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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE ENERO DEL AÑO 2015 (26/01/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 3

El Peruano Lunes 26 de enero de 2015 545457 ENERGIA Y MINAS Excluyen pasivo ambiental minero que forma parte de la ex unidad minera “Colqui”, correspondiente al proyecto de remediación “Acombamba”, de la relación de pasivos encargados a Activos Mineros S.A.C. mediante R.M. Nº 094-2013-MEM/DM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 026-2015-MEM/DM Lima, 20 de enero de 2015VISTO: el Informe N° 226-2014-MEM-DGM/DTM/PAM de la Dirección Técnica Minera de la Dirección General de Minería, respecto a la exclusión de uno de los pasivos ambientales mineros considerados en el Anexo 2 de la Resolución Ministerial N° 094-2013-MEM/DM; CONSIDERANDO:Que, el artículo 20 del Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, aprobado por Decreto Supremo N° 059-2005-EM, señala que el Estado sólo asume la tarea de remediación de las áreas con pasivos ambientales mineros que no cuenten con responsables identi fi cados o remediadores voluntarios; pudiendo proceder a remediar las áreas con pasivos ambientales mineros en caso que una empresa de propiedad del Estado sea responsable en no menos de dos tercios del monto correspondiente a la remediación, o excepcionalmente en función de la debida tutela del interés público; Que, mediante Resolución Ministerial N° 094-2013- MEM/DM se dispuso que, excepcionalmente y en función de la debida tutela del interés público, el Estado asuma la remediación de los pasivos ambientales mineros de los proyectos de remediación “Relavera Ticapampa”, “Acombamba”, “Lichicocha”, “Pacococha”, “Chugur”, “Santa Rosa 2”, “Azulmina”, “Delta Upamayo y Río San Juan” y “Saramarca”, ubicados en las regiones de Áncash, Lima, Cajamarca, Huancavelica, Pasco, Junín e Ica, respectivamente, cali fi cados de alto riesgo y de muy alto riesgo, conforme fi guran en los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 de dicha resolución; disponiéndose a su vez, encargar a la empresa estatal Activos Mineros S.A.C. para que ejecute la remediación de los mencionados pasivos ambientales mineros; Que, mediante escrito N° 2423500, Minera Bonanza Perú S.A. solicitó el reaprovechamiento del pasivo ambiental minero identi fi cado en el inventario con el ID. 10285, ubicado en el distrito de Huanza, provincia de Huarochirí, región Lima, que forma parte del proyecto de remediación “Acombamba”, y que se incluye en el Anexo 2 de la Resolución Ministerial N° 094-2013-MEM/DM, mediante la cual se encargó a la empresa Activos Mineros S.A.C. para que ejecute, entre otros, la remediación del referido pasivo ambiental minero;Que, la Dirección General de Minería, mediante O fi cio 1443-2014-MEM/DGM, solicitó a la empresa Activos Mineros S.A.C. que informe sobre la situación actual del proyecto de remediación, que incluye al pasivo ambiental minero con Id. 10285; por lo que esta última, en respuesta, mediante Carta N° 284-2014-AM/GO del 03 de diciembre de 2014, señaló entre otros aspectos, que el proyecto a la fecha no cuenta con per fi l viable, ni plan de cierre de pasivos ambientales aprobado; por lo que evaluando la ubicación del pasivo solicitado en relación al resto de pasivos a ser remediados en la ex unidad minera “Colqui”, se puede advertir, que en este caso particular, dicho pasivo se encuentra aislado; por lo que su reaprovechamiento no interferiría con la remediación del resto de pasivos a su cargo; Que, el artículo 12 del Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, aprobado por Decreto Supremo N° 059-2005-EM, señala cuáles son las modalidades de remediación voluntaria, el mismo que indica que cualquier persona o entidad, sea titular de concesiones mineras o no, podrá asumir la responsabilidad de remediar voluntariamente pasivos ambientales mineros, inventariados o no, que se encuentren ubicados en su propia concesión minera, de tercero o en áreas de libre denunciabilidad; Que, entre dichas modalidades se encuentra el reaprovechamiento, cuya solicitud debe dirigirse a la Dirección General de Minería, precisando la información que permita su identi fi cación en el inventario de pasivos, conforme lo indica el artículo 61 del reglamento antes referido; Que, por lo tanto, es conveniente excluir al pasivo ambiental minero que forma parte del proyecto “Acombamba”, identi fi cado mediante ID. 10285 de la relación de pasivos encargada a Activos Mineros S.A.C., mediante Resolución Ministerial N° 094-2013-MEM/DM, considerando que Minera Bonanza Perú S.A. ha solicitado su reaprovechamiento, en virtud del artículo 12 y otros del Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera; Que, asimismo, resulta necesario modi fi car el Anexo 2 de la Resolución Ministerial N° 094-2013-MEM/DM, debiendo quedar tal como se indica en el Anexo del presente informe. De conformidad con lo establecido en el inciso w) del artículo 101° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería; SE RESUELVE:Artículo Único.- Excluir el pasivo ambiental minero, identi fi cado con ID 10285 que forma parte de la ex unidad minera “Colqui”, correspondiente al proyecto de remediación “Acombamba”, de la relación de pasivos encargados a la empresa Activos Mineros S.A.C., a través de la Resolución Ministerial N° 094-2013-MEM/DM; y, modi fi car el Anexo 2 de dicha Resolución, de acuerdo al Anexo que integra la presente. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELEODORO MAYORGA ALBA Ministro de Energía y Minas ANEXO PROYECTO ACOMBAMBA CUENCA RÍMAC REGIÓN LIMA, PROVINCIA HUAROCHIRÍ, DISTRITO HUANZA N° ID EX UNIDAD MINERA TIPO DE PASIVO MINERO ESTE NORTE ZONA DATUM PUNTAJE 1 504 C.M. ACOMBAMBA S.A. BOCAMINA 338234 8721808 18 PSAD56 412 9781 C.M. ACOMBAMBA S.A. RELAVES 336970 8721307 18 PSAD56 63 3 9782 C.M. ACOMBAMBA S.A. CHIMENEA 337695 8721475 18 PSAD56 51 4 9783 C.M. ACOMBAMBA S.A. CAMPAMENTOS, OFICINAS, TALLERES 337974 8721788 18 PSAD56 315 9784 C.M. ACOMBAMBA S.A. CHIMENEA 338208 8721791 18 PSAD56 556 9785 C.M. ACOMBAMBA S.A. CHIMENEA 338199 8721791 18 PSAD56 57 7 9787 C.M. ACOMBAMBA S.A. DESMONTE DE MINA 338219 8721811 18 PSAD56 57