Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 2015 (05/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano Jueves 5 de febrero de 2015

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CONSIDERANDO: Que, la "Convencion para la Conservacion y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros de Alta Mar del MORDAZA MORDAZA Sur" fue firmada el 14 de noviembre de 2009 en la MORDAZA de Auckland, Nueva Zelanda, y suscrita por la Republica del Peru el 20 de MORDAZA de 2010; Que, es conveniente a los intereses del Peru la aprobacion del citado instrumento internacional; Que, de conformidad con lo dispuesto en los articulos 56° y 102° inciso 3° de la Constitucion Politica del Peru y el primer parrafo del articulo 2º de la Ley N°. 26647, que disponen la aprobacion legislativa de los Tratados celebrados por el Estado peruano; RESUELVE: Articulo 1°.- Remitase al Congreso de la Republica, la documentacion relativa a la "Convencion para la Conservacion y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros de Alta Mar del MORDAZA MORDAZA Sur", firmada el 14 de noviembre de 2009 en la MORDAZA de Auckland, Nueva Zelanda, y suscrita por la Republica del Peru el 20 de MORDAZA de 2010. Articulo 2°.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la senora Presidenta del Consejo de Ministros y el senor Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1197256-6

Supremo Nº 017-93-JUS, las MORDAZA Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en merito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante Resolucion Consultiva de fecha 18 de diciembre de 2014, declaro procedente la solicitud de extradicion activa de la ciudadana peruana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para ser procesada por la presunta comision del delito contra la Salud Publica Trafico Ilicito de Drogas, en agravio del Estado peruano (Expediente Nº 178 - 2014); Que, el literal "a" del articulo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a traves del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradicion activa formulado por el organo jurisdiccional competente; Que, la Comision Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinion correspondiente mediante el Informe Nº 017-2015/COE-TC, del 23 de enero de 2015, en el sentido de acceder a la solicitud de extradicion; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 514º del Codigo Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradicion, pasiva o activa, mediante Resolucion Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comision Oficial; De conformidad con el Tratado de Extradicion entre la Republica del Peru y el Reino de Espana, suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, el 28 de junio de 1989 y su Enmienda, ratificada por Decreto Supremo Nº 070-2011-RE del 02 de junio de 2011, vigente desde el 09 de MORDAZA de 2011; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Acceder a la solicitud de extradicion activa de la ciudadana peruana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formulada por el MORDAZA Juzgado Penal de la Corte Superior de Justicia del Callao y declarada procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, para que sea procesada por la presunta comision del delito contra la Salud Publica - Trafico Ilicito de Drogas, en agravio del Estado peruano y disponer su MORDAZA por via diplomatica al Reino de Espana, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos MORDAZA MORDAZA REINEL Ministro de Relaciones Exteriores 1197256-7

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Aprueban homologacion de equipos para control oficial de limites maximos permisibles de emision de contaminantes a favor de la Empresa Importadora de Maquinaria y Servicio Automotriz Peru S.A.C.
RESOLUCION DIRECTORAL N° 695-2014-MTC/16 MORDAZA, 22 de diciembre de 2014 Vista, la Carta S/N de fecha 01/12/2014 con P/D N° 219707 presentada por la EMPRESA IMPORTADORA DE MAQUINARIA Y SERVICIO AUTOMOTRIZ PERU S.A.C. - EIMMASA PERU S.A.C., para que se le apruebe la homologacion del equipo: ANALIZADOR DE GASES: Marca: MORDAZA, Modelo: MGT5, Tipo: Portatil, Procedencia: Alemana y del Equipo: OPACIMETRO, Marca: MORDAZA, Modelo: MDO2, Tipo: Portatil, Procedencia: Alemana, para la medicion de emisiones contaminantes; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, se determinan las funciones y la estructura organica basica del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, la Direccion General de Asuntos Socio Ambientales se encarga de velar por el

RELACIONES EXTERIORES
Remiten al Congreso de la Republica documentacion relativa a la "Convencion para la Conservacion y Ordenamiento de los Recursos Pesqueros de Alta Mar del MORDAZA MORDAZA Sur"
RESOLUCION SUPREMA N° 013-2015-RE MORDAZA, 4 de febrero de 2015

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