Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2015 (03/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1258385-1

El Peruano Viernes 3 de julio de 2015

días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 0022015-DE, de fecha 28 de enero de 2015; que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante Rodolfo SABLICH Luna Victoria, CIP. 01860343, DNI. 43439292 y del Capitán de Fragata Julio Ricardo VILCHEZ Moscoso, CIP. 00890923, DNI. 09382661, para que participen en la XII Reunión de la Comisión Regional Hidrográfica del Pacífico Sudeste y la entrega de cargo de la Presidencia de la citada Comisión Hidrográfica Regional, a realizarse en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, del 13 al 16 de julio de 2015; así como, autorizar su salida del país el 12 y su retorno el 17 de julio de 2015. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos: Lima - Guayaquil (República del Ecuador) - Lima US$. 800.00 x 2 personas US$. 1,600.00 Viáticos: US$. 370.00 x 2 personas x 4 días TOTAL A PAGAR: US$ 2,960.00 -------------------US$ 4,560.00

Autorizan viajes de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a Ecuador y Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 265-2015-DE/MGP Lima, 2 de julio de 2015 Visto, el Oficio P.200-1445 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 22 de mayo de 2015; CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Comisión Regional Hidrográfica del Pacífico Sudeste (CRHPSE), ha informado que ha efectuado coordinaciones con el Instituto Oceanográfico de la Armada del Ecuador (INOCAR), para la realización de la XII Reunión de la Comisión Regional Hidrográfica del Pacífico Sudeste, a efectuarse en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, del 13 al 16 de julio de 2015; Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2015, la designación y autorización de viaje de UN (1) Oficial Almirante y UN (1) Oficial Superior, para que participen en la mencionada actividad; Que, la designación de Personal Naval para que participe en la referida reunión, responde a la necesidad de contar con la representación del Director de Hidrografía y Navegación en calidad de Presidente de la Comisión Regional Hidrográfica del Pacífico Sudeste (CRHPSE), quien deberá presidir la sucesión en el cargo, la cual será asumida por el Director del Instituto Oceanográfico de la Armada del Ecuador (INOCAR); Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Contralmirante Rodolfo SABLICH Luna Victoria, Director de Hidrografía y Navegación y del Capitán de Fragata Julio Ricardo VILCHEZ Moscoso, para que participen en la XII Reunión de la Comisión Regional Hidrográfica del Pacífico Sudeste y entrega de cargo de la Presidencia de la citada Comisión Hidrográfica Regional al Director del Instituto Oceanográfico de la Armada del Ecuador (INOCAR), para el período comprendido del 2015 al 2017; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá continuar con el desarrollo de capacidades, proyectos conjuntos entre los Servicios Hidrográficos de la Región y el intercambio de personal; así como, el fortalecimiento de los vínculos de amistad existentes, permitiendo diseñar esquemas para la cobertura de cartas internacionales a media y gran escala en nuestra región; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2015 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de las actividades programadas, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación; así como, su retorno UN (1) día después de los eventos, sin que estos

Artículo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El Oficial Almirante designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo el Personal Naval comisionado, deberá efectuar la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1258385-2 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 266-2015-DE/MGP Lima, 2 de julio de 2015

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