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El Peruano Lunes 2 de febrero de 2015 546036 derivados de la misma; al haberse veri fi cado que cumple con los requisitos y condiciones establecidos en la Ley de Radio y Televisión, su Reglamento y el TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278 y su modi fi catoria y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC con sus modi fi catorias, el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modi fi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorización otorgada al señor LUIS DEMETRIO QUISPE CORDOVA mediante Resolución Viceministerial Nº 709-2011-MTC/03, a favor de la ASOCIACION CULTURAL BETHEL; conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión relacionados a dicha autorización. Articulo 2º.- Reconocer a la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 709-2011-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Articulo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fi nes de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.HENRRY ZAIRA ROJAS Viceministro de Comunicaciones (e) 1195220-1 Otorgan autorización a personas jurídica y naturales para prestar servicio de radiodifusión sonora comercial en localidades de los departamentos de La Libertad, Huancavelica, Cusco, Huánuco y San Martín RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 53-2015-MTC/03 Lima, 22 de enero del 2015VISTO, el Expediente Nº 2012-013139 presentado por la RADIO LA PODEROSA DEL DIAL S.R.L., sobre otorgamiento de autorización para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Cochorco (Aricapampa)-Pataz-Pias-Sartimbamba, departamento de La Libertad. CONSIDERANDO:Que, el artículo 14° de la Ley de Radio y Televisión – Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorización, la cual se otorga por Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo, el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión indica que la autorización es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para establecer un servicio de radiodifusión. Además, el citado artículo señala que la instalación de equipos en una estación de radiodifusión requiere de un Permiso, el mismo que es de fi nido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión;Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisión establece que otorgada la autorización para prestar el servicio de radiodifusión, se inicia un período de instalación y prueba que tiene una duración de doce (12) meses; Que, el artículo 48º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión señala que para obtener autorización para prestar el servicio de radiodifusión comunitaria, en zonas rurales, lugares de preferente interés social y localidades fronterizas se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompañar con la información y documentación que en dicho artículo se detalla; Que, con Resolución Viceministerial Nº 098-2004- MTC/03 y sus modi fi catorias, se aprobaron los Planes de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para las diversas localidades del departamento de La Libertad, entre las cuales se encuentra la localidad de Cochorco (Aricapampa)-Pataz-Pias-Sartimbamba, que fue incorporada a los referidos planes mediante Resolución Viceministerial Nº 070-2006-MTC/03; Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias de la localidad de Cochorco (Aricapampa)-Pataz-Pias-Sartimbamba, establece 0.5 KW. como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena. Asimismo, según la Resolución Ministerial Nº 207-2009-MTC/03, la misma que modi fi có las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadas mediante Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que operen en el rango mayor a 250 W. hasta 500 W. de e.r.p., en la dirección de máxima ganancia de antena, se clasi fi can como Estaciones de Servicio Primario Clase D3, consideradas de Baja Potencia; Que, en virtud a lo indicado, la RADIO LA PODEROSA DEL DIAL S.R.L. no se encuentra obligada a la presentación del Estudio Teórico de Radiaciones No Ionizantes, así como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, según se establece en el artículo 4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; Que, con Resolución Ministerial N° 718-2013- MTC/03, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 03 de diciembre de 2013, se aprobaron los criterios para la determinación de Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social; encargándose la publicación del listado de localidades cali fi cadas como áreas rurales o lugares de preferente interés social en la página web del Ministerio y su actualización semestral a la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; Que, de acuerdo al listado de localidades cali fi cadas como áreas rurales o lugares de preferente interés social publicado en la página web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, comprende en ellas a la localidad de Cochorco (Aricapampa)-Pataz-Pias-Sartimbamba, departamento de La Libertad considerada como Lugar de Preferente Interés Social; Que, con Informe Nº 2521-2014-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones señala que se considera viable otorgar la autorización solicitada por la RADIO LA PODEROSA DEL DIAL S.R.L. para la prestación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Cochorco (Aricapampa)-Pataz-Pias-Sartimbamba, departamento de La Libertad; en el marco del procedimiento para la prestación del servicio de radiodifusión en lugares de preferente interés social; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modi fi catorias, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de Cochorco (Aricapampa)-Pataz-Pias-Sartimbamba, aprobado por Resolución Viceministerial Nº 070-2006-MTC/03, la Resolución Ministerial Nº 718-2013-MTC/03 que aprobó los Criterios para la determinación de Áreas Rurales y Lugares de Preferente Interés Social, y sus modi fi catorias, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus modi fi catorias; y,