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568221 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de diciembre de 2015 El Peruano / PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Aprueban la ejecución del “Simulacro por el Fenómeno El Niño, en los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas, San Martín, Ancash, Lima, Ica, Arequipa, Junín, Cusco, Puno, Ayacucho, Huánuco, Pasco, Huancavelica, Apurímac, Moquegua y Provincia Constitucional del Callao; a realizarse el 11 de diciembre de 2015” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 283-2015-PCM Lima, 7 de diciembre de 2015 VISTOS: El Ofi cio Nº 4480-2015-INDECI/5.0 de la Jefatura del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, el Informe Técnico Nº 015-2015-INDECI/10.3; y, el Informe N° 055- 2015-PCM/SGRD de la Secretaria de Gestión del Riesgo de Desastres de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, CONSIDERANDO Que, el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), se creó a través de la Ley N° 29664 – Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), como un sistema interinstitucional, sinérgico, descentralizado, transversal y participativo; con la fi nalidad de identifi car y reducir los riesgos asociados a peligros o minimizar sus efectos, así como evitar la generación de nuevos riesgos, y preparación y atención ante situaciones de desastre mediante el establecimiento de principios, lineamientos de política, componentes, procesos e instrumentos de la Gestión del Riesgo de Desastres; Que, el artículo 3 de la Ley N° 29664, define la Gestión del Riesgo de Desastres como un proceso social cuyo fin último es la prevención, la reducción y el control permanente de los factores de riesgo de desastre en la sociedad, así como la adecuada preparación y respuesta ante situaciones de desastre, considerando las políticas nacionales con especial énfasis en aquellas relativas a materia económica, ambiental, de seguridad, defensa nacional y territorial de manera sostenible; Que, conforme lo prescribe el artículo 9 de la Ley N° 29664, el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD) está compuesto por la Presidencia del Consejo de Ministros, que asume la función de ente rector; el Consejo Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres; el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (CENEPRED); el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI); los gobiernos regionales y gobiernos locales; el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN), las entidades públicas, las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú, las entidades privadas y la sociedad civil; Que, el artículo 43.A del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo N° 063-2007-PCM, y modifi catorias, prescribe que la Secretaría de Gestión del Riesgo de Desastres, es el órgano de línea a través del cual la Presidencia del Consejo de Ministros ejerce sus funciones de ente rector del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, de acuerdo a la Ley N° 29664 y su Reglamento; y, como tal, facilita los procesos de coordinación y articulación de las entidades integrantes del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), efectuando el seguimiento del cumplimiento de las actividades que deben ser desarrolladas en dicho Sistema, de acuerdo a la Ley Nº 29664 y su Reglamento; Que, de acuerdo al artículo 13 de la Ley N° 29664 y al numeral 8.1 del artículo 8 del Reglamento de la Ley N° 29664, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), tiene entre sus funciones, desarrollar, coordinar y facilitar la formulación y ejecución del Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en lo que corresponde a los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación, promoviendo su implementación; y, como parte del SINAGERD, es el responsable técnico de coordinar, facilitar y supervisar la formulación e implementación de la Política Nacional y el Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres, en los procesos de preparación, respuesta y rehabilitación; Que, asimismo, de acuerdo al numeral 9.4 del artículo 9 del Reglamento de la Ley Nº 29664, adicionalmente a las funciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Nº 29664, el INDECI es el responsable de promover la ejecución de simulacros y simulaciones, efectuando el seguimiento correspondiente y proponer al ente rector las medidas correctivas; Que, mediante el Decreto Supremo N° 034- 2014-PCM, se aprueba el “Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - PLANAGERD 2014 – 2021”, que se constituye en uno de los principales instrumentos del SINAGERD, el cual integra los procesos de estimación, prevención, reducción del riesgo de desastres, así como los de preparación, respuesta, rehabilitación y reconstrucción; cuyo objetivo es establecer las líneas estratégicas, objetivos, acciones, procesos y protocolos de carácter plurianual necesarios para concretar lo establecido en la Ley N° 29664 y su Reglamento; Que, el “Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - PLANAGERD 2014 – 2021”, considera como la Acción 3.1.2 “Fortalecer capacidades de la población para la respuesta inmediata; las cuales deben ser realizadas por las entidades públicas de los tres niveles de gobierno; así como, por las entidades privadas, las Universidades y las Organizaciones Sociales, para las capacitaciones y eventos de simulacros que permitan preparar a la población ante situaciones de emergencias en recintos laborales, espacios públicos, instituciones educativas, hogares y demás lugares de concentración de personas”, como parte del Objetivo Específi co 3.1 “Desarrollar capacidad de respuesta inmediata”, que a su vez forma parte del Objetivo Estratégico 3 denominado “Desarrollar Capacidad de respuesta ante emergencias y desastres”; Que, en base al marco legal citado, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, ante la presencia del Fenómeno El Niño en el país, mediante el Informe Técnico Nº 015-2015-INDECI/10.3 de la Dirección de Preparación, ha propuesto la realización de un “Simulacro por el Fenómeno El Niño, en los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas, San Martín, Ancash, Lima, Ica, Arequipa, Junín, Cusco, Puno, Ayacucho, Huánuco, Pasco, Huancavelica, Apurímac, Moquegua y la Provincia Constitucional del Callao; a realizarse el 11 de diciembre de 2015”; Que, para dicha propuesta, conforme se sustenta en el Informe Técnico Nº 015-2015-INDECI/10.3, el Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, ha tenido principalmente en consideración lo expuesto en: (i) el Escenario de riesgo por lluvias ante el Fenómeno El Niño, con características similares de los Fenómenos El Niño Extraordinario (1982-1983 y 1997-1998), elaborado por el Centro Nacional de Prevención, Estimación y Reducción del Riesgo de Desastres - CENEPRED; (ii) el Informe de Probable Escenario de Riesgo ante la ocurrencia del Fenómeno El Niño Extraordinario y Lluvias Intensas 2015 - 2016 para la Gestión Reactiva, elaborado por el CEPIG - INDECI; y, (iii) el Comunicado N° 19-2015 de fecha 04 de noviembre de 2015, emitido por el Comité Multisectorial encargado del Estudio Nacional del Fenómeno El Niño – ENFEN; Que, la realización del Simulacro por el Fenómeno El Niño, en los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca, Amazonas, San Martín, Ancash, Lima, Ica, Arequipa, Junín, Cusco, Puno, Ayacucho, Huánuco, Pasco, Huancavelica,