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El Peruano Sábado 10 de enero de 2015 544570 su conexión con la avenida Carlos Izaguirre; siendo las vías locales propuestas denominadas: Calle 1, Calle 2 y Calle 3 con una sección B-B de 11.40 m., respetándose las secciones viales; cumpliendo los módulos con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Edifi caciones; Que, el Informe Nº 1913-2014-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que el presente trámite cumple con las disposiciones establecidas para el procedimiento de Habilitación Urbana de Ofi cio, incorporado a la Ley Nº 29090 mediante Ley Nº 29898, así como el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, recomendando se emita la respectiva resolución de alcaldía; Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Desarrollo Urbano; De conformidad con los artículos 20, inciso 6); 39 y 43 de la Ley Nº 27972 - Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 29090 - Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, su modifi catoria Ley Nº 29898, así como su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 008- 2013-VIVIENDA; RESUELVE Artículo Primero.- DECLARAR DE OFICIO la aprobación de la Habilitación Urbana del inmueble con un área de 16,100.00 m², terreno constituido por la Parcela Nº 10210 del ex Fundo Santa Rosa, según Ficha Registral Nº 1179770 (independización) y continuada en la Partida Electrónica Nº 44126575 expedida por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), sobre el cual se localiza la Urbanización La Alborada de Santa Rosa I Etapa, ubicada en esta jurisdicción, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- DISPONER la inscripción de la Habilitación Urbana de conformidad con el Plano signado Nº 150-2014-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, de acuerdo al siguiente detalle: CUADRO GENERAL DE ÁREAS Área Bruta Total 16,100.00 m2 Área de vía Metropolitana 2,370.96 m2 Área Útil de Vivienda (72 lotes) 10,056.81 m2 Área de Vías Locales 3,672.23 m2 Artículo Tercero.- REMITIR a la Municipalidad Metropolitana de Lima copia certifi cada de la presente norma municipal, Memoria Descriptiva y de los Planos de Ubicación y Localización, Plano Perimétrico, Plano Catastral y Plano de Lotización Nº 150-2014-SGCyHU- GDU/MDSMP, para su conocimiento. Artículo Cuarto.- COMUNICAR la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN – parea los fi nes que correspondan. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano, en un plazo que no debe exceder los 30 días siguientes de notifi cada la misma, a cargo de los propietarios del predio objeto de la Habilitación Urbana de Ofi cio. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Obras Privadas y Subgerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico para que, de acuerdo a sus competencias, incorporen la Habilitación Urbana de Ofi cio a que se refi ere el artículo Primero de la presente resolución, al Plano Urbano del Distrito de San Martín de Porres, así como registrar los predios resultantes en su Registro de Contribuyentes. Artículo Sétimo.- HACER DE CONOCIMIENTO el presente acto administrativo a la parte interesada e instancias administrativas que correspondan. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 1185686-1 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 396-2014/MDSMP San Martín de Porres, 29 de diciembre del 2014. EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El informe Nº 653-2014-GDU-MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Urbano, sobre declaración de Habilitación Urbana de Ofi cio de predio; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe del Visto, la Gerencia de Desarrollo Urbano solicita la aprobación de la Habilitación Urbana de Ofi cio, del terreno constituido por el Lote A de la Parcela Nº 10210 del ex Fundo Santa Rosa que, según la Ficha Registral Nº 1182288 y continuada en la Partida Electrónica Nº 44031221 expedida por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), se encuentra ubicado en nuestra jurisdicción, sobre el cual se han constituido la Urbanización La Alborada de Santa Rosa II Etapa, cuya área es de 16,100.00 m²; con los siguientes linderos y medidas perimétricas: Por el Norte, tramo A-B con 127.85 m., con parte de la Parcela U.C. Nº 10205 y Parcela 10206; por el Oeste, tramo D-A con 130.50 m., y con el Lote B; por el Este, tramo B-C con 129.00 m. con la Parcela Nº 10809; y por el Sur, tramo C-D con 123.50 m., con el camino real Santa Rosa (ahora avenida Carlos Izaguirre), tal como indica el Plano Perimétrico; Que, mediante Informe Nº 1508-2014-SGCyHU-GDU- MDSMP, la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas señala que, recogiendo el Informe Técnico Nº 120- 2014-DVF-SGCHU-GDU/MDSMP, el terreno de 16,100.00 m2 m², sobre el cual se desarrolla la Urbanización La Alborada de Santa Rosa II Etapa, se encuentra totalmente consolidada respecto al total del área útil, contando con edifi caciones y servicios públicos domiciliarios; por lo que cumple con las condiciones para que se declare habilitado de ofi cio, acorde con lo establecido en la Ley Nº 29898, que modifi ca la Ley Nº 29090 – de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones que establece el procedimiento de Habilitación Urbana de Ofi cio y el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; Que, la Ordenanza Nº 1015-MML, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 14.MAYO2007, aprueba el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Independencia, Comas y Los Olivos y de una parte del distrito del Rímac, que son parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I y II de Lima Metropolitana; y conforme al Plano de Zonifi cación de los Usos del Suelo se califi ca al terreno materia de trámite con Zonifi cación Residencial de Densidad Media – RDM- y Comercio Zonal – CZ; Que, asimismo, de conformidad con el Plano del Sistema Vial Metropolitano de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 341-MML, el terreno materia de trámite se encuentra afecto por la vía Av. Carlos Izaguirre con una sección A-A de 50.00 m.; y respecto a las vías locales se propone la continuidad de las vías colindantes que han defi nido los derechos de vías existentes, así como su conexión con la avenida Carlos Izaguirre; siendo las vías locales propuestas denominadas: Calle 1, Calle 2 y Calle 3 con una sección B-B de 11.40 m., respetándose las secciones viales; cumpliendo los módulos con lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Edifi caciones; Que, el Informe Nº 1914-2014-GAJ/MDSMP de la Gerencia de Asesoría Jurídica señala que el presente trámite cumple con las disposiciones establecidas para el procedimiento de Habilitación Urbana de Ofi cio, incorporado a la Ley Nº 29090 mediante Ley Nº 29898, así como el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA, recomendando se emita la respectiva resolución de alcaldía; Con la visación de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Desarrollo Urbano; De conformidad con los artículos 20, inciso 6); 39 y 43 de la Ley Nº 27972 – Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 29090 – Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edifi caciones, su modifi catoria Ley Nº 29898, así como su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 008- 2013-VIVIENDA; RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR DE OFICIO la aprobación de la Habilitación Urbana del inmueble con un área de 16,100.00 m², terreno constituido por el Lote A de la Parcela Nº 10210 del ex Fundo Santa Rosa, según