Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2015 (23/07/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano / Jueves 23 de julio de 2015

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Artículo 21.- Experiencia en gestión pública La experiencia en gestión pública será calificada con tres (03) puntos por cada año acreditado, hasta un máximo de treinta (30) puntos. Artículo 22.- Entrevista personal 22.1. La entrevista personal tiene por objeto evaluar el desenvolvimiento del postulante, para lo cual el Comité de Selección deberá tomar en cuenta lo siguiente: a) Cuestionamientos y avales formulados sobre el postulante en la etapa de consulta. b) Criterios sobre promoción, defensa y reconocimiento de los derechos de la persona con discapacidad. c) Criterios sobre una eficaz y eficiente gestión pública. d) Experiencia profesional de acuerdo con su producción y trayectoria de vida. e) Otros criterios que sustenten su idoneidad o probidad que requiere el ejercicio del cargo. 22.2. El Comité de Selección deberá emplear la información aportada en la etapa de consulta para la valorización de las preguntas y respuestas que se formulen en la entrevista. TÍTULO VII Selección Articulo 23.- De la selección de la terna. 23.1. Culminado el plazo para la sistematización y evaluación, el Comité de Selección, en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles, remitirá una comunicación a los que considere los tres mejores postulantes para que estos remitan la documentación exigida por el numeral 11.7 del artículo 11 de la presente norma. 23.2. Los postulantes dispondrán de tres (3) días hábiles para remitir la información señalada en el numeral precedente, a través de la dirección institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros que se indique, para estos efectos, en los portales institucionales señalados en el numeral 10.1 del artículo 10 de la presente norma. Toda la documentación e información presentada por los postulantes en el procedimiento, estará sujeto a fiscalización posterior, en el marco de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 23.3. Culminado el plazo indicado en el numeral anterior, el Comité de Selección presentará la terna seleccionada al Despacho Ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros, a fin que la misma sea propuesta al Presidente de la República. 23.4. Sobre la terna seleccionada no cabe recurso de impugnación alguno. 23.5. Si el Presidente de la República desestima a los postulantes previstos en la terna, deberá llevarse a cabo una nueva convocatoria. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Cooperación técnica El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables proporcionará, al Comité de Selección, las versiones accesibles; así como los mecanismos de información y comunicación accesibles a que se refiere el numeral 10.4 del artículo 10 y el numeral 12.2 del artículo 12 de la presente norma, respectivamente; y, le brindará la asistencia técnica con el propósito de que el procedimiento se realice empleando medidas que aseguren el acceso de las personas con discapacidad en igualdad de condiciones al entorno físico, comunicación, sistemas y tecnologías de la información y otros servicios e instalaciones abiertas al público. 1266800-1

Que, mediante Resolución Suprema N° 007-2013-PRODUCE de fecha 10 de octubre de 2013, se designó como miembro del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE al señor Jaime Humberto Mendo Aguilar; Que, el señor Jaime Humberto Mendo Aguilar ha presentado renuncia como miembro del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE, por lo que corresponde aceptar la renuncia presentada y designar a su reemplazante; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Decreto Legislativo N° 1047, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; en el Decreto Legislativo N° 95, Ley del Instituto del Mar del Perú - IMARPE; en el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE, aprobado por Resolución Ministerial N° 345-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor JAIME HUMBERTO MENDO AGUILAR como miembro del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE, dándosele las gracias por los importantes servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor MARCO ANTONIO ESPINO SÁNCHEZ como miembro del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú ­ IMARPE. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PIERO GHEZZI SOLÍS Ministro de la Producción 1266799-7

Designan Jefa de la Oficina General de Administración del FONDEPES
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 207-2015-FONDEPES/J Lima, 22 de julio de 2015 Visto, la carta de renuncia de fecha 21 de julio de 2015 presentada por el señor Juan Rivera Céspedes al cargo de Jefe de la Oficina General de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero ­ FONDEPES; y, CONSIDERANDO: Que, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero ­FONDEPES-, creado por el Decreto Supremo N° 010-92-PE, y ratificado por Decreto Ley Nº 25977, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de la Producción con personería jurídica de derecho público. Goza de autonomía técnica, económica y administrativa, cuya finalidad es promover, ejecutar y apoyar técnica, económica y financieramente el desarrollo de las actividades y proyectos de pesca artesanal y de acuicultura; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 007-2015-FONDEPES/J, de fecha 09 de enero de 2015, se designó al señor Juan Rivera Céspedes en el cargo de Jefe de la Oficina General de Administración del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero ­ FONDEPES; Que, el citado funcionario ha renunciado al cargo para el que fue designado, por lo que resulta necesario aceptar dicha renuncia y designar a la persona que desempeñará el referido cargo; y, De conformidad con lo previsto por el artículo 3º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del

PRODUCE
Designan miembro del Consejo Directivo del Instituto del Mar del Perú - IMARPE
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 013-2015-PRODUCE Lima, 22 de julio de 2015

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