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El Peruano Viernes 16 de enero de 2015 544838 Cuando se haga referencia a un artículo sin mencionar la norma a la que pertenece, debe entenderse referido al presente Procedimiento. Artículo 5°- GENERALIDADES 5.1 El Descuento de Promoción beneficiará a un número determinado de clientes conforme al Plan de Promoción, y será cubierto con el Gasto de Promoción que recauda la empresa concesionaria a través de la TUD. 5.2 Los ingresos del Mecanismo de Promoción se obtienen de la aplicación de una Alícuota a la TUD vigente de cada categoría tarifaría. 5.3 En concordancia con el Procedimiento de Reajuste los valores de ingresos y gastos que se emplearán en el presente Procedimiento serán a valores corrientes. 5.4 Osinergmin podrá solicitar a la empresa concesionaria información y documentación adicional, a fin de constatar el número de clientes residenciales, el valor y número de los Proyectos Multifamiliares beneficiados con el Mecanismo de Promoción e información relacionada con los ingresos percibidos por dicho mecanismo. 5.5 Osinergmin podrá utilizar información del sistema VNR GIS a que se refiere la Resolución Osinergmin N° 188-2012 OS/CD o la que la reemplace y efectuar las acciones de supervisión que considere necesarias para verificar los Proyectos Multifamiliares y los clientes residenciales beneficiarios del Mecanismo de Promoción. 5.6 En la evaluación del balance de los Gastos de Promoción se tomará en cuenta el resultado de la liquidación del Mecanismo de Promoción del periodo tarifario anterior. Artículo 6°- INFORMACIÓN REQUERIDA A LA EMPRESA CONCESIONARIA 6.1 La empresa concesionaria reportará mensualmente a Osinergmin información actualizada correspondiente al volumen facturado, número de clientes, facturación, tarifas por categoría. 6.2 El plazo máximo para la entrega de información será dentro de los 15 días calendario posteriores al mes que se reporta. 6.3 La información será remitida vía el Sistema de Información habilitado por Osinergmin para tal fin. 6.4 Clientes residenciales beneficiarios del Mecanismo de Promoción 6.4.1 En el plazo establecido en el numeral 6.2, la empresa concesionaria remitirá a la GART la información de detalle de los Beneficiarios del Mecanismo de Promoción, quienes deberán encontrarse habilitados. 6.4.2 La información deberá ser remitida según el formato del Anexo N° 1 del presente procedimiento en el Sistema de Información que para tal fin desarrolle el Osinergmin. 6.5 Proyectos Multifamiliares beneficiados del Mecanismo de Promoción 6.5.1 En el plazo establecido en el numeral 6.2, la empresa concesionaria remitirá a la GART el detalle de los proyectos multifamiliares beneficiados con Mecanismo de Promoción y que se encuentren habilitados. 6.5.2 La información deberá ser remitida según el formato del Anexo N° 2 del presente procedimiento en el Sistema de Información que para tal fin desarrolle el Osinergmin. Artículo 7°- INFORMACIÓN REQUERIDA A LAS EMPRESAS PROVEEDORAS 7.1 Las Empresas Proveedoras reportarán mensualmente a Osinergmin la información sobre el detalle de las instalaciones internas de clientes residenciales Beneficiarios del Mecanismo de Promoción ejecutados en el marco del contrato suscrito producto del proceso de licitaciones de instalaciones internas. 7.2 El plazo máximo para la entrega de información será dentro de los 15 días calendario posteriores al mes que se reporta. 7.3 La información será remitida vía el Sistema de Información habilitado por Osinergmin para tal fin. 7.4 Clientes residenciales beneficiados con el Mecanismo de Promoción 7.4.1 En el plazo establecido en el numeral 7.2, la Empresa Proveedora remitirá a la GART la información de detalle de las instalaciones internas de los Beneficiarios del Mecanismo de Promoción ejecutadas en el marco del contrato suscrito producto del proceso de licitaciones de instalaciones internas. 7.4.2 La información deberá ser remitida según el formato del Anexo N° 3 del presente procedimiento en el Sistema de Información que para tal fin desarrolle el Osinergmin. 7.5 Proyectos Multifamiliares beneficiados con el Mecanismo de Promoción 7.5.1 En el plazo establecido en el numeral 7.2, la Empresa Proveedora remitirá a la GART la información de detalle de los Proyectos Multifamiliares ejecutados bajo el Mecanismo de Promoción de acuerdo a lo establecido en el Artículo 112 del Reglamento. 7.5.2 La información deberá ser remitida según el formato del Anexo N° 4 del presente procedimiento en el Sistema de Información que para tal fin desarrolle el Osinergmin. Artículo 8°- DETERMINACIÓN DEL GASTO EJECUTADO 8.1 A efectos de evaluar el gasto ejecutado del Mecanismo de Promoción se considerará la información reportada por la empresa concesionaria respecto del número de clientes beneficiados, la misma que será contrastada con la información reportada por las Empresas Proveedoras. 8.2 Para considerar a un cliente como beneficiario del Mecanismo de Promoción, deberá cumplir los siguientes criterios: a) La instalación interna del cliente debe encontrarse habilitada para el consumo del gas natural; b) En el caso de clientes beneficiarios ubicados en viviendas multifamiliares, debe contarse también con la habilitación del Proyecto Multifamiliar asociado; y, c) Deberá ser un cliente residencial perteneciente a una de las zonas contempladas en el Plan de Promoción, según las especificaciones establecidas por el MINEM. 8.3 El Gasto Ejecutado resulta de la suma de: i) El número total de los clientes residenciales Beneficiarios del Mecanismo de Promoción, que incluye a los clientes ubicados en viviendas multifamiliares, multiplicado por el Descuento de Promoción. ii) El número de clientes residenciales ubicados en viviendas multifamiliares multiplicado por: a) un factor PM que puede variar entre 0 y 0,5; y b) el Descuento de Promoción. El valor del factor PM podrá ser ajustado por Osinergmin dentro del rango especificado, de modo tal que se reconozca el costo realmente ejecutado del Proyecto Multifamiliar, considerando el número de clientes beneficiarios asociados a dicho proyecto. Para su determinación se utilizan las siguientes fórmulas: t t t GPE GPEB GPEP C ' (Fórmula N° 1) 3 1 i t GP i GPEB k Ben 1 k 3 i GPi 1 G Ben (Fórmula N° 2) 3 1 i t GP i GPEP CProMu 1 3 i GPi oMu 1 CPro (Fórmula N° 3) 1 n GP p p p CProMu PM k BenPM 1 p enPM p p 1 n p PM k B p (Fórmula N° 4) min( ;0,5) p p p CostoPM PM k BenPM min( Co k p BenPM p (Fórmula N° 5)