Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2015 (10/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 105

El Peruano Sabado 10 de enero de 2015

PROYECTO

544575

PROYECTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Proyecto de resolucion que aprueba los Costos Estandares Unitarios de las Distribuidoras Electricas para la implementacion y operatividad del Programa FISE
RESOLUCION DE GERENCIA ADJUNTA DE REGULACION TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 005-2015-OS/GART MORDAZA, 9 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el MORDAZA de participacion previsto en el Articulo IV, numeral 1.2, del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las entidades permitiran la posibilidad de participacion de los administrados y de sus representantes, en aquellas decisiones publicas que les puedan afectar, mediante cualquier sistema que permita la difusion, el servicio de acceso a la informacion y la MORDAZA de opinion; Que, de acuerdo con lo previsto en el Articulo 16.3 de la MORDAZA "Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribucion Electrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balon de gas", aprobada mediante Resolucion Osinergmin Nº 187-2014-OS/ CD, luego de presentadas las propuestas de Costos Estandares Unitarios por parte de las Distribuidoras Electricas, Osinergmin las revisara y procedera a publicar el proyecto de resolucion; Que, en atencion a lo senalado en los considerando precedentes, corresponde publicar el proyecto de resolucion que aprueba los Costos Estandares Unitarios de las Distribuidoras Electricas para la implementacion y operatividad del Programa FISE; Que, se ha emitido el Informe Tecnico Nº 008-2015GART elaborado por la Division de Distribucion Electrica y el Informe Legal Nº 010-2015-GART de la Coordinacion Legal de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria, los cuales complementan la motivacion que sustenta la decision de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se refiere el numeral 4 del Articulo 3º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27838, Ley de Transparencia y Simplificacion de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas; en la Ley Nº 27332, Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0422005-PCM; en la Ley Nº 29852, Ley que crea el Sistema de Seguridad Energetica en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusion Social Energetico, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2012-EM; y en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; asi como en sus normas modificatorias, complementarias y conexas. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dispongase la publicacion del proyecto de resolucion que aprueba los Costos Estandares Unitarios de las Distribuidoras Electricas para la implementacion y operatividad del Programa FISE, que, como Anexo, forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Definir un plazo de diez (10) dias habiles contados desde el dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion, a fin de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria (GART) de OSINERGMIN, ubicada en la Avenida Canada Nº 1460, San MORDAZA, Lima. Las opiniones y sugerencias tambien podran ser remitidas via fax al numero telefonico Nº 224-0491, o via Internet a la siguiente direccion de correo electronico: normafise@ osinerg.gob.pe. La recepcion de las opiniones y/o sugerencias en medio fisico o electronico, estara a cargo de la Sra. MORDAZA Gushiken Teruya. En el ultimo dia del plazo, solo se podran remitir comentarios hasta las 18:00 horas. Articulo 3º.- Encargar a la Division de Distribucion Electrica de la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria el analisis de las opiniones y sugerencias que se presenten sobre el proyecto de resolucion a que se refiere el Articulo 1º de la presente resolucion. Articulo 4º.- La presente Resolucion y su Anexo deberan ser publicadas en el diario oficial El Peruano, y consignadas, conjuntamente con los Informes Nº 0082015-GART y Nº 010-2015-GART, en la pagina Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente Adjunto Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria ANEXO RESOLUCION DE GERENCIA ADJUNTA DE REGULACION TARIFARIA ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº XXX-2015-OS/GART CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29852 creo el Sistema de Seguridad Energetica en Hidrocarburos (SISE) y el Fondo de Inclusion Social Energetico (FISE), estableciendo en su Articulo 3º un esquema de compensacion social y servicio universal para los sectores mas vulnerables de la poblacion, que comprende, entre otros, una compensacion para promover el acceso al GLP de dicha poblacion, mediante un descuento en la compra mensual de un balon de GLP de hasta 10 kg; Que, las Distribuidoras Electricas, de conformidad con los Articulos 7.3 y 7.6 de la Ley Nº 29852, asi como el Articulo 16.2 de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2012-EM, participan en la implementacion del mecanismo de descuento; para tal fin, se dispone que Osinergmin establezca los costos administrativos y operativos en que incurran estas empresas para el cumplimiento de las funciones asignadas en dichas normas, debiendo estos costos ser reconocidos con cargo al FISE y reembolsados por el Administrador; Que, mediante Resolucion Osinergmin Nº 187-2014OS/CD se aprobo la nueva MORDAZA "Procedimiento para el reconocimiento de costos administrativos y operativos del FISE de las Empresas de Distribucion Electrica en sus actividades vinculadas con el descuento en la compra del balon de gas" (en adelante "Norma Costos FISE"); Que, en cumplimiento de lo previsto en la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de la MORDAZA Costos FISE, diversas empresas han cumplido con presentar su propuesta de Costos Estandares Unitarios. Por su parte, la Gerencia Adjunta de Regulacion Tarifaria de Osinergmin procedio con revisar, analizar y sistematizar la informacion recibida, habiendo determinado los Costos Estandares Unitarios que corresponde ser aprobados para cada una de las Distribuidoras Electricas; Que, en cumplimiento de lo previsto en el Articulo 16.3 de la MORDAZA Costos FISE, mediante Resolucion

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