complementaria y Final de la Ordenanza en mención, se faculta al Alcalde para que a través de Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias y necesarias para lograr su adecuada aplicación así como disponer la prórroga de la misma; Que, a través del Decreto de Alcaldía Nº 007-2015-MDP/A, se prorroga el plazo de vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 147-2015-MDP/C "Ordenanza que Aprueba Otorgar beneficios para el pago de multas administrativas, por carecer la licencia de edificación", hasta el 31 de Agosto del 2015. Que, mediante Informe Nº 159-2015-MDP/GAF de fecha 25 de Agosto del 2015, la Gerencia Fiscalización y Control sugiere se prorrogue el vencimiento de la Ordenanza Nº 147-2015-MDP/C de fecha 19 de Mayo del 2015, hasta el 30 de Setiembre del 2015, para lo cual se requiere emitir el Decreto de Alcaldía correspondiente, de acuerdo a lo dispuesto en la Quinta Disposición Complementaria y Final de la referida Ordenanza. Que, de acuerdo al Artículo 42º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades (...), los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias

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