Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2015 (05/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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asi proceder con la elaboracion de la propuesta tecnica para la declaratoria de Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion, del referido inmueble. Esta propuesta tecnica se fundamenta en lo siguiente: - El inmueble ubicado en la MORDAZA General MORDAZA Recavarren N° 550-560, distrito de Miraflores, provincia y departamento de MORDAZA, corresponde a la tipologia de rancho tradicional transformado, y data del ano 1921, originalmente destinada a vivienda, con jardin exterior e interior, de diseno sencillo en sus ambientes de lineas rectas, dispuestos de manera sucesiva, existiendo solo un pequeno volumen sobresaliente de la fachada, el cual presenta discreta ornamentacion. - Respecto a su fabrica, se ha constatado que mantiene los muros de adobe de los ambientes, sus techos de estructura de MORDAZA, sus cielos rasos y la carpinteria de puertas, ventanas y farolas. En el caso de los pisos se conservan aquellos de losetas del ingreso, del portico y de la terraza posterior, asi como el piso de MORDAZA machihembrada de MORDAZA MORDAZA en dos ambientes de la banda lateral izquierda. - El inmueble posee valor arquitectonico al constituir un ejemplo de arquitectura sencilla y representativa, que forma parte del contexto historico del distrito de Miraflores; ademas presenta valor tecnologico evidenciado por el sistema constructivo utilizado en su epoca y, la permanencia en su gran mayoria, de sus materiales de construccion; Que, en los Informe N° 806 y 898-2014-DPHIDGPC/MC del 22 de octubre y 1 de diciembre del 2014, el Director de Patrimonio Historico Inmueble manifiesta que el inmueble del presente procedimiento, presenta caracteristicas que demuestran su significado, importancia y valor cultural relevante, que amerita proponer su declaracion como Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion, indicando ademas, que corresponde a la "categoria de 3er Orden", conforme a la MORDAZA A.140 del Reglamento Nacional de Edificaciones; Que, con fecha 25 de noviembre del 2014, se remitieron los Oficios N° 293 y 294-2014-DGPC-VMPCIC/ MC, tanto a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA como a la Municipalidad Distrital de Miraflores, respectivamente, comunicando el inicio del procedimiento de declaracion como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion, del inmueble en mencion; asi como las conclusiones de la Propuesta Tecnica elaborada por la Direccion de Patrimonio Historico Inmueble, con la finalidad que puedan presentar los argumentos que estimen pertinentes; Que, en este contexto, la Direccion General de Patrimonio Cultural eleva al Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la propuesta de declaracion de Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion del referido inmueble, en razon a su importancia, valor y significado cultural del bien; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6.2 del articulo 6 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444, la Propuesta Tecnica forma parte de la presente Resolucion desde que detalla las caracteristicas, importancia, valor y significado del referido inmueble; Con el visado de la Directora General (e) de Patrimonio Cultural, la Directora (e) de Patrimonio Historico Inmueble y de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444; Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion, Ley Nº 28296, Ley de Creacion del Ministerio de Cultura, Ley N° 29565; el Reglamento de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nacion aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2006-ED; la MORDAZA A.140 del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobado por el Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Declarar Monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion, al inmueble ubicado en

El Peruano Jueves 5 de febrero de 2015

la MORDAZA General MORDAZA Recavarren N° 550-560, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima. Articulo 2°.- Establecer que cualquier intervencion al bien cultural declarado en el articulo precedente, debera contar con autorizacion previa del Ministerio de Cultura, sin perjuicio de las competencias propias de cada sector involucrado; bajo responsabilidad administrativa, civil y/o penal a que hubiere lugar. Articulo 3°.- Disponer que, para fines de tramitacion de procedimientos administrativos sancionadores iniciados por el Ministerio de Cultura, por infracciones administrativas a la Ley N° 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nacion, cometidas contra el inmueble declarado en la presente Resolucion, la categoria asignada a este Monumento, corresponde a la de "3er Orden". Articulo 4°.- Encargar a la Direccion de Patrimonio Historico Inmueble del Ministerio de Cultura la inscripcion en Registros Publicos de la presente declaracion senalada en el articulo 1° de la presente Resolucion. Articulo 5°.- Notificar la presente Resolucion a la Asociacion MORDAZA Abierto Club de Arte y Cultura, y a la Municipalidad Distrital de Miraflores, para los fines pertinentes. Articulo 6º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y la difusion de la Propuesta Tecnica de la declaratoria y la presente Resolucion en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BUTTERS Viceministro de Cultura e Industrias Culturales 1197179-1

DEFENSA
Designan Jefe de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas
RESOLUCION SUPREMA Nº 038-2015-DE/FAP MORDAZA, 4 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1128, se crea la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, como organismo publico ejecutor adscrito al Ministerio de Defensa, encargada de planificar, organizar y ejecutar el Plan Estrategico de Compras del Sector Defensa, asi como los procesos de contrataciones de bienes, servicios, obras y consultorias a su cargo, en el MORDAZA nacional y extranjero; Que, el articulo 6º del citado Decreto Legislativo establece que la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas esta a cargo de un Jefe, designado por Resolucion Suprema con el refrendo del Ministro de Defensa, quien sera la MORDAZA autoridad ejecutiva y administrativa de la entidad; Que, asimismo, el articulo 7º de la referida MORDAZA, concordante con el articulo 6º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2013-DE, precisa los requisitos para ser designado como Jefe de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas; Que, el articulo 14º de la Ley Nº 28359 "Ley de Situacion Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas", modificado por el articulo 1º del Decreto Legislativo Nº 1143 del 11 de diciembre de 2012, establece que el empleo constituye el desempeno personal de una funcion real y efectiva que se encomienda al Oficial; Que, el articulo 15º inciso A) del citado dispositivo legal, establece que el nombramiento y asignacion en el empleo de los Oficiales Generales se efectua mediante Resolucion Suprema, a propuesta del Comandante General de la Institucion correspondiente; Que, mediante la Resolucion Suprema Nº 792-2014DE/FAP, del 30 de diciembre de 2014, se resolvio nombrar

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