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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE FEBRERO DEL AÑO 2015 (05/02/2015)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 19

El Peruano Jueves 5 de febrero de 2015 546161 Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 18 de diciembre de 2014, declaró procedente la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana ROSA YUPANQUI MENDOZA, para ser procesada por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas, en agravio del Estado peruano (Expediente Nº 178 - 2014); Que, el literal “a” del artículo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 017-2015/COE-TC, del 23 de enero de 2015, en el sentido de acceder a la solicitud de extradición; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Ofi cial; De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Reino de España, suscrito en la ciudad de Madrid, el 28 de junio de 1989 y su Enmienda, ratifi cada por Decreto Supremo Nº 070-2011-RE del 02 de junio de 2011, vigente desde el 09 de julio de 2011; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición activa de la ciudadana peruana ROSA YUPANQUI MENDOZA, formulada por el Séptimo Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para que sea procesada por la presunta comisión del delito contra la Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas, en agravio del Estado peruano y disponer su presentación por vía diplomática al Reino de España, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1197256-7 RELACIONES EXTERIORES Remiten al Congreso de la República documentación relativa a la “Convención para la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros de Alta Mar del Océano Pacífico Sur” RESOLUCIÓN SUPREMA N° 013-2015-RE Lima, 4 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que, la “Convención para la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros de Alta Mar del Océano Pacífi co Sur” fue fi rmada el 14 de noviembre de 2009 en la ciudad de Auckland, Nueva Zelanda, y suscrita por la República del Perú el 20 de abril de 2010; Que, es conveniente a los intereses del Perú la aprobación del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 56° y 102° inciso 3° de la Constitución Política del Perú y el primer párrafo del artículo 2º de la Ley N°. 26647, que disponen la aprobación legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; RESUELVE: Artículo 1°.- Remítase al Congreso de la República, la documentación relativa a la “Convención para la Conservación y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros de Alta Mar del Océano Pacífi co Sur”, fi rmada el 14 de noviembre de 2009 en la ciudad de Auckland, Nueva Zelanda, y suscrita por la República del Perú el 20 de abril de 2010. Artículo 2°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la señora Presidenta del Consejo de Ministros y el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ANA JARA VELÁSQUEZ Presidenta del Consejo de Ministros GONZALO GUTIÉRREZ REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1197256-6 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban homologación de equipos para control oficial de límites máximos permisibles de emisión de contaminantes a favor de la Empresa Importadora de Maquinaria y Servicio Automotriz Perú S.A.C. RESOLUCION DIRECTORAL N° 695-2014-MTC/16 Lima, 22 de diciembre de 2014 Vista, la Carta S/N de fecha 01/12/2014 con P/D N° 219707 presentada por la EMPRESA IMPORTADORA DE MAQUINARIA Y SERVICIO AUTOMOTRIZ PERU S.A.C. - EIMMASA PERU S.A.C., para que se le apruebe la homologación del equipo: ANALIZADOR DE GASES: Marca: MAHA, Modelo: MGT5, Tipo: Portátil, Procedencia: Alemana y del Equipo: OPACIMETRO, Marca: MAHA, Modelo: MDO2, Tipo: Portátil, Procedencia: Alemana, para la medición de emisiones contaminantes; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se determinan las funciones y la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, la Dirección General de Asuntos Socio Ambientales se encarga de velar por el