Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2015 (28/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

El Peruano Sabado 28 de febrero de 2015

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Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Presidentes de las MORDAZA de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Fiscalia de la Nacion, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia de la Republica, Gerencia General del Poder Judicial y a la Procuraduria Publica del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA POSTIGO Presidente 1205711-2

Articulo Quinto.- Dejar sin efecto las disposiciones administrativas que se opongan a la presente resolucion. Articulo Sexto.- Transcribir la presente resolucion a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Ministerio Publico, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Instituto Nacional Penitenciario, Ministerio de Economia y Finanzas, Ministerio del Interior, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y MORDAZA, Comision Nacional de Productividad Judicial, Presidencias de los Equipos Tecnicos Institucionales de Implementacion del Codigo Procesal Penal y de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Procuraduria Publica del Poder Judicial, Organo de Control Institucional; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA MORDAZA POSTIGO Presidente 1205711-1

Prorrogan funcionamiento de organos jurisdiccionales transitorios de las Cortes Superiores de Justicia de Canete y de Pasco
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 068-2015-CE-PJ MORDAZA, 10 de febrero de 2015 VISTOS: El Oficio N° 076-2015-OPJ-CNPJ-CE-PJ e Informe N° 011-2015-OPJ-CNPJ-CE/PJ, cursados por la Oficina de Productividad Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolucion Administrativa Nº 0292008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008 y sus modificatorias, se establece que la finalidad de la actualmente denominada Comision Nacional de Productividad Judicial es conducir el seguimiento y monitoreo de la descarga procesal en los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; asi como proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como finalidad monitorear el funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fin de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comision Nacional Productividad Judicial, para cuyos fines se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los organos jurisdiccionales materia de evaluacion. Segundo. Que mediante Directiva N° 013-2014CE-PJ, denominada "Lineamientos Integrados y Actualizados para el Funcionamiento de las Comisiones Nacional y Distritales de Productividad Judicial y de la Oficina de Productividad Judicial", aprobada por Resolucion Administrativa N° 419-2014-CE-PJ de fecha 17 de diciembre de 2014, se han establecido normas para operativizar el Sistema de Productividad Judicial mediante la adecuada organizacion y funcionamiento de las Comisiones Nacionales y Distritales de Productividad Judicial y de la Oficina de Productividad Judicial. Tercero. Que, mediante Resolucion Administrativa Nº 245-2014-CE-PJ de fecha 16 de MORDAZA de 2014, se dispone que la Comision Nacional Productividad Judicial tenga bajo su competencia el seguimiento, monitoreo y propuestas de creacion, prorroga, conversion y/o reubicacion de los organos jurisdiccionales permanentes y transitorios a nivel nacional bajo funcion estandar, que tramitan expedientes bajo la Nueva Ley Procesal del Trabajo y la liquidacion con el anterior modelo laboral; asi como los liquidadores penales del antiguo regimen procesal. Cuarto. Que, mediante Informe N° 011-2015-OPJCNPJ-CE/PJ, la Oficina de Productividad Judicial informa a este Organo de Gobierno lo siguiente: a) La Resolucion Administrativa Nº 300-2014-CE-PJ de fecha 27 de agosto de 2014, dispuso en su articulo MORDAZA reubicar a partir del 1 de noviembre de 2014 la 2° Sala Penal Liquidadora Transitoria de la provincia y Distrito Judicial de Canete, en Sala Penal Liquidadora

Prorrogan funcionamiento de la MORDAZA Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 027-2015-CE-PJ MORDAZA, 28 de enero de 2015 VISTO: El Oficio N° 18-2015-JAV/PSSCST/CS/PJ, cursado por el Presidente de la MORDAZA Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica. CONSIDERANDO: Primero. Que mediante Resolucion Administrativa N° 102-2014-P-CE-PJ, de fecha 5 de noviembre de 2014, se prorrogo por el periodo de tres meses, a partir del 11 de noviembre de 2014, el funcionamiento de la MORDAZA Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, a fin de continuar con la descarga procesal. Segundo. Que el Presidente de la referida Sala Suprema ha solicitado que se disponga la prorroga del funcionamiento del mencionado organo jurisdiccional por el termino de ley, debido a la urgente necesidad de continuar con la importante labor de descarga procesal que viene desarrollando en materia de prestaciones pensionarias, salud, beneficios sociales, entre otros, en atencion de los litigantes mas vulnerables. Tercero. Que, al respecto, del analisis de la informacion de produccion de la MORDAZA Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria, aparece que aun queda considerable numero de expedientes pendientes de resolver, por lo que resulta necesario disponer la prorroga del funcionamiento de la mencionada Sala Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, por el termino de tres meses. En consecuencia; en merito al Acuerdo N° 101-2015 de la MORDAZA sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA Postigo, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, sin la intervencion del senor MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar por el termino de tres meses, a partir del 11 de febrero de 2015, el funcionamiento de la MORDAZA Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la Republica.

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