Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (02/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 5

El Peruano Lunes 2 de febrero de 2015 546035 educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Valle Amauta, departamento de Lima, a favor de la ASOCIACION CULTURAL BETHEL; Que, el artículo 27º de la Ley de Radio y Televisión, Ley N° 28278, establece que los derechos otorgados para la prestación de un servicio de radiodifusión son transferibles, previa aprobación del Ministerio, siempre que hayan transcurrido al menos dos (2) años contados a partir de la entrada en vigencia de la autorización y no se confi gure alguna de las causales establecidas en el artículo 23º de la Ley. Asimismo, dispone que las solicitudes de transferencia deben ser atendidas en un plazo máximo de noventa (90) días para emitir su pronunciamiento, transcurrido el cual, sin que se haya expedido resolución pronunciándose sobre la solicitud, el peticionario podrá considerarla aprobada; Que, a su vez, el artículo 73º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, dispone que la autorización, conjuntamente con los permisos, licencias y autorización de enlaces auxiliares a la radiodifusión, podrán ser transferidos, previa aprobación del Ministerio, mediante Resolución Viceministerial conteniendo además el reconocimiento del nuevo titular; Que, conforme a lo establecido en el artículo 77° del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, con el reconocimiento del nuevo titular de la autorización, éste asume de pleno derecho, todas las obligaciones y derechos derivados de la autorización; Que, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 0034-2015-MTC/28 opina que corresponde aprobar la transferencia de la autorización otorgada por Resolución Viceministerial N° 709-2011-MTC/03 al señor LUIS DEMETRIO QUISPE CORDOVA, a favor de la ASOCIACION CULTURAL BETHEL, para la prestación del servicio de radiodifusión sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Valle Amauta, departamento de Lima; y, reconocer a esta última como nueva titular de dicha autorización, asumiendo los derechos y obligaciones