Norma Legal Oficial del día 28 de enero del año 2015 (28/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano Miercoles 28 de enero de 2015

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resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del articulo 1 del presente Decreto Supremo a nivel programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitaran a la Direccion General de Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruiran a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Articulo 3.- Limitacion al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del articulo 1 del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Articulo 4.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Educacion y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de enero del ano dos mil quince. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA CHANDUVI Ministro de Educacion MORDAZA MORDAZA VASI Ministro de Economia y Finanzas 1193847-3

favor de los pliegos Gobiernos Regionales, destinados al financiamiento de la contratacion de tres mil novecientos catorce (3 914) nuevas plazas de docentes de educacion inicial en instituciones educativas publicas; De conformidad con la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; DECRETA: Articulo 1.- Objeto 1.1 Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015, del pliego 010: Ministerio de Educacion, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, por la suma de SESENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS DIEZ Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ 62 651 410,00), para financiar la contratacion de tres mil novecientos catorce (3 914) nuevas plazas de docentes de educacion inicial en instituciones educativas publicas conforme a lo dispuesto en la parte considerativa de la presente MORDAZA, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Nuevos Soles

: Gobierno Central 010 : Ministerio de Educacion 026 : Programa Educacion Basica para Todos PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de los Estudiantes de Educacion Basica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas con Condiciones para el Cumplimiento de Horas Lectivas Normadas ACTIVIDAD 5003107 : Contratacion Oportuna y Pago de Personal de las Instituciones Educativas de II Ciclo de Educacion Basica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 62 651 410,00

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales

TOTAL EGRESOS 62 651 410,00 A LA: En Nuevos Soles

SECCION MORDAZA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de Aprendizaje de los Estudiantes de Educacion Basica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones Educativas con Condiciones para el Cumplimiento de Horas Lectivas Normadas ACTIVIDAD 5003107 : Contratacion Oportuna y Pago de Personal de las Instituciones Educativas de II Ciclo de Educacion Basica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios 62 651 410,00

Aprueban los Ratios por actividad productiva y nivel de ventas para el desarrollo de actividades productivas en zonas altoandinas correspondiente al ejercicio 2015
DECRETO SUPREMO Nº 009-2015-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29482, Ley de Promocion para el Desarrollo de Actividades Productivas en Zonas Altoandinas, se han establecido exoneraciones tributarias con el objeto de promover y fomentar el desarrollo de actividades productivas y de servicios, que generen valor agregado y uso de mano de obra en zonas altoandinas, para aliviar la pobreza; Que, de acuerdo al penultimo parrafo del articulo 2º del Reglamento de la Ley Nº 29482, aprobado por Decreto Supremo Nº 051-2010-EF, en aplicacion del articulo 1º de la Ley, en relacion a la generacion de valor agregado y uso de mano de obra en zonas altoandinas, para efecto de la exoneracion del Impuesto a la Renta, a partir del MORDAZA ano de aplicacion de los beneficios establecidos en el articulo 3º de la Ley, las empresas y unidades productivas deberan cumplir con el ratio que por actividad productiva y nivel de ventas fije anualmente el Ministerio de Economia y Finanzas mediante Decreto Supremo, senalando ademas que el referido ratio tomara en cuenta el nivel de ventas y el numero de trabajadores declarados a la Administracion Tributaria en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias del ejercicio anterior; En uso de las atribuciones conferidas por el numeral 8 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y la Disposicion Final Unica de la Ley Nº 29482;

GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales

TOTAL EGRESOS 62 651 410,00

1.2 Los Pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente articulo y los montos de transferencia por pliego, se consignan en el Anexo "Transferencia de recursos para financiar la contratacion de nuevas plazas docentes de educacion inicial", que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica ademas en los portales institucionales del Ministerio de Educacion (www. minedu.gob.pe) y del Ministerio de Economia y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicacion de la presente MORDAZA en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 2.- Procedimiento para la Aprobacion Institucional 2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas aprueban mediante

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