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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (02/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Lunes 2 de febrero de 2015 546046 Televisión aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005- MTC, las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobado por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones; y, Con la opinión favorable de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar la autorización otorgada a la empresa RADIO HG AM SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, mediante Resolución Suprema Nº 043-84-COMS-DGCS y renovada con Resolución Viceministerial N° 456-2006-MTC/03, por el plazo de diez (10) años, el mismo que vencerá el 10 de mayo de 2024, para prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en Onda Media (OM), en la localidad de Cusco - Anta - Calca - Paruro - Urubamba - Pisac, departamento de Cusco. Artículo 2°.- Dentro de los sesenta (60) días de noti fi cada la presente Resolución, la titular de la autorización efectuará el pago correspondiente al derecho de renovación de autorización y deberá haber efectuado el pago del canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión. Artículo 3º.- La titular de la presente autorización está obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modi fi cado mediante Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual deberá adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estación radioeléctrica no excedan los valores establecidos como límites máximos permisibles fi jados, así como de efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Artículo 4°.- La titular de la autorización deberá cumplir con las disposiciones previstas en los literales a) y b) del artículo 38° del Marco Normativo General del Sistema de Comunicaciones de Emergencia, aprobado por Decreto Supremo N° 051-2010-MTC. Artículo 5º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones para las acciones que correspondan, de acuerdo a su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.HENRRY ZAIRA ROJAS Viceministro de Comunicaciones (e) 1195227-1 Reconocen a persona natural como titular de la autorización otorgada mediante la R.VM N° 936-2007-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 59-2015-MTC/03 Lima, 23 de enero del 2015VISTO, el escrito de registro N° 2013-061275 del 10 de octubre de 2013 sobre transferencia de autorización otorgada a la señora ROSARIO VIDAL HIDALGO a favor del señor DAVID HUAMAN CARRILLO; CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 936- 2007-MTC/03 del 19 de noviembre de 2007, se otorgó a la señora ROSARIO VIDAL HIDALGO autorización y permiso de instalación por el plazo de diez (10) años, que incluye un período de instalación y prueba de doce (12) meses improrrogable, para prestar el servicio de radiodifusión por televisión educativa en UHF, en la localidad de Ica, departamento de Ica; Que, con escrito de visto, la señora ROSARIO VIDAL HIDALGO solicitó la transferencia de su autorización a favor del señor DAVID HUAMAN CARRILLO; Que, el artículo 27° de la Ley de Radio y Televisión – Ley N° 28278, concordado con el artículo 73° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, establece que los derechos otorgados para la prestación del servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial, conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular de la autorización. Asimismo, señala que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada; Que, a su vez, el artículo 27° de la Ley de Radio y Televisión, concordado con los artículos 74° y 76° de su Reglamento, establecen las condiciones y requisitos aplicables a las solicitudes de transferencia de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión; Que, conforme a lo establecido en el artículo 77° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, “aprobada la transferencia y reconocido el nuevo titular, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización”; Que, mediante Informe N° 2430-2014-MTC/28, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones opina que al haber vencido el plazo de procedimiento de transferencia sin que la Administración aún emita pronunciamiento expreso, corresponde declarar aprobada al 21 de febrero de 2014, por aplicación del Silencio Administrativo Positivo (SAP), la transferencia de la autorización otorgada a la señora ROSARIO VIDAL HIDALGO, mediante la Resolución Viceministerial N° 936-2007-MTC/03, a favor del señor DAVID HUAMAN CARRILLO, reconociéndolo como su nuevo titular y asumiendo este los derechos y obligaciones derivadas de la referida autorización y otros procedimientos en trámite vinculado a tal autorización; De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley N° 28278 y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, la Ley del Silencio Administrativo, Ley N° 29060, la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444 y el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modificatorias; Con la opinión favorable de la Directora General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar aprobada al 21 de febrero de 2014, por aplicación del silencio administrativo positivo, la transferencia de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 936-2007-MTC/03 de titularidad de la señora ROSARIO VIDAL HIDALGO a favor del señor DAVID HUAMAN CARRILLO, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión relacionado a dicha autorización . Artículo 2º.- Reconocer al señor DAVID HUAMAN CARRILLO como titular de la autorización otorgada mediante Resolución Viceministerial Nº 936-2007-MTC/03, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, asumiendo éste todos los derechos y obligaciones derivados de la misma. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a la Dirección General de Control y Supervisión de Comunicaciones, para los fi nes de su competencia. Regístrese, comuníquese y publíquese.HENRRY ZAIRA ROJAS Viceministro de Comunicaciones (e) 1195228-1