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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (02/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 3

El Peruano Lunes 2 de febrero de 2015 546033 SALUD Designan Titular de la Unidad Ejecutora 022: Dirección de Salud II Lima Sur del Pliego 011: Ministerio de Salud RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 048-2015/MINSA Lima, 29 de enero del 2015Visto, el Expediente Nº 15-003663-002, que contiene los Informes Nº 030-2015-OGPP-OP/MINSA y Nº 037-2015-OGPP-OP/MINSA de la O fi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, este es competente, entre otros ámbitos, en salud de las personas, salud ambiental e inocuidad alimentaria, productos farmacéuticos y sanitarios, dispositivos médicos y establecimientos farmacéuticos, epidemias y emergencias sanitarias; Que, las Direcciones de Salud constituyen órganos desconcentrados del Ministerio de Salud que desarrollan funciones especí fi cas referidas a la regulación, supervisión, inspección y control del cumplimiento de las normas y procedimientos en materia de salud, bajo el ámbito de competencia del ministerio; Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1161, se faculta al Ministerio de Salud a dictar las disposiciones complementarias pertinentes para la adecuada implementación de dicha norma; Que, el artículo 58 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, dispone que las unidades ejecutoras se crean para el logro de objetivos y la contribución de la mejora de la calidad del servicio público, sujetándose a criterios de especialización funcional, cuando la entidad cuenta con una función relevante, cuya administración requiere independencia a fi n de garantizar su operatividad; así como de cobertura del servicio, cuando se constituye por la magnitud de la cobertura del servicio público que presta la entidad; Que, el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2012-EF, señala que la Unidad Ejecutora o la dependencia equivalente en las entidades, es la unidad encargada de conducir la ejecución de operaciones orientadas a la gestión de los fondos que administran, conforme a las normas y procedimientos del Sistema Nacional de Tesorería, y en tal sentido son responsables directas respecto de los ingresos y egresos que administran; Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 9 del Texto Único Ordenado de la ley citada en el considerando precedente, son responsables de la administración de los fondos públicos en las unidades ejecutoras y dependencias equivalentes en las entidades, el Director General de Administración o quien haga sus veces y el Tesorero, cuya designación debe ser acreditada ante la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante O fi cio Nº 094-2015-EF/13.01, el Ministerio de Economía y Finanzas remitió al Ministerio de Salud el Informe Nº 0008-2015-EF/50.06 de la Dirección General de Presupuesto Público, en el cual se señala que resulta viable la creación de la Unidad Ejecutora 022:Dirección de Salud II Lima Sur, al haberse veri fi cado el cumplimiento de los requisitos y criterios establecidos en la normatividad presupuestaria, conforme a lo establecido en el artículo 58 del Texto Único Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, en ese contexto, corresponde emitir el acto resolutivo correspondiente, mediante el cual se designa al titular de la Unidad Ejecutora 022: Dirección de Salud II Lima Sur del Pliego 011: Ministerio de Salud, a través de la cual se administran y ejecutan los recursos que fi nancian las actividades y funciones referidas a la regulación, supervisión, inspección y control del cumplimiento de las normas y procedimientos en materia de salud que desarrollan las Direcciones de Salud II Lima Sur y IV Lima Este, en su calidad de órganos desconcentrados del Ministerio de Salud; Estando a lo informado por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto mediante Informes Nº 030-2015-OGPP-OP/MINSA y Nº 037-2015-OGPP-OP/MINSA, y con el visado del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y de la Secretaría General; y, De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28693, Ley General del Sistema Nacional de Tesorería, y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designar como Titular de la Unidad Ejecutora 022: Dirección de Salud II Lima Sur del Pliego 011: Ministerio de Salud al Director General de la Dirección de Salud II Lima Sur. Artículo 2.- Disponer que a través de la Unidad Ejecutora 022: Dirección de Salud II Lima Sur del Pliego 011: Ministerio de Salud, se administran y ejecutan los recursos que fi nancian las actividades y funciones referidas a la regulación, supervisión, inspección y control del cumplimiento de las normas y procedimientos en materia de salud que desarrollan las Direcciones de Salud II Lima Sur y IV Lima Este, en su calidad de órganos desconcentrados del Ministerio de Salud. Artículo 3.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial a las Direcciones Generales de Presupuesto Público y de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, dentro de los cinco (5) días siguientes a su emisión. Artículo 4.- Encargar a la O fi cina General de Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob. pe/transparencia/normas.asp. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1195703-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a la empresa BAAB Comunicaciones Sociedad Anonima Cerrada concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 031-2015 MTC/03 Lima, 29 de enero de 2015VISTA, la solicitud presentada con Expediente N° 2014-065421, por la empresa BAAB COMUNICACIONES SOCIEDAD ANONIMA CERRADA sobre otorgamiento de concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, en todo el territorio de la República del Perú; precisando que el Servicio Público de Distribución de Radiodifusión por Cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, será el servicio a prestar inicialmente; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75° del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por