Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2015 (26/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano Lunes 26 de enero de 2015

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Que, la Direccion General de Mineria, mediante Oficio 1443-2014-MEM/DGM, solicito a la empresa Activos Mineros S.A.C. que informe sobre la situacion actual del proyecto de remediacion, que incluye al pasivo ambiental minero con Id. 10285; por lo que esta MORDAZA, en respuesta, mediante Carta N° 284-2014-AM/GO del 03 de diciembre de 2014, senalo entre otros aspectos, que el proyecto a la fecha no cuenta con perfil viable, ni plan de cierre de pasivos ambientales aprobado; por lo que evaluando la ubicacion del pasivo solicitado en relacion al resto de pasivos a ser remediados en la ex unidad minera "Colqui", se puede advertir, que en este caso particular, dicho pasivo se encuentra aislado; por lo que su reaprovechamiento no interferiria con la remediacion del resto de pasivos a su cargo; Que, el articulo 12 del Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, aprobado por Decreto Supremo N° 059-2005-EM, senala cuales son las modalidades de remediacion voluntaria, el mismo que indica que cualquier persona o entidad, sea titular de concesiones mineras o no, podra asumir la responsabilidad de remediar voluntariamente pasivos ambientales mineros, inventariados o no, que se encuentren ubicados en su propia concesion minera, de tercero o en areas de libre denunciabilidad; Que, entre dichas modalidades se encuentra el reaprovechamiento, cuya solicitud debe dirigirse a la Direccion General de Mineria, precisando la informacion que permita su identificacion en el inventario de pasivos, conforme lo indica el articulo 61 del reglamento MORDAZA referido; Que, por lo tanto, es conveniente excluir al pasivo ambiental minero que forma parte del proyecto "Acombamba", identificado mediante ID. 10285 de la relacion de pasivos encargada a Activos Mineros S.A.C., mediante Resolucion Ministerial N° 094-2013-MEM/DM, considerando que Minera Bonanza Peru S.A. ha solicitado su reaprovechamiento, en virtud del articulo 12 y otros del Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera; Que, asimismo, resulta necesario modificar el Anexo 2 de la Resolucion Ministerial N° 094-2013-MEM/DM, debiendo quedar tal como se indica en el Anexo del presente informe. De conformidad con lo establecido en el inciso w) del articulo 101° del Texto Unico Ordenado de la Ley General de Mineria; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Excluir el pasivo ambiental minero, identificado con ID 10285 que forma parte de la ex unidad minera "Colqui", correspondiente al proyecto de remediacion "Acombamba", de la relacion de pasivos encargados a la empresa Activos Mineros S.A.C., a traves de la Resolucion Ministerial N° 094-2013-MEM/DM; y, modificar el Anexo 2 de dicha Resolucion, de acuerdo al Anexo que integra la presente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

ENERGIA Y MINAS
Excluyen pasivo ambiental minero que forma parte de la ex unidad minera "Colqui", correspondiente al proyecto de remediacion "Acombamba", de la relacion de pasivos encargados a Activos Mineros S.A.C. mediante R.M. Nº 094-2013-MEM/DM
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 026-2015-MEM/DM MORDAZA, 20 de enero de 2015 VISTO: el Informe N° 226-2014-MEM-DGM/DTM/PAM de la Direccion Tecnica Minera de la Direccion General de Mineria, respecto a la exclusion de uno de los pasivos ambientales mineros considerados en el Anexo 2 de la Resolucion Ministerial N° 094-2013-MEM/DM; CONSIDERANDO: Que, el articulo 20 del Reglamento de Pasivos Ambientales de la Actividad Minera, aprobado por Decreto Supremo N° 059-2005-EM, senala que el Estado solo asume la tarea de remediacion de las areas con pasivos ambientales mineros que no cuenten con responsables identificados o remediadores voluntarios; pudiendo proceder a remediar las areas con pasivos ambientales mineros en caso que una empresa de propiedad del Estado sea responsable en no menos de dos tercios del monto correspondiente a la remediacion, o excepcionalmente en funcion de la debida tutela del interes publico; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 094-2013MEM/DM se dispuso que, excepcionalmente y en funcion de la debida tutela del interes publico, el Estado asuma la remediacion de los pasivos ambientales mineros de los proyectos de remediacion "Relavera Ticapampa", "Acombamba", "Lichicocha", "Pacococha", "Chugur", "Santa MORDAZA 2", "Azulmina", "Delta Upamayo y Rio San Juan" y "Saramarca", ubicados en las regiones de MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, Huancavelica, Pasco, MORDAZA e Ica, respectivamente, calificados de alto riesgo y de muy alto riesgo, conforme figuran en los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 de dicha resolucion; disponiendose a su vez, encargar a la empresa estatal Activos Mineros S.A.C. para que ejecute la remediacion de los mencionados pasivos ambientales mineros; Que, mediante escrito N° 2423500, Minera Bonanza Peru S.A. solicito el reaprovechamiento del pasivo ambiental minero identificado en el inventario con el ID. 10285, ubicado en el distrito de Huanza, provincia de Huarochiri, region MORDAZA, que forma parte del proyecto de remediacion "Acombamba", y que se incluye en el Anexo 2 de la Resolucion Ministerial N° 094-2013-MEM/DM, mediante la cual se encargo a la empresa Activos Mineros S.A.C. para que ejecute, entre otros, la remediacion del referido pasivo ambiental minero;

ANEXO PROYECTO ACOMBAMBA MORDAZA MORDAZA REGION MORDAZA, PROVINCIA HUAROCHIRI, DISTRITO HUANZA N° 1 2 3 4 5 6 7 ID 504 9781 9782 9783 9784 9785 9787 EX UNIDAD MINERA C.M. ACOMBAMBA S.A. C.M. ACOMBAMBA S.A. C.M. ACOMBAMBA S.A. C.M. ACOMBAMBA S.A. C.M. ACOMBAMBA S.A. C.M. ACOMBAMBA S.A. C.M. ACOMBAMBA S.A. MORDAZA DE PASIVO MINERO BOCAMINA RELAVES CHIMENEA CAMPAMENTOS, OFICINAS, TALLERES CHIMENEA CHIMENEA DESMONTE DE MINA ESTE 338234 336970 337695 337974 338208 338199 338219 NORTE 8721808 8721307 8721475 8721788 8721791 8721791 8721811 MORDAZA 18 18 18 18 18 18 18 DATUM PSAD56 PSAD56 PSAD56 PSAD56 PSAD56 PSAD56 PSAD56 PUNTAJE 41 63 51 31 55 57 57

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