Norma Legal Oficial del día 03 de julio del año 2015 (03/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano Viernes 3 de julio de 2015

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del Ministerio de Salud, dándole las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1258244-1

del Ministerio de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1257409-2

Designan Ejecutivo Adjunto II de la Secretaría General del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 415-2015/MINSA Lima, 1 de julio del 2015 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Ejecutivo Adjunto II, Nivel F-5, de la Secretaría General del Ministerio de Salud, siendo conveniente designar al profesional que desempeñará dicho cargo; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, en la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobada por Decreto Legislativo N° 276; en el Reglamento de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo N° 005-90-PCM y en el Decreto Legislativo N° 1161, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al abogado Carlos Alberto Cavagnaro Pizarro en el cargo de Ejecutivo Adjunto II, Nivel F-5, de la Secretaría General del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANÍBAL VELÁSQUEZ VALDIVIA Ministro de Salud 1258169-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan a la empresa Grupo Infiniti S.A.C. concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio nacional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 371-2015 MTC/01.03 Lima, 26 de junio de 2015 VISTA, la solicitud presentada con Expediente N° 2015-013381, por la empresa GRUPO INFINITI S.A.C. sobre otorgamiento de concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, en todo el territorio de la República del Perú; precisando que el Servicio Público Portador Local, en la modalidad conmutado, y el Servicio Público de Distribución de Radiodifusión por Cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, serán los servicios a prestar inicialmente; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del artículo 75° del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 47° del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, modificado por la Ley N° 28737, publicada el 18 mayo 2006, señala que "Llámase concesión al acto jurídico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o jurídica la facultad de prestar servicios públicos de telecomunicaciones. El Ministerio otorgará concesión única para la prestación de todos los servicios públicos de telecomunicaciones, independientemente de la denominación de éstos contenida en esta Ley o en su Reglamento, con excepción de la concesión para Operador Independiente. La concesión se perfecciona mediante contrato escrito aprobado por resolución del Titular del Sector"; Que, adicionalmente, el citado artículo señala que "Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, las personas naturales o jurídicas, titulares de una concesión única, previamente deberán informar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones los servicios públicos a brindar, sujetándose a los derechos y obligaciones correspondientes a cada uno de los servicios conforme a la clasificación general prevista en la Ley, a lo dispuesto en el Reglamento, normas complementarias y al respectivo contrato de concesión". Asimismo, indica que "El Ministerio tendrá a su cargo el registro de los servicios que brinde cada concesionario, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Reglamento"; Que, el artículo 53° del citado dispositivo legal, modificado por el Artículo 1 de la Ley N° 28737, dispone que "En un mismo contrato de concesión el Ministerio otorgará el derecho a prestar todos los servicios públicos de telecomunicaciones"; Que, el artículo 121° del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC, dispone que "Los servicios portadores, finales y de difusión de carácter público, se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites que establecen la Ley y el Reglamento, y se

Aceptan renuncia de Asesor de la Secretaría General del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 420-2015/MINSA Lima, 2 de julio de 2015 Vista la renuncia presentada por la abogada Giovanna Raquel Hinojosa Rojas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 164-2013/ MINSA, se designó a la abogada Giovanna Raquel Hinojosa Rojas en el cargo de Asesor, Nivel F-4, de la Secretaría General del Ministerio de Salud; Que, la mencionada funcionaria ha formulado renuncia al cargo, siendo pertinente su aceptación; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el numeral 8) del artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Giovanna Raquel Hinojosa Rojas al cargo de Asesor, Nivel F-4, de la Secretaría General

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