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El Peruano Sábado 10 de enero de 2015 544569 Designan funcionario responsable para brindar información de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 001-2015 La Molina, 5 de enero de 2015 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MOLINA CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el numeral 5) del artículo 2° de la Constitución Política del Perú, es un derecho fundamental de toda persona solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido. Que, mediante Ley N° 27806, modifi cada por la Ley N° 27927, se aprobó la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, la misma que promueve la transparencia en los actos del Estado y regula el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5) del artículo 2° de la Constitución Política del Perú. Que, a través del Decreto Supremo N° 043-2003-PCM se aprobó el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, estableciéndose en su artículo 3° que el Estado debe adoptar medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública y tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad. Que, conforme a lo establecido en el artículo 8° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en concordancia con el artículo 3° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, existe la obligatoriedad de la máxima autoridad de la Entidad de designar al funcionario responsable de brindar la información de acceso al público que en virtud de la normativa reseñada soliciten los ciudadanos. Que, según el artículo 4° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM, la designación del funcionario responsable de entregar la información solicitada, se efectúa mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, la misma que debe ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano y colocada en lugar visible de cada una de las sedes administrativas. Que, con Resolución de Alcaldía N° 503 de fecha 18 de diciembre del 2014, se designó a partir del 01 de enero del 2015, al señor José Alberto Danós Ordoñez, en el cargo de Secretario General de la Municipalidad Distrital de La Molina, correspondiendo sea designado como funcionario responsable de entregar la información que soliciten los ciudadanos a la Municipalidad Distrital de La Molina. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972. RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al Señor JOSÉ ALBERTO DANÓS ORDOÑEZ, Secretario General de la Municipalidad Distrital de La Molina, como funcionario responsable de entregar o brindar la información que soliciten los ciudadanos a la Municipalidad Distrital de La Molina, en virtud de lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM. Artículo Segundo.- DISPONER que los funcionarios y servidores del corporativo proporcionen la información y documentación que solicite la Secretaría General en virtud de la normativa en mención, dentro de los plazos establecidos en los dispositivos sobre la materia, bajo responsabilidad en caso de incumplimiento. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y el Portal de la Institución; así como la colocación de copia de la resolución de designación en lugar visible en cada una de las sedes administrativas de la Entidad. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JUAN CARLOS ZUREK P.F. Alcalde 1186143-3 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Declaran de oficio la aprobación de la habilitación urbana de inmuebles ubicados en el distrito RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 393-2014/MDSMP San Martín de Porres, 26 de diciembre del 2014. EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES VISTO: El informe Nº 661-2014-GDU-MDSMP de la Gerencia de Desarrollo Urbano, sobre declaración de Habilitación Urbana de Ofi cio de predio; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Informe del Visto, la Gerencia de Desarrollo Urbano solicita la aprobación de la Habilitación Urbana de Ofi cio, del terreno constituido por parte de la Parcela Nº 10210 del ex Fundo Santa Rosa que, según la Ficha Registral Nº 1179770 (independización) y continuada en la Partida Electrónica Nº 44126575 expedida por la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), se encuentra ubicado en nuestra jurisdicción, sobre el cual se han constituido la Urbanización La Alborada de Santa Rosa I Etapa, cuya área es de 16,100.00 m²; con los siguientes linderos y medidas perimétricas: Por el Norte con 127.85 m., con la Parcela U.C. Nº 10205; por el Oeste, con 133.20 m., con la Parcela U.C. Nº 102; por el Este tramo B-C 130.50 m., con el Lote A; y por el Sur, con 121.00 m., con Camino Real Santa Rosa (ahora avenida Carlos Izaguirre), tal como indica el Plano Perimétrico; Que, mediante Informe Nº 1502-2014-SGCyHU-GDU- MDSMP, la Subgerencia de Catastro y Habilitaciones Urbanas señala que, recogiendo el Informe Técnico Nº 113-2014-DVF-SGCHU-GDU/MDSMP, el terreno de 16,100.00 m², sobre el cual se desarrolla la Urbanización La Alborada de Santa Rosa I Etapa, se encuentra totalmente consolidada respecto al total del área útil, contando con edifi caciones y servicios públicos domiciliarios; por lo que cumple con las condiciones para que se declare habilitado de ofi cio, acorde con lo establecido en la Ley Nº 29898, que modifi ca la Ley Nº 29090 – de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones que establece el procedimiento de Habilitación Urbana de Ofi cio y el Decreto Supremo Nº 008-2013-VIVIENDA; Que, la Ordenanza Nº 1015-MML, publicada en el diario ofi cial El Peruano el 14.MAYO2007, aprueba el Reajuste Integral de la Zonifi cación de los Usos del Independencia, Comas y Los Olivos y de una parte del distrito del Rímac, que son parte de las Áreas de Tratamiento Normativo I y II de Lima Metropolitana; y conforme al Plano de Zonifi cación de los Usos del Suelo se califi ca al terreno materia de trámite con Zonifi cación Residencial de Densidad Media – RDM- y Comercio Zonal - CZ; Que, asimismo, de conformidad con el Plano del Sistema Vial Metropolitano de Lima, aprobado por Ordenanza Nº 341-MML, el terreno materia de trámite se encuentra afecto por la vía Av. Carlos Izaguirre con una sección A-A de 50.00 m.; y respecto a las vías locales se propone la continuidad de las vías colindantes que han defi nido los derechos de vías existentes, así como