Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2015 (23/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Jueves 23 de julio de 2015

NORMAS LEGALES

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Departamento de Cajamarca, afectada por las intensas lluvias ocurridas el día 26 de Abril del 2015 y declarado en Estado de Emergencia mediante el D.S. N° 029-2015PCM"; Que, asimismo, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, a través del Oficio N° 2152-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de CIENTO CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 159 605,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Tomepampa del Gobierno Regional del Departamento de Arequipa, para la atención de una (01) Actividad de Emergencia denominada "Alquiler de maquinaria pesada para la limpieza y descolmatacion en un tramo de 946 m y recuperar el servicio de protección del Río Cotahuasi en un tramo de 265 m, ubicado en el sector Aranjuez, Distrito de Tomepampa, Provincia de La Unión, Región Arequipa afectado por intensas lluvias e incremento del caudal del Río Cotahuasi con fecha 10 de marzo del 2015 y declarado en Estado de Emergencia con D.S N° 026-2015-PCM"; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, a través del Oficio N° 2153-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de VEINTISEIS MIL CIENTO SETENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 26 170,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Municipalidad Distrital de Machaguay del Gobierno Regional del Departamento de Arequipa, para la atención de una (01) Actividad de Emergencia denominada "Alquiler de maquinaria pesada servida para recuperar la transitabilidad de la trocha carrozable local Acopallpa - Cuyanca - Paccrapicha - Huasicac en 403.67 ml, ubicada en los anexos de Acopallpa, Cuyanca y Huasicac, Distrito de Machaguay, Provincia de Castilla Región Arequipa afectada por las intensas lluvias ocurrida el 24-03-2015 declarado en Estado de Emergencia con DS 026-2015-PCM"; Que, el Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, a través del Oficio N° 2168-2015/INDECI/4.0, solicita la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 256 795,00), los cuales serán transferidos financieramente a la Unidad Ejecutora 001 Sede Moquegua del Gobierno Regional del Departamento de Moquegua, para la ejecución de un (01) Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Emergencia denominado "Rehabilitación de vías del poblado de La Capilla, Distrito de La Capilla, Provincia General Sánchez Cerro, Región Moquegua, afectado por los huaycos y deslizamientos por intensas precipitaciones pluviales ocurridas el 25 de marzo del 2015", el mismo que ha sido declarado elegible por la Dirección General de Inversión Pública del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante el Oficio N° 2852-2015-EF/63.01 de fecha 07 de julio del 2015; Que, es necesario atender con suma urgencia las situaciones de alto riesgo que se producen en el país, a fin de moderar los efectos contraproducentes que puedan darse en la población como también en la economía nacional, debiendo transferirse para tal efecto recursos por un total de SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 668 138,00), a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, en cumplimiento de lo dispuesto en la Directiva Nº 002-2014-EF/63.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos, a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30282, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015" y la Directiva Nº 003-2014EF/63.01 "Directiva del procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de emergencia ante la presencia de desastres"; De conformidad con lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, la Directiva Nº 0022014-EF/63.01 "Directiva que establece criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30282, Ley de Equilibrio Financiero de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015", la Directiva Nº 003-2014-EF/63.01 "Directiva del procedimiento simplificado para determinar la elegibilidad de los Proyectos de Inversión Pública de emergencia ante la presencia de desastres", y el artículo 45 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema

Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, hasta por la suma de SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 668 138,00), a fin de atender siete (07) Actividades de Emergencia y un (01) Proyecto de Inversión Pública (PIP) de Emergencia para las situaciones descritas en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo con el siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA : Gobierno Central 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público En Nuevos Soles FUENTE DE FINANCIAMIENTO GASTO DE CAPITAL 2.0. Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS A LA: SECCION PRIMERA PLIEGO : Gobierno Central 006 : Instituto Nacional de Defensa Civil UNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI-Instituto Nacional de Defensa Civil ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5000502 : Atención de Desastres y Apoyo a la Rehabilitación y a la Reconstrucción FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.4. Donaciones y Transferencias TOTAL EGRESOS 668 138,00 ----------------668 138,00 ========== 1 : Recursos Ordinarios 668 138,00 ------------------668 138,00 ===========

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El titular de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

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