Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2015 (07/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANETE VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 17 de diciembre de 2014, y en atencion del Oficio Nº 3182014-MDSA, remitido por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, mediante el cual remite la Ordenanza Municipal Establece la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del Litoral del distrito de San MORDAZA ­ Provincia de Canete, Temporada de MORDAZA 2015, para su ratificacion; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru y la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, la Municipalidad es un organo de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 41º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, senala que los Acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos especificos de interes publico, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del organo de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; Que, el articulo 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, senala que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripcion para vigencia. Que, mediante Oficio Nº 318-2014-MDSA, de fecha 14 de octubre del 2014, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, remite la Ordenanza Municipal Nº 010-2014MDSA, de fecha 30 de setiembre del 2014, mediante el cual se aprueba la Ordenanza que Establece la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del Litoral del distrito de San MORDAZA ­ Provincia de Canete, Temporada de MORDAZA 2015. Que, mediante informe Legal Nº 379-2014-GAJMPC, de fecha 10 de diciembre del 2014, la Gerencia de Asesoria Juridica, opina que resulta factible aprobar la ratificacion de la Ordenanza Nº 010-2014-MDSA, que Establece la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del Litoral del distrito de San MORDAZA ­ Provincia de Canete, Temporada de MORDAZA 2015. Que, mediante Dictamen Nº 004-2014-CSP-MPC, de fecha 12 de diciembre del 2014, la Comision de Servicios a la MORDAZA y Gestion Ambiental, de la Municipalidad Provincial de Canete, opina de forma unanime por la ratificacion de la Ordenanza Nº 0102014-MDSA, que Establece la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del Litoral del distrito de San MORDAZA ­ Provincia de Canete, Temporada de MORDAZA 2015. Estando a lo expuesto, a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972, con el MORDAZA unanime del Pleno de Concejo y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; SE ACORDO: Articulo 1º.- Ratificar, la Ordenanza Nº 010-2014MDSA, remitido por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, mediante el cual se "Establece la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del Litoral del distrito de San MORDAZA ­ Provincia de Canete, Temporada de MORDAZA 2015", y por los fundamentos expuestos en el presente acuerdo. Articulo 2º.- Hacer de conocimiento a la entidad municipal interesada y demas areas de la corporacion MORDAZA, para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA M. MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 1184332-1

El Peruano Miercoles 7 de enero de 2015

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA
Establecen tasa de estacionamiento vehicular temporal en playas del litoral del distrito para la temporada de MORDAZA 2015
ORDENANZA Nº 010-2014-MDSA San MORDAZA, 30 de setiembre del 2014 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE SAN MORDAZA ­ CANETE POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA VISTO: En Sesion de Concejo de la fecha, el Informe Nº 001-2014-CTEP/MDSA, de la Comision Tecnica Especial de Playas, referido a la Ordenanza Municipal que establece la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en las Playas del Litoral del Distrito de San MORDAZA ­ Canete; para el ano 2015. CONSIDERANDO: Que, conforme los Articulos 194º y 195º numeral 4) de la Constitucion Politica del Peru, modificado por las leyes de Reforma Constitucional Nros. 27680 y 28607, los Gobiernos Locales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; siendo competentes para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, conforme a Ley; precepto constitucional concordante con lo prescrito en el articulo II del Titulo Preliminar y articulo 9º de las Disposiciones General de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario, establece que mediante Ordenanza los Gobiernos Locales pueden crear, modificar, extinguir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias; Que, corresponde a los Concejos Municipales las funciones normativas que establece el articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, la cual la ejercen mediante ordenanzas; y, el articulo 40º del mismo cuerpo legal prescribe que mediante Ordenanza se crean, modifican y suprimen o exoneran tasas, dentro de los limites establecidos por Ley; y que conforme lo dispone el articulo 68º, inciso d) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por Decreto Supremo Nº 156-2004, las municipalidades podran imponer tasas, entre otras, por estacionamiento vehicular; Que, la Ley Nº 29461 ­ Ley que regula el Estacionamiento Vehicular; tiene por objeto el regular el servicio de estacionamiento vehicular, delimitar sus prestaciones; establecer los derechos, obligaciones y responsabilidades de las partes; y prever las condiciones para la prestacion de dicho servicio; Que, es necesario para la Municipalidad Distrital de San MORDAZA ­ Canete, establecer normas y disposiciones que regulen la tasa de estacionamiento vehicular en el distrito, con el proposito de garantizar la calidad de los servicios que prestan tanto la Municipalidad y los establecimientos, a los veraneantes y turistas que visitan las playas del litoral del Distrito de San MORDAZA durante la temporada de MORDAZA 2015; Que, mediante Informe 001-2014-CTEP-MDSA de la Comision Tecnica Especial de Playas de la Municipalidad, se emite el sustento tecnico del monto de Tasa por Estacionamiento Temporal en zonas de Playa senalado en la Ordenanza, siendo su sugerencia se declare viable por contar con todas las normas tecnicas requeridas en bien de efectivizar la cobranza vehicular temporal de acuerdo a las disposiciones emanadas por INDECOPI; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el numeral 8) del articulo 9º y el articulo 40º de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; contando con el MORDAZA UNANIME de los senores regidores

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