Norma Legal Oficial del día 29 de agosto del año 2015 (29/08/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano / Sábado 29 de agosto de 2015

NORMAS LEGALES
ANEXO

560393

Regla de Gasto No Financiero del Gobierno Nacional1/ (Millones de Nuevos Soles) 2016 I. Ingresos estructurales del Gobierno General 130 606 II. Resultado Primario de Empresas Públicas III. Intereses IV. Guía Ex Ante del Resultado Económico Estructural del Sector Público No Financiero (% PBI) V. Gastos No Financieros de Gobierno General (I+II-III-IV) VI. Gasto No Financiero de los Gobiernos Regionales y Locales según la cobertura de la regla fiscal VII. Regla de Gastos No Financieros de Gobierno Nacional (V-VI) 152 8 133 -19 624 -3,0 142 250 19 142

2017 139 735 -500 8 948 -17 711 -2,5 147 998 19 135

2018 149 329 -527 9 736 -15 204 -2,0 154 270 18 658

123 108

128 863

135 612

1/. Incluye ESSALUD SBS FCR FONAHPU y Sociedades de Beneficiencia. Fuente: Proyecciones MEF del Marco Macroeconómico Multianual 2016-2018 Revisado aprobado en sesión de Consejo de Ministros del 29 de agosto de 2015.

Regla de Gasto No Financiero del Gobierno Nacional en materia de personal y pensiones1/ 2016 2017 2018 I. Regla (Millones de S/.) 60 044 64 001 68 219 6,6 6,6 6,6 Var. % nominal 2/ Var. % real PBI potencial 4,5 4,5 4,5 Inflación (%) 2,0 2,0 2,0 1/. Incluye ESSALUD SBS FCR FONAHPU y Sociedades de Beneficencia. 2/. Cálculo: Var. % nominal = ((1+Var. % real PBI Potencial)*(1+inflación)-1)*100 Fuente: Proyecciones MEF del Marco Macroeconómico Multianual 2016-2018 Revisado aprobado en sesión de Consejo de Ministros del 29 de agosto de 2015. 1281033-1

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN

2. 3.

4. 5.

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