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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2015 (09/12/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 19

568237 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de diciembre de 2015 El Peruano / EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor José Luis Cam Silva para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros: Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros Generales; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución S8S N° 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se establecieron los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros; Que, mediante Resolución S.B.S. Nº 1642~2015 de fecha 10 de marzo de 2015, se aprobó la quinta versión del Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Nº SBS-REG-SBS-360-05; Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las normas antes mencionadas; Que, la Comisión Evaluadora en sesión de fecha 29 de setiembre de 2015, califi có y aprobó por unanimidad la solicitud del señor José Luis Cam Silva postulante a Corredor de Seguros Generales - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el precitado Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, concluyéndose el proceso de evaluación, y; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 26702 y sus modifi catorias - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS N° 2348-2013 del 12 de abril de 2013; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor José Luis Cam Silva con matrícula número N-4361, en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros Generales, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO OJEDA PACHECO Secretario General 1320327-1 Autorizan al Banco Internacional del Perú - Interbank el cierre de agencias ubicadas en los departamentos de Lima y Cusco RESOLUCIÓN SBS Nº 7215-2015 Lima, 27 de noviembre de 2015 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú - Interbank para que se autorice el cierre de cuatro (4) agencias, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que el referido Banco ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo opinado por el Departamento de Supervisión Bancaria “D”; y, De conformidad con lo dispuesto en el artículo 32° de la Ley N° 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Resolución N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS N° 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank el cierre de cuatro (4) agencias, según se indica: ƒ Agencia TF Fontana, situada en la Av. Javier Prado Este Nº 5243, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima. ƒ Agencia TF Mercado de Productores, situada en Av. De la Cultura Nº 701, distrito de Santa Anita, provincia y departamento de Lima. ƒ Agencia TF Norte, situada en Av. Carlos Izaguirre Nº 287, C.C. Royal Plaza, Tienda Nº 1, distrito de Independencia, provincia y departamento de Lima. ƒ Agencia MM Cusco Súper Mega II, situada en Av. Jorge Chavez S/N, urbanización Ttio, distrito de Wanchaq, provincia y departamento de Cusco. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca 1320347-1 Autorizan a Protecta S.A. Compañía de Seguros la apertura de oficina especial en el departamento de Tacna RESOLUCIÓN SBS Nº 7246-2015 Lima, 1 de diciembre de 2015 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la empresa PROTECTA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS, para que se le autorice la apertura de una (01) Ofi cina Especial, ubicada en el Departamento de Tacna; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para la apertura de la Ofi cina Especial que solicita, conforme establece el Procedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) actualmente vigente y en aplicación del Artículo 3 de la Resolución SBS N° 4797- 2015 - “Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas y uso de locales compartidos”; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión del Sistema de Seguros “A”; y, De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 30 de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley N° 26702 Y sus modifi catorias, y en la Resolución N° 4797-2015; y, en virtud de la facultad delegada mediante la Resolución SBS Nº 5829-2014, de fecha 05.09.2014; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a PROTECTA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS, la apertura de una (01)