Norma Legal Oficial del día 28 de febrero del año 2015 (28/02/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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El Peruano Sabado 28 de febrero de 2015

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Disponen incorporacion de Centros Poblados de La Morada, El Paraiso, San MORDAZA de Padua y MORDAZA MORDAZA de Alto Yanajanca, distrito de Cholon, provincia de Maranon, departamento de MORDAZA, a la competencia territorial del Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 018-2015-CE-PJ MORDAZA, 28 de enero de 2015 VISTOS: El Oficio N° 740-2014-GO-CNDP-CE/PJ e Informe N° 102-2014-GO-CNDP-CE/PJ, de la Jefatura de la Oficina de Productividad Judicial, respecto a la solicitud presentada por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA mediante Oficio N° 721-2014-P-CSJHN/PJ. CONSIDERANDO: Primero. Que por Resolucion Administrativa Nº 029-2008-CE-PJ, del 30 de enero de 2008 y sus modificatorias, se establece que la finalidad de la actualmente denominada Comision Nacional de Productividad Judicial es conducir el seguimiento y monitoreo de la descarga procesal en los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes a nivel nacional; asi como proponer al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial las acciones complementarias que permitan operativizar dicha actividad. En tanto, las Comisiones Distritales tienen como finalidad monitorear el funcionamiento de los organos jurisdiccionales transitorios y permanentes, a fin de coadyuvar al logro del objetivo institucional, dando cuenta a la Comision Nacional de Productividad Judicial, para cuyos fines se aprobaron los instrumentos normativos, lineamientos y procedimientos que optimicen el funcionamiento de los organos jurisdiccionales materia de evaluacion. Segundo. Que, mediante Resolucion de la Fiscalia de la Nacion N° 1444-2014-MP-FN, se dispuso la incorporacion de los Centros Poblados de "La Morada", "Santa MORDAZA de Alto Yanajanca", "San MORDAZA de Padua" y "El Paraiso", del distrito de Cholon, provincia de Maranon, departamento de MORDAZA, a la competencia territorial de las Fiscalias Provinciales Penales Corporativas y de la Fiscalia Provincial Civil y Familia de MORDAZA MORDAZA Aucayacu. Tercero. Que, mediante Informe N° 102-2014-GOCNDP-CE/PJ, la Jefatura de la Oficina de Productividad Judicial ha realizado el analisis y evaluacion de la solicitud del Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, respecto a que los Centros Poblados de La Morada, El Paraiso, San MORDAZA de Padua y MORDAZA MORDAZA de Alto Yanajanca (con sus respectivos caserios) del distrito de Cholon, provincia de Maranon, que se encuentran bajo la jurisdiccion de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, MORDAZA incorporados a la competencia territorial de la Corte Superior de Justicia de Huanuco; y, asimismo, se amplie la competencia territorial del Juzgado Mixto y Juzgado de Paz Letrado permanentes de Aucayacu, distrito de MORDAZA Crespo y MORDAZA, provincia de MORDAZA MORDAZA, hasta los referidos centros poblados del distrito de Cholon; concluyendo en lo siguiente: a) El Juzgado Mixto y el Juzgado de Paz Letrado de Aucayacu, distrito de MORDAZA Crespo y MORDAZA, provincia de Maranon, presentan una carga procesal proyectada de 737 y 715 expedientes, respectivamente; encontrandose, por tal motivo, en una situacion de "subcarga"; por lo que se justificaria la ampliacion de su competencia territorial

hacia otras localidades, con la finalidad de optimizar el sistema de descarga procesal; b) Los Centros Poblados de La Morada, El Paraiso, San MORDAZA de Padua y MORDAZA MORDAZA de Alto Yanajanca (con sus respectivos caserios), distrito de Cholon, provincia de Maranon, son colindantes con la carretera marginal MORDAZA Belaunde Terry; encontrandose, por ello, mas cercanos a los organos jurisdiccionales de Aucayacu del distrito de MORDAZA Crespo y MORDAZA, provincia de MORDAZA MORDAZA, Corte Superior de Justicia de Huanuco. Motivos por los cuales concluye en la conveniencia que dichos centros poblados se integren a la jurisdiccion de la citada Corte Superior de Justicia; y, c) El Centro Poblado de San MORDAZA de Chonta, se encuentra mas cercano al distrito de Huacrachuco, por lo que en dicho caso resulta mas conveniente para su poblacion que el citado poblado continue bajo la competencia territorial del Distrito Judicial de MORDAZA, a fin de facilitar el acceso a la justicia. Cuarto. Que el Poder Judicial de conformidad con el mandato establecido en la Constitucion Politica es el Poder del Estado encargado de administrar justicia; y, en ese sentido, en concordancia con las disposiciones de su Ley Organica, cuyo Texto Unico Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo N° 017-93-JUS y sus modificatorias, tiene como politica institucional hacer mas eficiente, eficaz, oportuno y predecible el servicio que brinda a la ciudadania; asi como lograr que los ciudadanos tengan un mejor acceso a los organos jurisdiccionales segun corresponda al ambito geografico en el que se desarrollan, y con ese proposito adoptar las medidas que permitan desconcentrar y descentralizar el servicio de justicia. Quinto. Que el articulo 82°, incisos 25) y 26), del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial determina como funcion y atribucion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, aprobar la demarcacion de los Distritos Judiciales y la modificacion de sus ambitos de competencia territorial, pudiendo excepcionalmente incorporar MORDAZA de Cortes Superiores Especializadas y Juzgados Especializados o Mixtos con competencia supraprovincial; asi como la adopcion de acuerdos y demas medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en merito al Acuerdo N° 092-2015 de la MORDAZA sesion del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervencion de los senores MORDAZA Postigo, De MORDAZA MORDAZA, Lecaros MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Cardenas; en uso de las atribuciones conferidas por el articulo 82° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, de conformidad con el informe del senor MORDAZA MORDAZA, sin la intervencion del senor MORDAZA MORDAZA por encontrarse de licencia. Por unanimidad, SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la incorporacion de los Centros Poblados de La Morada, El Paraiso, San MORDAZA de Padua y MORDAZA MORDAZA de Alto Yanajanca (con sus respectivos caserios), distrito de Cholon, provincia de Maranon, departamento de MORDAZA, a partir del dia siguiente de publicada la presente resolucion, a la competencia territorial del Distrito Judicial de Huanuco. Articulo Segundo.- Disponer, a partir del dia siguiente de publicada la presente resolucion, que el Juzgado Mixto Permanente y el Juzgado de Paz Letrado Permanente de Aucayacu, distrito de MORDAZA Crespo y MORDAZA, provincia de MORDAZA MORDAZA, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, amplien su competencia territorial hasta los Centros Poblados de La Morada, El Paraiso, San MORDAZA de Padua y MORDAZA MORDAZA de Alto Yanajanca (con sus respectivos caserios), distrito de Cholon, provincia de Maranon, departamento de Huanuco. Articulo Tercero.- Precisar que la competencia territorial de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, queda modificada de conformidad con lo dispuesto en el articulo primero de la presente resolucion. Articulo Cuarto.- Facultar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y Huanuco; asi como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas administrativas que MORDAZA necesarias para el adecuado cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolucion.

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