Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2015 (02/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano Lunes 2 de febrero de 2015

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Que, la Ley Nº 28212, senala la jerarquia y remuneraciones de los altos funcionarios y autoridades del Estado y el articulo 4 inciso "e", establece que los alcaldes provinciales y distritales reciben una remuneracion mensual, que es fijada por el concejo municipal correspondiente, en proporcion a la poblacion electoral de su circunscripcion hasta un MORDAZA de cuatro un MORDAZA de la Unidad Remunerativa del Sector Publico - URSP por todo concepto y con respecto a las dietas a percibir por los regidores, en el articulo 5 inciso 1, senala que las mismas seran las que fijen los respectivos concejos municipales, sin superar el treinta por ciento (30%) de la remuneracion mensual del MORDAZA, porcentaje que fue ratificado por el Decreto de Urgencia Nº 038-2006 que modifica el articulo 5 de la Ley Nº 28212; Que, el Decreto Supremo Nº 055-2014-PCM, ha fijado la Unidad de Ingreso del Sector Publico, correspondiente para el Ano 2015 en S/. 2,600.00. (dos mil seiscientos y 00/100 nuevos soles); Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 002 del 18 de enero de 2011, se aprobo fijar la remuneracion mensual del senor MORDAZA de la Provincia Constitucional del Callao en S/. 11,050.00 (once mil cincuenta y 00/100 nuevos soles) y fijar el monto de la dieta de los senores regidores en S/. 1,657.50 (mil seiscientos cincuenta y siete y 50/100 nuevos soles), por la asistencia efectiva a cada sesion, siendo un MORDAZA de dos sesiones al mes por las que percibiran dietas, cuyo total equivale al 30% de la remuneracion mensual del senor MORDAZA Provincial del Callao, montos que se han mantenido vigentes en el periodo 2011-2014; Que, mediante el Memorando Nº 054-2015MPC/GGPPR, la Gerencia General de Planeamiento Presupuesto y Racionalizacion senala que en el Presupuesto Institucional de Apertura del ano 2015, aprobado por Acuerdo de Concejo Nº 119-2014 del 26 de diciembre de 2014, se ha previsto financiar la remuneracion del senor MORDAZA, por el importe de S/. 11,050.00 conforme a la comunicacion de la Gerencia de Personal contenida en el Informe Nº 1017-2014 MPC/GGA-GP; asimismo se ha programado la asignacion para el pago de dietas de los senores regidores para el presente ejercicio fiscal; Que, el Memorando Nº 024-2015-MPC-GGAJC de la la Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion opina sobre la remuneracion del senor MORDAZA y la dieta de los senores regidores citando la Ley que regula los ingresos de los altos funcionarios, autoridades del Estado y dicta otras medidas, Ley Nº 28212, indicando que el monto correspondiente al senor MORDAZA debera ser de S/. 11,050.00 por todo concepto y 30% correspondiente a la dieta de los senores regidores; Que, en la sesion de la fecha, el senor MORDAZA propuso mantener los mismos montos de remuneracion mensual que viene percibiendo en el periodo 2011-2014 y, en base a la misma, fijar las mismas condiciones de las dietas para los senores regidores en el periodo 2015-2018, lo cual fue asi debatido y votado; Estando a lo expuesto y de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972; ACUERDA: 1. Mantener la remuneracion mensual del senor MORDAZA de la Provincia Constitucional del Callao en S/. 11,050.00 (once mil cincuenta y 00/100 nuevos soles). 2. Mantener, asimismo, el monto de la dieta de los senores regidores en S/. 1,657.50 (mil seiscientos cincuenta y siete y 50/100 nuevos soles), por la asistencia efectiva a cada sesion, siendo un MORDAZA de dos sesiones al mes por las que percibiran dietas, cuyo total equivale al 30% de la remuneracion mensual del senor MORDAZA Provincial del Callao. 3. Publicar el presente Acuerdo en el diario oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Provincial del Callao: www.municallao.gob.pe 4. Dispensar el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Callao 1195449-1

Que la Municipalidad de Chorrillos, tiene a bien realizar un beneficio Tributario y Administrativo, a fin que los contribuyentes puedan regularizar sus deudas respecto a los Tributos como el Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y cualquier otra deuda de caracter tributario o administrativo. Estos beneficios, deben ser aprobados en ejercicio de las facultades conferidas al Concejo, por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 en los incisos 8) y 9) del Articulo 9º, con el MORDAZA de los senores miembros del Concejo Municipal mediante ORDENANZA, con los articulos que se mencionan a continuacion: Articulo 1°.- Establecer los incentivos tributarios para el pronto pago de Arbitrios Municipales e Impuesto Predial del ejercicio 2015 a cargo de la Municipalidad Distrital de Chorrillos. Articulo 2°.- En cuanto al Regimen de incentivos, los contribuyentes podran optar por acogerse a los descuentos por pronto pago, bajo la modalidad siguiente: a) 5% de descuento de la tasa de arbitrios municipales, cuando el contribuyente cumplan con cancelar el total del impuesto predial y tasa de arbitrios hasta el 30 de MORDAZA 2015. b) 10% de descuento de la tasa de arbitrios municipales, cuando el contribuyente cumplan con cancelar el total del impuesto predial y tasa de arbitrios hasta el 31 de marzo 2015. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primero.- Facultese al MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Chorrillos para que mediante Decreto de Alcaldia disponga las medidas complementarias y ampliatorias para la ejecucion de la presente Ordenanza. Segundo.- Encargar a la Gerencia de Rentas y Sub Gerencia de Administracion Tributaria el cumplimiento de lo dispuesto de la presente Ordenanza, a la Sub Gerencia de Informatica su debida implementacion en el sistema informatico, y a la Gerencia de Administracion y Finanzas, la correspondiente publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MIYASHIRO YAMASHIRO MORDAZA 1195233-2

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Precisan montos de remuneracion del MORDAZA y de dietas de Regidores
ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-2015 Callao, 16 de enero de 2015 El Concejo Provincial del Callao, visto en Sesion Ordinaria celebrada en la fecha, con el MORDAZA UNANIME del Cuerpo de Regidores y en uso de las facultades conferidas al Concejo por la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 y su Reglamento de Organizacion Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 0000342004; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, en su articulo 9, inciso 28 establece que corresponde al Concejo Municipal aprobar la remuneracion del MORDAZA y el articulo 12, senala que las dietas se MORDAZA por asistencia efectiva a las sesiones; asimismo, el articulo 21 senala que el cargo de MORDAZA Provincial es rentado y su remuneracion mensual se fija por Acuerdo de Concejo municipal dentro del primer trimestre del primer ano de gestion, acuerdo que debe ser publicado obligatoriamente;

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