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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (05/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 16

El Peruano Jueves 5 de febrero de 2015 546158 1057, que ejercerá las funciones de coordinación comunal en las instituciones educativas reconocidas como CRFA, y el pago de seis (6) horas adicionales a favor de los profesores contratados que laboran en dichos centros; Que, para tal fi n se adjuntan los Informes Nºs 3062 y 3063-2014-MINEDU/VMGP/DIGEBR-DES de la Dirección de Educación Secundaria de la Dirección General de Educación Básica Regular del Ministerio de Educación, a través de los cuales se sustenta y determina el monto a transferirse a favor de determinados Gobiernos Regionales, para fi nanciar la citada contratación del personal para ejercer las funciones de coordinación comunal, y el incremento de seis (6) horas adicionales a favor de los profesores contratados que laboran en las instituciones educativas reconocidas como CRFA; asimismo, señala que se ha verifi cado el cumplimiento de lo dispuesto en el último párrafo del numeral 18.2 del artículo 18 de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015. Finalmente, la Unidad de Presupuesto de la Secretaría de Planifi cación Estratégica de dicho Ministerio, a través del Informe Nº 006-2015-MINEDU/SPE-UP, señala que en el presupuesto institucional del pliego 010: Ministerio de Educación, Unidad Ejecutora 026: Programa Educación Básica para Todos, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con recursos disponibles para ser transferidos a favor de determinados Pliegos Gobiernos Regionales para fi nanciar el pago de los conceptos antes citados; Que, de acuerdo a la información registrada en el “Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público” y la base de datos remitida por el Ministerio de Educación, el monto a transferir a determinados los pliegos Gobiernos Regionales asciende a la suma de TRES MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ 3 715 503,00), para fi nanciar la contratación de personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 que ejercerá las funciones de coordinación comunal en las instituciones educativas reconocidas como CRFA y el pago de seis (6) horas adicionales a favor de los profesores contratados que laboran en dichos centros; Que, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, hasta por la suma de TRES MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ 3 715 503,00), del pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de los pliegos Gobiernos Regionales, para fi nanciar la contratación de personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 que ejercerá las funciones de coordinación comunal en las instituciones educativas reconocidas como (CRFA) y el pago de seis (6) horas adicionales a favor de los profesores contratados que laboran en dichos centros; De conformidad con la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; DECRETA: Artículo 1º.- Objeto 1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, del pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de determinados pliegos Gobiernos Regionales, hasta por la suma de TRES MILLONES SETECIENTOS QUINCE MIL QUINIENTOS TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/ 3 715 503,00), para fi nanciar la contratación de personal bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057 que ejercerá las funciones de coordinación comunal en las instituciones educativas reconocidas como Centros Rurales de Formación en Alternancia (CRFA), y el pago de seis (6) horas adicionales a favor de los profesores contratados que laboran en dichos centros, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 010 : Ministerio de Educación UNIDAD EJECUTORA 026 : Programa Educación Básica para todos PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas ACTIVIDAD 5003109 : Contratación oportuna y pago de personal de las instituciones educativas de educación secundaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 1 275 504,00 2.3 Bienes y Servicios 2 439 999,00 TOTAL EGRESOS 3 715 503,00 A LA: En Nuevos Soles SECCION SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO : Gobiernos Regionales PROGRAMA PRESUPUESTAL 0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la Educación Básica Regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas ACTIVIDAD 5003109 : Contratación oportuna y pago de personal de las instituciones educativas de educación secundaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 1 275 504,00 2.3 Bienes y Servicios 2 439 999,00 TOTAL EGRESOS 3 715 503,00 1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego, se consignan en el Anexo “Transferencia de recursos para fi nanciar la contratación de coordinadores comunales y para el pago de 6 horas adicionales a los docentes contratados en los CRFA” que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual se publica en los Portales Institucionales del Ministerio de Educación (www. minedu.gob.pe) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 2º.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitador y habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público, las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirán a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo. Artículo 3º.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo