Norma Legal Oficial del día 11 de diciembre del año 2015 (11/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 72

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NORMAS LEGALES

Viernes 11 de diciembre de 2015 /

El Peruano

el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades. Que, las Ordenanzas Municipales provinciales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa tal y como se prescribe en el numeral 3) y 8) del artículo 9º y artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972. Que, el numeral 1.1. Del artículo 1º.- de la Ley 27658 ­ Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, declara al estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 029-2012AL/CPB de fecha 31/10/ 2012, se aprobó la última Reestructuración parcial de la Estructura Orgánica y la modificación del Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF) y publicado en el Diario Oficial El Peruano el 01/12/2012. Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 078-2015-AL/ CPB de fecha 24/07/2015, se declara la Reestructuración Orgánica y Reorganización Administrativa de la Municipalidad Provincial de Barranca, a efectos de ejecutar la adecuación del nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF). Que, con Resolución de Alcaldía Nº 469-2015-AL/ JEMS-MPB de fecha 17/08/2015, se conformación la Comisión Técnica para la Reestructuración Orgánica y Reestructuración Administrativa de la Municipalidad Provincial de Barranca. Que, contando con Informe de la Sub Gerencia de Planeamiento, Organización y Métodos, dando cuenta de los antecedentes, metodología de trabajo aplicado conjuntamente con la Comisión Técnica, justificación de la modificación parcial de la Estructura Orgánica y del ROF: Análisis funcional y estructural; creación de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, efectos presupuestales, análisis comparativo, estructura del nuevo organigrama

estructural, resumen de los cambios en la estructura orgánica, recomendando su aprobación. Que, después de las intervenciones, del debate pertinente, el intercambio de ideas y en cumplimiento de los dispuesto el Artículo 9º, 39º y 40º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades y el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, el Pleno del Concejo Municipal con el voto UNANIME los Señores Regidores presentes y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA REESTRUCTURACIÓN PARCIAL DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA Y MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Artículo 1º.- APROBAR la Reestructuración parcial de la Estructura Orgánica y la modificación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el cual consta de 4 Títulos, 7 Capítulos, 27 Subcapítulos, 99 Artículos y 15 Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales, el mismo en anexo forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- DEJAR, sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Municipal. Artículo 3º.- ENCARGAR a la Secretaría General la Publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional www.munibarranca.gob.pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas www.psce.gob.pe conforme a los lineamientos descritos en la Ley Nº 29091. Artículo 4º.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en la Casa Municipal, a los 2 días del mes de diciembre del dos mil quince. JOSÉ ELGAR MARREROS SAUCEDO Alcalde 1321461-1

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN

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