Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2015 (31/12/2015)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

573652

NORMAS LEGALES

Jueves 31 de diciembre de 2015 /

El Peruano

y 0501-2014-MINAGRI, se aprobó el Programa de Financiamiento destinado al control de la propagación de la Roya Amarilla del Cafeto y para la atención de la emergencia; asimismo, creó la Comisión Sectorial de naturaleza temporal denominada "Consejo Regional del Café de la Selva Central", presidida por el Director General de la Dirección General de Competitividad Agraria e integrada por las organizaciones y gremios representativos de los productores cafetaleros; Que, por Resolución Ministerial Nº 0665-2014-MINAGRI, se prorrogó la vigencia de la mencionada Comisión Sectorial hasta el 31 de diciembre de 2015; Que, mediante memorial presentado a este Ministerio, la Federación Cafetalera de la Selva Central, solicita la formalización de la vigencia del Consejo Regional del Café de la Selva Central para los próximos años; Que, mediante el Oficio de Visto, el Director General de la Dirección General de Negocios Agrarios, remite el Informe Técnico Legal N° 20-2015-MINAGRI-DIGNA/DG/ JFR, de su Dirección de Negocios Agrícolas, en el que concluye que existen acciones pendientes para el logro del objeto de la mencionada Comisión Sectorial, por lo cual propone se amplíe su plazo de vigencia hasta el 31 de diciembre de 2016; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley Nº 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2016, la vigencia de la Comisión Sectorial de naturaleza temporal denominada "Consejo Regional del Café de la Selva Central", creada mediante Resolución Ministerial N° 0300-2013-MINAGRI. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución a la Secretaría Técnica de la referida Comisión Multisectorial, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1328253-3

Aprueban como empresa calificada a Plantaciones del Sol S.A.C. para efectos del art. 3 del D.Leg. N° 973, por el desarrollo del proyecto denominado "Proyecto Palta"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0717-2015-MINAGRI Lima, 28 de diciembre de 2015 VISTO: El Oficio N° 1968-2015-MINAGRI-DIGNA/DINA, de la Dirección General de Negocios Agrarios, sobre Aprobación como empresa calificada, para efectos del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, a la empresa PLANTACIONES DEL SOL S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado "Proyecto Palta"; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, establece que mediante Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y el Titular del Sector correspondiente, se aprobará a las personas naturales o jurídicas que califiquen para el goce del Régimen, así como los bienes, servicios y contratos de construcción que otorgarán la Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas (IGV), para cada Contrato, disposición modificada en el sentido que la aprobación indicada se formaliza por Resolución Ministerial del Sector

competente, en observancia de lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley N° 30056; Que, el artículo 2 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF, modificado por el Decreto Supremo N° 187-2013-EF, concordante con los numerales 7.1 y 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 973, modificado por la Ley N° 30056, establece que mediante Resolución Ministerial se precisará, entre otros aspectos, la cobertura del Régimen de Recuperación Anticipada del IGV; Que, mediante Contrato de Inversión N° 002-2015-MINAGRI-DVDIAR, celebrado el 31 de julio de 2015, entre el Ministerio de Agricultura y Riego ­ MINAGRI, la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSIÓN y la empresa PLANTACIONES DEL SOL S.A.C., esta última se compromete con el Estado peruano a ejecutar inversiones para el desarrollo del Proyecto denominado "Proyecto Palta", en adelante el Proyecto, para efectos de acogerse a lo establecido en el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973; Que, en el marco de lo establecido en el artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF, modificado sucesivamente por los Decretos Supremos Nos. 096-2011EF y 187-2013-EF, el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Oficio N° 993-2015-EF/13.01, ingresado con CUT 146923-2014 al Ministerio de Agricultura y Riego, el cual acompaña el Informe N° 081-2015-EF/61.01, opina que procede la aprobación de la Lista de Bienes, Servicios y Contratos de Construcción presentada por PLANTACIONES DEL SOL S.A.C., para el acogimiento al Régimen de Recuperación Anticipada del IGV de acuerdo con el Decreto Legislativo N° 973, por el referido Proyecto, acompañando el Anexo que contiene el detalle de los bienes, servicios y las actividades de construcción correspondientes; Que, mediante Oficio N° 1968-2015-MINAGRIDIGNA/DINA, la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, remite el Informe Técnico-Legal N° 017-2015-MINAGRI-DIGNA/DINAEMG-MECG,CTQB, por el cual recomienda expedir la resolución ministerial que apruebe a la empresa PLANTACIONES DEL SOL S.A.C., como calificada para el desarrollo del "Proyecto Palta", debiendo incluirse la lista de bienes, servicios, y contratos de construcción aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas; Estando a la visación del Director General de la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego; y, De conformidad a lo dispuesto en el numeral 3.3 del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, modificado por la Ley N° 30056, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 084-2007-EF; modificado por los Decretos Supremos Nos. 096-2011-EF y 1872013-EF; el Decreto Legislativo N° 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048 y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de empresa calificada Aprobar, como empresa calificada, para efectos del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973, a PLANTACIONES DEL SOL S.A.C., por el desarrollo del proyecto denominado "Proyecto Palta", de acuerdo al Contrato de Inversión N° 002-2015-MINAGRIDVDIAR, suscrito con el Estado peruano el 31 de julio de 2015. Artículo 2.- Requisitos y características del Contrato de Inversión Establecer, para efectos del numeral 5.3 del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF, que el monto de la inversión a cargo de PLANTACIONES DEL SOL S.A.C., asciende a la suma de US $ 13 097 981,00 (Trece Millones Noventa y Siete Mil Novecientos Ochenta y Uno y 00/100 Dólares Americanos), a ser ejecutada en un plazo total de tres (03) años y dos (02) meses, contados a partir del 31 de octubre de 2014. El total de la inversión se desarrollará en las tres etapas detalladas en la Cláusula Segunda del

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.