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El Peruano Lunes 2 de febrero de 2015 546049 Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe N. ° 01-2015- SUNAT/5C4000 de fecha 20 de enero de 2015, resulta necesario autorizar la participación de la trabajadora María Ysabel Frassinetti Ybargüen, Intendente Nacional de Técnica Aduanera; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N.° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N.° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de la trabajadora María Ysabel Frassinetti Ybargüen del 10 al 14 de febrero de 2015, para participar en el citado evento; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N. os 27619 y 29816, el Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la trabajadora María Ysabel Frassinetti Ybargüen, Intendente Nacional de Técnica Aduanera del 10 al 14 de febrero de 2015, para participar en la Tercera Reunión del Grupo de Trabajo del AFC (GTAFC) de la OMA, que se llevará a cabo en la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, los días 12 y 13 de febrero de 2015. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2015 de la SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señora María Ysabel Frassinetti YbargüenPasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US $ 2 359,65Viáticos US $ 1 620,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada trabajadora deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la trabajadora cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese.TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 1195712-1SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Designan responsables titular y suplente de brindar información de acceso al público en el marco del TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 015-2015-SUSALUD/S Lima, 27 de enero de 2015CONSIDERANDO:Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, establece en su artículo 1º, como fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información como un derecho; Que, en el artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública dispone que toda información que posea el Estado se presume pública, salvo las excepciones expresas determinadas por norma; asimismo establece que las entidades públicas designarán al funcionario responsable de entregar la información solicitada, con las funciones que le asigna el artículo 5° del citado reglamento; Que, asimismo los artículos 3º y 4º del Reglamento de la Ley Nº 27806, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, y modi fi cado por Decreto Supremo N° 070-2013-PCM; establecen que es obligación de la máxima autoridad de la entidad designar al funcionario responsable de entregar la información de acceso público, mediante resolución que debe ser publicada en el Diario Ofi cial el Peruano y en lugar visible de cada una de sus sedes administrativas; Que, estando a la normativa señalada, mediante la Resolución de Superintendencia N° 002-2014-SUSALUD/S del 18 de Junio de 2014, se designó al señor médico cirujano César Augusto López Dávalos, encargado de las funciones de la Superintendencia Adjunta de Promoción y Protección de Derechos en Salud, como responsable titular de brindar información de acceso al público, en el marco del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 – Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por el Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM y modi fi cado por Decreto Supremo N° 070-2013-PCM, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 072-2003-PCM y modi fi cado por Decreto Supremo N° 070-2013-PCM. Que, asimismo mediante la misma Resolución se designó a la señora abogada Joanna Alvarado Barrón como responsable suplente, en caso de ausencia del titular, de brindar la información de acceso al público, a que se re fi ere el artículo primero de la presente resolución; Que, siendo necesario relevar al funcionario responsable de brindar información de acceso al público, en el marco de la citada Ley N° 27806, resulta pertinente designar para tal efecto al funcionario Germán Moisés Sipán Diaz, Asesor de la Secretaría General, como Responsable Titular y en su ausencia al señor Cresencio Chuqui Lucio, como suplente responsable de brindar dicha información por lo que corresponde dejar sin efecto la Resolución de Superintendencia N°002-2014-SUNASA/S del 18 de junio de 2014, y efectuar una nueva designación conforme a la normativa vigente; Con el visado del Secretario General y de la encargada de las Funciones de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; Estando a las facultades conferidas por el Decreto Legislativo N° 1158 y el literal x) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Superintendencia Nacional de Salud; SE RESUELVE:Primero.- DESIGNAR, al señor Periodista Germán Moisés Sipán Díaz, Asesor de la Secretaría General,