Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2015 (16/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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El Peruano Viernes 16 de enero de 2015

Aprueban Instrumento de Supervision Selectiva de IPRESS aplicable a las Unidades Productoras de Servicios de Salud Farmacia de las IPRESS publicas y privadas
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 004-2015-SUSALUD/S MORDAZA, 9 de enero de 2015 VISTO: El Informe N° 01112-2014/ISIPRESS de la Intendencia de Supervision de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de fecha 29 de diciembre de 2014; y, CONSIDERANDO: Que, mediante los articulos 9° y 11° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, en MORDAZA con los articulos 2°, 5° y la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1158 que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominacion de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, se crea la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD), como un organismo publico tecnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera, encargada de registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS, asi como supervisar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPRESS y Unidades de Gestion de IPRESS - UGIPRESS, en el ambito de su competencia; por lo que para todo efecto legal, cualquier mencion a la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud se entendera referida a la Superintendencia Nacional de Salud; Que, mediante el Decreto Supremo N° 003-2013SA, publicado el 27 de marzo de 2013, se aprobo el Reglamento de Supervision de SUSALUD que tiene por objeto establecer el procedimiento para el ejercicio de la funcion de supervision de SUSALUD sobre las IAFAS e IPRESS, en cumplimiento de las competencias conferidas por la Ley Nº 29344, Ley MORDAZA del Aseguramiento Universal en Salud, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2010-SA y demas normas complementarias y conexas; Que, de conformidad con los articulos 11° y 12° del citado Reglamento, la supervision de MORDAZA es aquella que se realiza mediante el desplazamiento del o de los supervisores a las instalaciones de la institucion a supervisar; la misma que se clasifica en Supervision Integral y Selectiva, siendo esta MORDAZA la que se realiza sobre un area o MORDAZA particular de la IAFAS o IPRESS, el cual se examina en profundidad; Que, sobre los instrumentos de supervision, el articulo 22° del citado Reglamento establece que estos son aplicables segun la naturaleza de la institucion por supervisar y el MORDAZA de supervision a efectuar; Que, estando al MORDAZA legal precitado, mediante Resolucion de Superintendencia N° 079-2013-SUNASA/ S de fecha 15 de MORDAZA de 2013, se aprueba, entre otros, la "Guia e Instrumentos de Supervision ISIPRESS", aplicable al MORDAZA de supervision integral de las IPRESS; Que, asimismo, mediante Resolucion de Superintendencia N° 043-2014-Superintendencia Nacional de Salud/S de fecha 26 de marzo de 2014, se aprueba la "Guia Metodologica para la Elaboracion de Instrumentos de Supervision Selectiva de IPRESS", herramienta tecnica que tiene como finalidad optimizar, estandarizar, normalizar y sistematizar el MORDAZA de diseno y elaboracion de los instrumentos de supervision selectiva de la Intendencia de Supervision de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - ISIPRESS; Que, conforme a los lineamientos establecidos en la citada "Guia Metodologica para la Elaboracion de Instrumentos de Supervision Selectiva de IPRESS", mediante el documento del Visto la Intendencia de Supervision de IPRESS solicita la aprobacion del Instrumento de Supervision Selectiva aplicable a las UPSS

Farmacia; por lo que resulta pertinente su aprobacion a fin de ser aplicada en las supervisiones selectivas programadas y no programadas a cargo de la Intendencia de Supervision de IPRESS; Con el visado de los Encargados de la Superintendencia Adjunta de Supervision, de la Intendencia de Supervision de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, de la Oficina General de Asesoria Juridica, y del Secretario General; y, Estando a la facultades conferidas por los literales d), t) y cc) del articulo 10° del Reglamento de Organizacion y Funciones de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA, en concordancia con los numerales 4) y 9) del articulo 23° del Decreto Legislativo N° 1158, corresponde a la Superintendente organizar, dirigir y supervisar el funcionamiento de la entidad, expedir las Resoluciones que correspondan al ambito de su funciones y las que se establezcan por MORDAZA legal; asi como ejecutar las funciones del ambito de su competencia y otras que se le asignen por MORDAZA expresa. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar el Instrumento de Supervision Selectiva de IPRESS aplicable a las Unidades Productoras de Servicios de Salud FARMACIA de las IPRESS publicas y privadas en todo el territorio nacional, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Disponer que la Oficina de Comunicacion Corporativa publique la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, disponer que la Oficina General de Asesoria Juridica publique la presente resolucion y su anexo en el MORDAZA Institucional de la Superintendencia Nacional de Salud (www.susalud.gob. pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE MORDAZA PHILIPPS MORDAZA Superintendente 1188032-4

Aprueban Instrumento de Supervision Selectiva de IPRESS aplicable a las Unidades Productoras de Servicios de Salud Hemodialisis de las IPRESS publicas y privadas
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 005-2015-SUSALUD/S MORDAZA, 9 de enero de 2015 VISTO: El Informe N° 01108-2014/ISIPRESS de la Intendencia de Supervision de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de fecha 29 de diciembre de 2014; y, CONSIDERANDO: Que, mediante los articulos 9° y 11° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 29344, Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, en MORDAZA con los articulos 2°, 5° y la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1158 que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominacion de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, se crea la Superintendencia Nacional de Salud (SUSALUD), como un organismo publico tecnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomia tecnica, funcional, administrativa, economica y financiera, encargada de registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS, asi como supervisar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud IPRESS y Unidades de Gestion de IPRESS - UGIPRESS, en el ambito de su competencia; por lo que para todo efecto legal, cualquier mencion a la Superintendencia

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