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El Peruano Sábado 28 de febrero de 2015 547697 al Presidente del Consejo Directivo designar y remover a los funcionarios y asesores de la Entidad; Que, encontrándose vacante el cargo de Jefe de la Ofi cina de Administración del OEFA resulta necesario emitir el acto de administración mediante el cual se designe al funcionario que desempeñará dicho cargo; Contando con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en los Literales e) y t) del Artículo 15° del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar al ingeniero EDWIN LUIS REVILLA GARCÍA en el cargo de Jefe de la Ofi cina de Administración del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, con efectividad a partir del día 2 de marzo del 2015. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.oefa.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO RAMIRO GÓMEZ APAC Presidente del Consejo Directivo 1205506-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Autorizan viaje de trabajador de la SUNAT a Panamá, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 061-2015/SUNAT Lima, 26 de febrero de 2015 CONSIDERANDO: Que mediante correos electrónicos de fechas 7 de enero y 6 de febrero de 2015, la Dirección de Operaciones y Gestión Institucional del Centro Interamericano de Administraciones Tributarias - CIAT, por encargo de la Secretaría Ejecutiva de dicho organismo, comunica a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, la próxima Reunión del Consejo Directivo del CIAT a realizarse en la ciudad de Panamá, República de Panamá, los días 5 y 6 de marzo de 2015; Que el CIAT es una organización internacional cuyo objetivo está enfocado en impulsar actividades tendientes a fomentar la asistencia mutua, la discusión de tópicos de política y administración tributaria y asimismo, el desarrollo de sinergias como resultado de la interacción del CIAT con actores del ámbito tributario, entre los que se cuentan, las administraciones tributarias, organismos internacionales y demás organizaciones gubernamentales y no gubernamentales con injerencia en la materia; Que el Consejo Directivo del CIAT, es responsable de la dirección y seguimiento del cumplimiento de las actividades y de la ejecución del presupuesto por la Secretaría Ejecutiva, así como de delinear las directivas estratégicas institucionales del CIAT; Que la SUNAT forma parte del referido Consejo Directivo, el cual está integrado por nueve Consejeros, elegidos anualmente por la Asamblea General del CIAT, quienes deben tener la capacidad de efectuar contribuciones positivas y sustanciales a la organización y participar de manera activa promoviendo los objetivos de la misma; Que en la presente Reunión, se ha previsto tratar el Informe Anual del 2014 a cargo del Secretario Ejecutivo, exponer el Anteproyecto del Plan Operativo Anual CIAT 2015 -2016, alcanzar la Información Financiera y Presupuestaria al 31 de diciembre de 2014, entre otros asuntos de interés con proyección al 2015-2016; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, conforme al Informe N° 002-2015-SUNAT/500000, resulta necesario autorizar la participación del trabajador Víctor Martín Ramos Chávez, Superintendente Nacional Adjunto de Desarrollo Estratégico, en la citada reunión; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje del trabajador Víctor Martín Ramos Chávez del 4 al 7 de marzo de 2015, para participar en la referida reunión; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29816, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal s) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N° 122-2014/SUNAT y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del trabajador Víctor Martín Ramos Chávez, Superintendente Nacional Adjunto de Desarrollo Estratégico, del 4 al 7 de marzo de 2015, para participar en la Reunión del Consejo Directivo del CIAT a realizarse en la ciudad de Panamá, República de Panamá, los días 5 y 6 de marzo de 2015. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2015 de la SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Víctor Martín Ramos Chávez Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 976,56 Viáticos US$ 630,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado trabajador deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del trabajador cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 1205217-1