TEXTO PAGINA: 6
El Peruano Miércoles 28 de enero de 2015 545588 Que, mediante Carta GEG-027-2015 de fecha 14 de enero de 2015, dirigida al Director General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, el Gerente General de la Asociación de Exportadores - ADEX, cursa invitación para participar en la Misión Comercial a la ciudad de Rotterdam, Países Bajos, Holanda, y a la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania, así como a una visita de prospección a la Feria FRUIT LOGÍSTICA 2015, las mismas que se llevarán a cabo a partir del 02 al 06 de febrero de 2015; Que, la referida Misión Comercial a los Países Bajos tiene previsto sostener reuniones con agentes logísticos y con compradores de frutas y hortalizas; así como realizar visitas técnicas a las instalaciones del Puerto de Rotterdam y centros de redistribución; con el objeto de realizar análisis de inteligencia comercial sobre la procedencia de productos que ingresan, las condiciones de comercialización, la identi fi cación de oportunidades comerciales, así como conocer los niveles de competitividad de las operaciones; Que, de otro lado, la Feria FRUIT LOGÍSTICA 2015, constituye el evento comercial internacional referente más importante del continente europeo en el rubro de frutas y hortalizas, y la mencionada visita tiene como objetivo apreciar la variedad, calidad y forma de presentación de dichos productos, y tomar contacto con posibles compradores, dado que el Perú posee una gran oferta exportable que será exhibida en el Pabellón Perú que la Comisión de la Promoción del Perú para la Exportación y Turismo - PROMPERÚ implementará en la indicada Feria; Que, dada la importancia económica y social y la prioridad que se viene dando a la apertura de mercados para los productos de agroexportación del Perú, y teniendo en cuenta el interés institucional de participar en la referida Misión Comercial y Feria Fruit Logística 2015, que permitirá establecer contactos comerciales en el Puerto de Rotterdam, y promover el comercio internacional de las frutas y hortalizas en el mercado europeo en el marco de las oportunidades comerciales que ofrece el Tratado de Libre Comercio con la Unión Europea; así como internalizar y capitalizar las experiencias de otros países participantes de la Feria en el desarrollo de la cadena agroproductiva y logística de exportación de las frutas y hortalizas frescas a fi n de elaborar propuestas para el desarrollo del Sector, resulta procedente autorizar el viaje del economista Marco Antonio Vinelli Ruíz, Director General de la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego; Que, los gastos por conceptos de pasajes y viáticos serán asumidos con cargo al Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el inciso a) numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo aquellos casos, que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad, que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modi fi cado por la Ley Nº 30048; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº 008-2014-MINAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar el viaje del economista Marco Antonio Vinelli Ruíz, Director General de la Dirección General de Negocios Agrarios, del 31 de enero al 07 de febrero de 2015, a la ciudad de Rotterdam, Países Bajos, y a la ciudad de Berlín, República Federal de Alemania, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial, serán con cargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días del término del citado evento, de acuerdo al siguiente detalle: MARCO ANTONIO VINELLI RUIZPasajes : $ 3,437.83 Viáticos : $ 3,240.00Total : $ 6,677.83 Artículo 3.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 4.- Encargar al señor Jorge Augusto Amaya Castillo, Director de la Dirección de Negocios Pecuarios de la Dirección General de Negocios Agrarios del Ministerio de Agricultura y Riego, las funciones de Director General de la mencionada Dirección General, a partir del 31 de enero de 2015 y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 5.- El funcionario cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberá presentar al Titular del Sector un informe detallado sobre las actividades y resultados de su participación, dentro de los quince (15) días posteriores a su retorno al país. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1192887-1 Renuevan reserva de recursos hídricos otorgada por R.J. Nº 303-2010-ANA al Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes y prorrogan reserva de aguas provenientes del río Tumbes RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 024-2015-ANA Expediente : CUT - 75003 – 2014 Materia : Prórroga la Reserva de Recursos Hídricos Solicitante : Proyecto Especial Binacional Puyango- Tumbes Lima, 26 de enero de 2015VISTOS:Los O fi cios Nº 0529/2014-MINAGRI-PEBPT-DE y Nº 0747/2014-MINAGRI-PEBPT-DE/D.EST, mediante el cual el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Binacional Puyango - Tumbes, solicitó la actualización de la reserva de recursos hídricos; y, CONSIDERANDO: Que, según los artículos 15º y 103º de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, la Autoridad Nacional del Agua tiene como función, aprobar previo estudio técnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando así lo requiera el interés de la Nación; Que, el numeral 206.2 del artículo 206º, concordante con el artículo 207º del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, señala que para el otorgamiento de la reserva de recursos hídricos se deberá contar con la declaración de interés nacional o regional del proyecto y la opinión favorable previa de los sectores públicos correspondientes a las actividades a las cuales se destinará el futuro uso del agua; Que, asimismo, el numeral 208.1 del artículo 208º, concordante con el numeral 206.3 del artículo 206º del citado Reglamento, dispone que la reserva de recursos hídricos se otorga por un periodo máximo de dos años prorrogables mientras subsistan las causas que la motivan. Esta reserva no faculta el uso del agua;