Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2015 (02/02/2015)


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derivados de la misma; al haberse verificado que cumple con los requisitos y condiciones establecidos en la Ley de Radio y Television, su Reglamento y el MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278 y su modificatoria y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC con sus modificatorias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0212007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la autorizacion otorgada al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante Resolucion Viceministerial Nº 709-2011MTC/03, a favor de la ASOCIACION CULTURAL BETHEL; conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion relacionados a dicha autorizacion. Articulo 2º.- Reconocer a la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, como titular de la autorizacion otorgada mediante Resolucion Viceministerial Nº 709-2011-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorizacion de enlaces auxiliares a la radiodifusion, asumiendo todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. HENRRY MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones (e) 1195220-1

El Peruano Lunes 2 de febrero de 2015

Otorgan autorizacion a personas juridica y naturales para prestar servicio de radiodifusion sonora comercial en localidades de los departamentos de La MORDAZA, Huancavelica, MORDAZA, MORDAZA y San MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 53-2015-MTC/03 MORDAZA, 22 de enero del 2015 VISTO, el Expediente Nº 2012-013139 presentado por la RADIO LA PODEROSA DEL DIAL S.R.L., sobre otorgamiento de autorizacion para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Cochorco (Aricapampa)-Pataz-Pias-Sartimbamba, departamento de La Libertad. CONSIDERANDO: Que, el articulo 14° de la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion, en cualquiera de sus modalidades, se requiere contar con autorizacion, la cual se otorga por Resolucion del Viceministro de Comunicaciones, segun lo previsto en el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC; Que, asimismo, el articulo 14º de la Ley de Radio y Television indica que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de radiodifusion. Ademas, el citado articulo senala que la instalacion de equipos en una estacion de radiodifusion requiere de un Permiso, el mismo que es definido como la facultad que otorga el Estado, a personas naturales o juridicas, para instalar en un lugar determinado equipos de radiodifusion;

Que, el articulo 26º de la Ley de Radio y Television establece que otorgada la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el articulo 48º del Reglamento de la Ley de Radio y Television senala que para obtener autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion comunitaria, en zonas rurales, lugares de preferente interes social y localidades fronterizas se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dicho articulo se detalla; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 098-2004MTC/03 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para las diversas localidades del departamento de La MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Cochorco (Aricapampa)-Pataz-Pias-Sartimbamba, que fue incorporada a los referidos planes mediante Resolucion Viceministerial Nº 070-2006-MTC/03; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias de la localidad de Cochorco (Aricapampa)-Pataz-PiasSartimbamba, establece 0.5 KW. como MORDAZA potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la direccion de MORDAZA ganancia de antena. Asimismo, segun la Resolucion Ministerial Nº 207-2009-MTC/03, la misma que modifico las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas mediante Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que operen en el rango mayor a 250 W. hasta 500 W. de e.r.p., en la direccion de MORDAZA ganancia de antena, se clasifican como Estaciones de Servicio Primario Clase D3, consideradas de Baja Potencia; Que, en virtud a lo indicado, la RADIO LA PODEROSA DEL DIAL S.R.L. no se encuentra obligada a la MORDAZA del Estudio Teorico de Radiaciones No Ionizantes, asi como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, segun se establece en el articulo 4º y el numeral 5.2 del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; Que, con Resolucion Ministerial N° 718-2013MTC/03, publicada en el diario oficial "El Peruano" el 03 de diciembre de 2013, se aprobaron los criterios para la determinacion de Areas Rurales y Lugares de Preferente Interes Social; encargandose la publicacion del listado de localidades calificadas como areas rurales o lugares de preferente interes social en la pagina web del Ministerio y su actualizacion semestral a la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; Que, de acuerdo al listado de localidades calificadas como areas rurales o lugares de preferente interes social publicado en la pagina web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, comprende en ellas a la localidad de Cochorco (Aricapampa)-Pataz-Pias-Sartimbamba, departamento de La MORDAZA considerada como Lugar de Preferente Interes Social; Que, con Informe Nº 2521-2014-MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones senala que se considera viable otorgar la autorizacion solicitada por la RADIO LA PODEROSA DEL DIAL S.R.L. para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Cochorco (Aricapampa)-Pataz-Pias-Sartimbamba, departamento de La Libertad; en el MORDAZA del procedimiento para la prestacion del servicio de radiodifusion en lugares de preferente interes social; De conformidad con la Ley de Radio y Television - Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y sus modificatorias, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de Cochorco (Aricapampa)-Pataz-Pias-Sartimbamba, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 070-2006-MTC/03, la Resolucion Ministerial Nº 718-2013-MTC/03 que aprobo los Criterios para la determinacion de Areas Rurales y Lugares de Preferente Interes Social, y sus modificatorias, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003MTC/03, y sus modificatorias; y,

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