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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (05/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 6

El Peruano Jueves 5 de febrero de 2015 546148 así proceder con la elaboración de la propuesta técnica para la declaratoria de Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, del referido inmueble. Esta propuesta técnica se fundamenta en lo siguiente: - El inmueble ubicado en la calle General Isaac Recavarren N° 550-560, distrito de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima, corresponde a la tipología de rancho tradicional transformado, y data del año 1921, originalmente destinada a vivienda, con jardín exterior e interior, de diseño sencillo en sus ambientes de líneas rectas, dispuestos de manera sucesiva, existiendo sólo un pequeño volumen sobresaliente de la fachada, el cual presenta discreta ornamentación. - Respecto a su fábrica, se ha constatado que mantiene los muros de adobe de los ambientes, sus techos de estructura de madera, sus cielos rasos y la carpintería de puertas, ventanas y farolas. En el caso de los pisos se conservan aquellos de losetas del ingreso, del pórtico y de la terraza posterior, así como el piso de madera machihembrada de pino oregón en dos ambientes de la banda lateral izquierda. - El inmueble posee valor arquitectónico al constituir un ejemplo de arquitectura sencilla y representativa, que forma parte del contexto histórico del distrito de Mirafl ores; además presenta valor tecnológico evidenciado por el sistema constructivo utilizado en su época y, la permanencia en su gran mayoría, de sus materiales de construcción; Que, en los Informe N° 806 y 898-2014-DPHI- DGPC/MC del 22 de octubre y 1 de diciembre del 2014, el Director de Patrimonio Histórico Inmueble manifi esta que el inmueble del presente procedimiento, presenta características que demuestran su signifi cado, importancia y valor cultural relevante, que amerita proponer su declaración como Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, indicando además, que corresponde a la “categoría de 3er Orden”, conforme a la Norma A.140 del Reglamento Nacional de Edifi caciones; Que, con fecha 25 de noviembre del 2014, se remitieron los Ofi cios N° 293 y 294-2014-DGPC-VMPCIC/ MC, tanto a la Municipalidad Metropolitana de Lima como a la Municipalidad Distrital de Mirafl ores, respectivamente, comunicando el inicio del procedimiento de declaración como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, del inmueble en mención; así como las conclusiones de la Propuesta Técnica elaborada por la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble, con la fi nalidad que puedan presentar los argumentos que estimen pertinentes; Que, en este contexto, la Dirección General de Patrimonio Cultural eleva al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la propuesta de declaración de Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación del referido inmueble, en razón a su importancia, valor y signifi cado cultural del bien; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.2 del artículo 6 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, la Propuesta Técnica forma parte de la presente Resolución desde que detalla las características, importancia, valor y signifi cado del referido inmueble; Con el visado de la Directora General (e) de Patrimonio Cultural, la Directora (e) de Patrimonio Histórico Inmueble y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444; Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, Ley Nº 28296, Ley de Creación del Ministerio de Cultura, Ley N° 29565; el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED; la Norma A.140 del Reglamento Nacional de Edifi caciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Declarar Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, al inmueble ubicado en la calle General Isaac Recavarren N° 550-560, distrito de Mirafl ores, provincia y departamento de Lima. Artículo 2°.- Establecer que cualquier intervención al bien cultural declarado en el artículo precedente, deberá contar con autorización previa del Ministerio de Cultura, sin perjuicio de las competencias propias de cada sector involucrado; bajo responsabilidad administrativa, civil y/o penal a que hubiere lugar. Artículo 3°.- Disponer que, para fi nes de tramitación de procedimientos administrativos sancionadores iniciados por el Ministerio de Cultura, por infracciones administrativas a la Ley N° 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación, cometidas contra el inmueble declarado en la presente Resolución, la categoría asignada a este Monumento, corresponde a la de “3er Orden”. Artículo 4°.- Encargar a la Dirección de Patrimonio Histórico Inmueble del Ministerio de Cultura la inscripción en Registros Públicos de la presente declaración señalada en el artículo 1° de la presente Resolución. Artículo 5°.- Notifi car la presente Resolución a la Asociación Campo Abierto Club de Arte y Cultura, y a la Municipalidad Distrital de Mirafl ores, para los fi nes pertinentes. Artículo 6º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y la difusión de la Propuesta Técnica de la declaratoria y la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS JAIME CASTILLO BUTTERS Viceministro de Cultura e Industrias Culturales 1197179-1 DEFENSA Designan Jefe de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 038-2015-DE/FAP Lima, 4 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1128, se crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, como organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Defensa, encargada de planifi car, organizar y ejecutar el Plan Estratégico de Compras del Sector Defensa, así como los procesos de contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorías a su cargo, en el mercado nacional y extranjero; Que, el artículo 6º del citado Decreto Legislativo establece que la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas está a cargo de un Jefe, designado por Resolución Suprema con el refrendo del Ministro de Defensa, quien será la máxima autoridad ejecutiva y administrativa de la entidad; Que, asimismo, el artículo 7º de la referida norma, concordante con el artículo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-DE, precisa los requisitos para ser designado como Jefe de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas; Que, el artículo 14º de la Ley Nº 28359 “Ley de Situación Militar de los Ofi ciales de las Fuerzas Armadas”, modifi cado por el artículo 1º del Decreto Legislativo Nº 1143 del 11 de diciembre de 2012, establece que el empleo constituye el desempeño personal de una función real y efectiva que se encomienda al Ofi cial; Que, el artículo 15º inciso A) del citado dispositivo legal, establece que el nombramiento y asignación en el empleo de los Ofi ciales Generales se efectúa mediante Resolución Suprema, a propuesta del Comandante General de la Institución correspondiente; Que, mediante la Resolución Suprema Nº 792-2014- DE/FAP, del 30 de diciembre de 2014, se resolvió nombrar