Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2015 (28/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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El Peruano Miercoles 28 de enero de 2015

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 30300
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LEY QUE DEROGA LA LEY 30288, LEY QUE PROMUEVE EL ACCESO DE JOVENES AL MORDAZA LABORAL Y A LA PROTECCION SOCIAL
Articulo unico. Derogacion de la Ley 30288 Derogase la Ley 30288, Ley que promueve el acceso de jovenes al MORDAZA laboral y a la proteccion social. Comuniquese al senor Presidente Constitucional de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de enero de dos mil quince. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de enero del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros 1193847-1

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Declara el Estado de Emergencia en diversos distritos de las provincias de San MORDAZA, Picota, Mariscal MORDAZA y Bellavista, en el departamento de San MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 007-2015-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, producto de las intensas precipitaciones pluviales ocurridas en el departamento de San MORDAZA,

el dia 22 de enero de 2015 se registro el incremento del nivel de las aguas del rio Huallaga y de sus afluentes, los MORDAZA Huayabamba, Saposoa y MORDAZA, ocasionando erosiones fluviales asi como la inundacion de viviendas, infraestructura publica; afectacion y destruccion vias de comunicacion; destruccion de tierras de cultivo y la afectacion de servicios basicos de agua potable, saneamiento y energia electrica de diversas localidades situadas en areas riberenas de los distritos de Papaplaya, Chazuta, El Porvenir, MORDAZA MORDAZA, Shapaja y MORDAZA Leveau en la provincia de San Martin; los distritos de Picota, San MORDAZA de Puerto Rico y San MORDAZA en la provincia de Picota; los distritos de Juanjui y Pachiza en la provincia de Mariscal MORDAZA y los distritos de Bellavista y San MORDAZA en la provincia de Bellavista, en el Departamento de San Martin; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 68.1 del articulo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, la solicitud de Declaratoria de Estado de Emergencia por peligro inminente o por la ocurrencia de un desastre, es presentada por el Gobierno Regional al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, con la debida sustentacion; Que, mediante Oficio N° 031-2015-GRSM/PGR, de fecha 25 de enero de 2015, sustentado en el Informe Tecnico Nº 001-2015-GRSM/PEHCBM/GG, el Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA solicita la Declaratoria de Estado de Emergencia de los distritos de Papaplaya, Chazuta, El Porvenir, MORDAZA MORDAZA, Shapaja y MORDAZA Leveau en la provincia de San Martin; de los distritos de Picota, San MORDAZA de Puerto Rico y San MORDAZA en la provincia de Picota; de los distritos de Juanjui y Pachiza en la provincia de Mariscal Caceres; y, de los distritos de Bellavista y San MORDAZA en la provincia de Bellavista, en el Departamento de San Martin; Que, de otro lado, el numeral 68.2 del articulo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, establece que INDECI emite opinion sobre la procedencia de la solicitud, a cuyo fin emite el informe tecnico respectivo; Que, mediante Informe Nº 001-2015-INDECI/11.0 de fecha 26 de enero de 2015, la Direccion de Respuesta del INDECI, teniendo en consideracion el Informe Tecnico N° 001-2015-GRSM/PEHCBM/GG, de fecha 25 de enero de 2015, del Gobierno Regional de San Martin; el Reporte de Situacion N° 04-25/01/2015/GRSM/GGR/COERSM/9:20P. M. del Centro de Operaciones de Emergencia Regional de San Martin; el Informe de Emergencia N° 037-25/01/2015/ COEN-INDECI/00:47HORAS del Centro de Operaciones de Emergencia Nacional, asi como los informes emitidos por las Direcciones Regionales de Agricultura, Salud, Educacion y Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de San Martin; senala que considerando la magnitud de los danos causados y la capacidad limitada del Gobierno Regional de San MORDAZA para atender la emergencia con sus recursos disponibles, recomienda aprobar la Declaratoria de Estado de Emergencia por impacto de danos en los distritos de Papaplaya, Chazuta, El Porvenir, MORDAZA MORDAZA, Shapaja y MORDAZA Leveau en la provincia de San Martin; los distritos de Picota, San MORDAZA de Puerto Rico y San MORDAZA en la provincia de Picota; los distritos de Juanjui y Pachiza en la provincia de Mariscal MORDAZA y los distritos de Bellavista y San MORDAZA en la provincia de Bellavista, en el departamento de San Martin; Que, la magnitud de la situacion descrita lineas arriba demanda la adopcion de medidas urgentes que permitan, al Gobierno Regional de San MORDAZA, a las Municipalidades Provinciales de San MORDAZA, Picota, Mariscal MORDAZA y Bellavista, y a las Municipalidades Distritales de Papaplaya, Chazuta, El Porvenir, MORDAZA MORDAZA, Shapaja y MORDAZA Leveau en la provincia de San Martin; a las Municipalidades Distritales de Picota, San MORDAZA de Puerto Rico y San MORDAZA en la provincia de Picota; a las Municipalidades Distritales de Juanjui y Pachiza en la provincia de Mariscal MORDAZA y a las Municipalidades Distritales de Bellavista y San MORDAZA en la provincia de Bellavista; en coordinacion con el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, y la participacion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Ministerio de Agricultura y Riego, y el Ministerio de Salud y demas Instituciones publicas y privadas involucradas, en cuanto les corresponda dentro de sus competencias; ejecutar las acciones inmediatas y necesarias de respuesta y

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